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Decreto 3731 de 2005 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
20/10/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/10/2005
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46067 de octubre 20 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 3731 DE 2005

(octubre 20)

por el cual se deroga el parágrafo del artículo del Decreto 1949 de 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en el artículo 477 del Estatuto Tributario,

DECRETA:

Artículo 1°. Derógase el parágrafo del artículo 4° del Decreto 1949 de 2003.

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

NOTA: Publicado en el Diario oficial 46067 de octubre 20 de 2005