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ACUERDO 1003 DE 2025
(Junio 09)
Por el cual se dictan lineamientos para crear e implementar una estrategia distrital de autocuidado y autoprotección para prevenir y actuar ante situaciones de hurto y acoso en Bogotá D.C.
EL CONCEJO DE BOGOTA, D. C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el Numeral 10. del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,
ACUERDA
Artículo 1.- Objeto. Establecer lineamientos para crear e implementar una estrategia distrital de autocuidado y autoprotección para prevenir y actuar en situaciones de hurto y acoso en Bogotá D.C
Artículo 2. Lineamientos. La estrategia tendrá, como mínimo, los siguientes lineamientos:
a. Identificar y dar a conocer los riesgos, amenazas y vulnerabilidades que en materia de seguridad ciudadana se encuentran expuestas las personas, por la dinámica propia de sus actividades cotidianas.
b. Generar en el ámbito local medidas de seguridad personal, tales como: material informativo de apoyo y comunicación para reportar actividades sospechosas o de emergencias, para que cada persona, conozca y reduzca las posibles situaciones que afecten su seguridad ciudadana.
c. Impulsar periódicamente cursos y talleres de sensibilización sobre las medidas de autocuidado, códigos no verbales de comunicación y otras estrategias, que puedan ser adoptables de manera individual, para que se eviten y mitiguen situaciones de hurto, acoso o agresión a la integridad personal
d. Promover la formación integral de habilidades físicas y psicosociales en los estudiantes, con talleres que incentiven la generación de conocimiento desde edades tempranas sobre la importancia de las medidas de autoprotección, el respeto por las demás personas, la seguridad individual y colectiva.
e. Promover el desarrollo de campañas de autocuidado y bienestar psicológico para el manejo del estrés, la ansiedad y el tratamiento a situaciones de cualquier tipo de violencia y acoso en la ciudad
Artículo 3 La Administración Distrital participará en el diseño de la estrategia, con un enfoque preventivo, de género, poblacional, territorial y los demás que se establezcan, para el cumplimiento del presente Acuerdo
Articula 4. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de junio del año 2025.
SAMIR JOSE ABISAMBRA VESGA
Presidenta
LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO
Secretaria General de Organismo de Control
CARLOS FERNANDO GALAN PACHON
Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
Nota: Ver norma original en Anexos. |