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DECRETO 111 DE 2026
(Abril 10)
Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias al Concejo de Bogotá D.C.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 8 del artículo 315 de la Constitución Política, el artículo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el artículo 42 del Acuerdo Distrital 741 de 2019 y,
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que el Concejo Distrital se reunirá extraordinariamente por convocatoria del Alcalde Mayor, durante el término que se fije y para conocer de los asuntos que éste somete a su consideración.
El artículo 42 del Acuerdo Distrital 741 de 2019 estipula que el Concejo de Bogotá D.C. "(...) sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde Mayor y por el término que éste le fije. Durante el periodo de sesiones extraordinarias el Concejo únicamente se ocupará de los asuntos que el Alcalde someta a su consideración, sin perjuicio de que ejerza la función de control político que le corresponde en todo tiempo."
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Convóquese al Concejo de Bogotá D.C., a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el trece (13) y el treinta (30) de abril de 2026.
Artículo 2º. Durante las sesiones extraordinarias el Concejo de Bogotá D.C., se ocupará de los asuntos detallados a continuación:
Trámite en primer y segundo debate del proyecto de acuerdo de iniciativa de la Administración Distrital:
"Por el cual se adoptan incentivos para la realización de eventos deportivos de fútbol profesional en el Distrito Capital".
Artículo 3º. Comuníquese el presente Decreto a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá D.C.
Artículo 4°. El presente Decreto rige a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de abril del año 2026
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
Nota: Ver norma original en anexos. |