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Resolución Reglamentaria 41 de 2005 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
04/11/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/11/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3433 de noviembre 04 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 041 DE 2005

(Noviembre 4)

Derogada por el art. 67, Resolución de la Contraloría Distrital 20 de 2006

Por la cual se modifica el Articulo Tercero de la Resolución Reglamentaria No 032 del 22 de julio de 2005 que determina el cronograma para la presentación de la información contractual correspondiente a los Fondos de Servicios Educativos

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las que le confieren los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 42 de 1993, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo 24 de 2001; y

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 023 del 17 de junio de 2005, la Contraloría de Bogotá D.C., modificó y reglamentó el Sistema de Información Contractual de los sujetos de control de la Entidad y dispuso lo necesario para la captura de la información de dicho sistema, a fin que sea confiable, segura y eficiente para el ejercicio del control fiscal.

La Resolución Reglamentaria No 032 del 22 de julio de 2005, modificó el cronograma para la presentación de la información contractual ante la Contraloría de Bogotá D.C., de que trata la Resolución Reglamentaria No 023 del 17 de junio de 2005 y se determinó el correspondiente a los Fondos de Servicios Educativos.

Que en las fechas indicadas en la citada Resolución Reglamentaria 032, la Contraloría de Bogotá D.C., dió explicación del instructivo para la entrega de la información de contratación distrital, a los respectivos rectores y ordenadores del gasto de los Fondos de Servicios Educativos o sus delegados.

Que en cumplimiento del Artículo 9 de la Ley 715 de 2001 la Secretaría de Educación de Bogotá, D.C. expidió la Resolución 2101 del 18 de julio de 2002, que adopta el procedimiento para el reordenamiento institucional y ordena la incorporación de los establecimientos educativos oficiales del Distrito Capital, a cargo de la secretaría, al proceso de reordenamiento tendiente a definir su integración institucional

Que la información contractual de los Fondos de Servicios Educativos requerida para el sistema implementado por la Contraloría de Bogotá, D.C, es el de las vigencias 2003 a 2005, correspondiente a los Fondos de Servicios Educativos, obligados a presentar cuentas e informes a partir de la integración institucional.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Artículo Tercero de la Resolución Reglamentaria 032 del 22 de julio de 2005, el cual quedará así:

"ARTÍCULO TERCERO. La información de que trata el artículo primero de la Resolución Reglamentaria 023 de 2005 en relación con los Fondos de Servicios Educativos deberá ser presentada de acuerdo con la localidad a que corresponda cada Fondo, así:

Para la información correspondiente al primer y segundo semestre de la vigencia 2005:

a. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 1, 2, 3, 4 y 14, el 5 de septiembre de 2005 y el último viernes del mes de febrero de 2006, respectivamente.

b. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 5, 6, 7 y 15, el 6 de septiembre de 2005 y el último jueves del mes de febrero de 2006, respectivamente.

c. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 8, 10 y 17, el 7 de septiembre de 2005 y el último miércoles del mes de febrero de 2006, respectivamente.

d. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 9, 11, 12, 13 y 20, el 8 de septiembre de 2005 y el último martes del mes de febrero de 2006, respectivamente.

e. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 16, 18 y 19, el 9 de septiembre de 2005 y el último lunes del mes de febrero de 2006, respectivamente.

Para la información correspondiente a las vigencias 2003 y 2004:

a. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 1, 2, 3, 4 y 14, el 8 de noviembre de 2005.

b. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 5, 6, 7 y 15, el 9 de noviembre de 2005.

c. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 8, 10 y 17, el 10 de noviembre de 2005.

d. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 9, 11, 12, 13 y 20, el 11 de noviembre de 2005.

e. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 16, 18 y 19, el 15 de noviembre de 2005".

ARTÍCULO SEGUNDO.- Salvo lo aquí previsto, para efectos de la presentación de la información del Sistema de Información Contractual, por parte de los Fondos de Servicios Educativos se dará aplicación al procedimiento establecido en la Resolución Reglamentaría 023 del 17 de junio de 2005 en su totalidad.

ARTICULO TERCERO.- El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contempladas en la presente Resolución acarreará las sanciones contempladas en los artículos 99 y siguientes de la Ley 42 de 1993 y demás normas complementarias.

ARTICULO CUARTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los apartes pertinentes de las Resoluciones Reglamentarias No. 023 del 17 de junio de 2005 y la No. 032 del 22 de julio de 2005.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de noviembre de dos mil cinco (2005).

ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA

Contralor de Bogotá D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3433 de noviembre 04 de 2005.