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DECRETO 3731 DE 2005 (octubre 20) por el cual se deroga el parágrafo del artículo 4° del Decreto 1949 de 2003. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en el artículo 477 del Estatuto Tributario, DECRETA: Artículo 1°. Derógase el parágrafo del artículo 4° del Decreto 1949 de 2003.Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2005. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera. NOTA: Publicado en el Diario oficial 46067 de octubre 20 de 2005
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