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Resolución 2660 de 2005 Ministerio de Hacienda

Fecha de Expedición:
26/10/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/10/2005
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46078 de octubre 28 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2660 de 2005

RESOLUCIÓN 2660 DE 2005

(Octubre 26)

por medio de la cual se modifican los formularios de las declaraciones de la sobretasa a la Gasolina Motor.

LA DIRECCIÓN GENERAL DE APOYO FISCAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

en ejercicio de la función establecida en el artículo 124 de la Ley 488 del 24 de diciembre de 1998, modificado por el artículo 4° de la Ley 681 de 2001, y

CONSIDERANDO:

1. Que la Ley 693 de 2001 estableció que la gasolina que se utilice en los centros urbanos de más de 500.000 habitantes tendrá que contener alcohol carburante, en la calidad y cantidad que determine el Ministerio de Minas y Energía.

2. Que el Ministerio de Minas y Energía a través de la Resolución 180687 del 17 de junio de 2003, determinó que el porcentaje de alcohol carburante a utilizar en la mezcla con gasolina básica es del 10%.

3. Que el artículo 88 de la Ley 788 de 2002, estableció que el alcohol carburante destinado a la mezcla con gasolina, que vaya a ser utilizada en vehículos automotores, estará exento del pago de la sobretasa a la gasolina.

4. Que debido a las anteriores consideraciones, se hace necesario modificar los formularios de declaración de sobretasa a la gasolina,

RESUELVE:

Artículo 1°. Determinar como formularios de declaración de sobretasa a la gasolina, los siguientes

1. DECLARACION DE LA SOBRETASA MUNICIPAL Y DISTRITAL A LA GASOLINA MOTOR. FORMULARIO MHCP-D.A.F. 011-2005-GAS, el cual consta de un borrador, un original con destino al Municipio o Distrito, dos copias, una para el declarante y otra para la entidad financiera, si se requiere, y unas instrucciones de diligenciamiento.

2. DECLARACION DE LA SOBRETASA DEPARTAMENTAL A LA GASOLINA MOTOR. FORMULARIO MHCP-D.A.F. 012-2005-GAS, el cual consta de un borrador, un original con destino al departamento, dos copias, una para el declarante y otra para la entidad financiera, si se requiere, y unas instrucciones de diligenciamiento.

3. DECLARACION DE LA SOBRETASA NACIONAL A LA GASOLINA MOTOR. FORMULARIO MHCP-D.A.F. 013-2005-GAS, impreso por ambas caras, el cual consta de un borrador, un original con destino a la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dos copias, una para el declarante y otra para la entidad financiera, si se requiere, y unas instrucciones de diligenciamiento.

Artículo 2°. El formulario de declaración de sobretasa al ACPM continuará siendo el establecido en la Resolución 194 del 2 de febrero de 2005.

Artículo 3°. Los formularios oficiales establecidos en el artículo 1° de la presente resolución deberán aplicarse a las declaraciones correspondientes a la sobretasa a la gasolina generada a partir del 1° de noviembre de 2005.

Artículo 4°. Las entidades territoriales y/o los responsables de la sobretasa imprimirán el formulario oficial establecido en la presente resolución, en formas litográficas o en formas continuas o lo podrán reproducir por cualquier medio conservando las características establecidas en esta resolución.

Artículo 5°. Remítase el diseño oficial de los formularios establecidos en la presente resolución, a los productores, importadores y distribuidores mayoristas responsables de declarar la sobretasa a la gasolina.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2005.

La Dirección General de Apoyo Fiscal,

Ana Lucía Villa Arcila.

(C.F.)

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46075 de octubre 28 de 2005.