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Decreto Local 30 de 2005 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
19/12/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3461 de diciembre 27 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 30 DE 2005

(Diciembre 19)

Liquidado por el Decreto Local 31 de 2005

Por el cual se repite el Presupuesto General de Rentas e Ingresos, y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2006.

LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA

En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el Artículo 85 del Decreto 1421 del 21 de julio de 1993 y el artículo 20, parágrafo del Decreto 1139 de 2000 y

CONSIDERANDO:

Que la Administración Local, con el oficio CAF-017-1124 calendado el 2 de diciembre de 2005, presentó dentro de los términos contemplados en el artículo 16 del Decreto 1139 de 2000, a la Junta Administradora Local el anteproyecto de presupuesto, previo concepto favorable del CONFIS y demás exigidos por el artículo 16 del Decreto 1139 de 2000;

Que la Junta Administradora Local de La Candelaria no aprobó el presupuesto, según mensaje escrito radicado bajo el número JAL 17 -548-2005 del 15 de diciembre de los corrientes, en este Despacho;

Que de conformidad con el Decreto 111 de enero 15 de 1.996, estatuto orgánico del presupuesto, el Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, en su artículo 48, reglamentan el proceso presupuestal y en especial el Decreto 1139 de 29 de diciembre de 2000, reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local;

Qué el artículo 20 del Decreto 1139 de 2000 . PARÁGRAFO; faculta a la Alcaldesa Local, para expedir el Decreto de Repetición del Presupuesto y distribuir el monto de los ingresos calculados, de acuerdo con los requerimientos del Plan Operativo Anual de Inversiones;

Que de acuerdo con los requerimientos del Plan Operativo Anual de Inversiones en concordancia con el Plan de Desarrollo Local, el valor de repetición del presupuesto local es de TRES MIL QUINIENTOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 44/100 MCTE. ($3.515.956.317.44 MCTE);

En mérito de lo anterior, este Despacho,

DECRETA

ARTICULO PRIMERO.- Repetir el presupuesto general de RENTAS E INGRESOS del año de 2005 de la Localidad Diecisiete para la vigencia fiscal de 2006 por la suma de TRES MIL QUINIENTOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 44/100 MCTE. ($3.515.956.317.44 MCTE) de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO

CONCEPTO

PRESUPUESTO

1

Aprobado disponibilidad inicial

1,522,951,363.44

2

Ingresos

1,993,004,954.00

2.1

Ingresos corrientes

43,500,000.00

2.1.2

No tributarios

43,500,000.00

2 1 2 03

Multas

10,000,000.00

2 1 2 04

Rentas Contractuales

32,000,000.00

2 1 2 04 02

Arrendamientos

32,000,000.00

2 1 2 99

Otros Ingresos No Tributarios

1,500,000.00

2 2

Transferencias

1,929,504,954.00

2 2 4

Administración central

1,929,504,954.00

2 2 4 05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

1,929,504,954.00

2 2 4 05 01

Vigencia

1,869,665,166.00

2 2 4 05 02

Vigencia Anterior

59,839,788.00

2 4

Recursos de Capital

20,000,000.00

2 4 1

Recursos del Balance

20,000,000.00

2 4 1 03

Venta de Activos Fijos

 

2 4 3

Rendimientos por Operaciones Financieras

0.00

2 4 3 02

Otros Rendimientos por Operaciones Financieras

0.00

2 4 5

Excedentes Financieros

0.00

2 4 9

Otros recursos de capital

 

 

Total Ingresos + Disponibilidad inicial

3,515,956,317.44

ARTICULO SEGUNDO.- Repetir el presupuesto general de GASTOS E INVERSIÓN del año de 2005 de la Localidad Diecisiete para la vigencia fiscal del año de 2006 por la suma de TRES MIL QUINIENTOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 44/100 MCTE. ($3.515.956.317.44 MCTE) de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO

CONCEPTO

PRESUPUESTO APROBADO

3

Gastos

3,515,956,317.44

3.3.

Inversión

3,515,956,317.44

3.3.1.

Directa

1,554,671,528.27

3 3 1 12

BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

1,554,671,528.27

3 3 1 12 01

Eje social

545.992.584.53

3 3 1 12 01 01

Bogotá sin hambre

186,000,000.00

3 3 1 12 01 03

Salud para la vida digna

76,000,000.00

3 3 1 12 01 04

Restablecimiento de derechos e inclusión social

76,000,000.00

3 3 1 12 01 06

Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres

76,000,000.00

3 3 1 12 01 07

Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

81.992.584.53

3 3 1 12 01 09

Cultura para la inclusión social

50,000,000.00

3 3 1 12 02

Eje urbano Regional

190,000,000.00

3 3 1 12 02 11

Hábitat desde los barrios y las UPZ

190,000,000.00

3 3 1 12 03

Eje de Reconciliación

82.294.394.21

3 3 1 12 03 20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

35,000,000.00

3 3 1 12 03 24

Participación para la decisión

47.294.394.21

3 3 1 12 04

Objetivo Gestión Publica Humana

736.384.549.53

3 3 1 12 04 30

Administración moderna y humana

391.516.878.60

3 3 1 12 04 31

Localidades modernas y eficaces

304.867.670.93

3 3 1 12 04 37

Bogotá transparente y efectiva

40..000.000.00

3 3 6

Obligaciones por Pagar

1,961,284,789.17

4

Disponibilidad Final

0.00

 

Total Gastos Disponibilidad Final

3,515,956,317.44

ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige a partir del primero (01) de enero del año Dos mil seis (2006).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año dos mil cinco (2005).

NOHORA MORALES AMARÍS

ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3461 de diciembre 27 de 2005.