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Resolución 464 de 2026 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD

Fecha de Expedición:
13/08/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/08/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8644 del 24 de agosto de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 464 DE 2026

 

(Agosto 13)

 

Por la cual se actualiza la Política de Seguridad y Privacidad de la Información de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital

 

LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL (UAECD)

 

En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006, expedido por el Concejo de Bogotá D.C. y los numerales 15, 23 y 25 del artículo 16 del Acuerdo 004 de 2021, expedido por el Consejo Directivo de la UAECD y,

 

CONSIDERANDO QUE:

 

De conformidad con el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, todas las personas tienen derecho a la intimidad personal y familiar y al buen nombre, derechos que deben ser respetados y protegidos por el Estado.

 

En desarrollo de este mandato constitucional, la Ley 1273 de 2009 incorporó al ordenamiento jurídico el bien jurídico tutelado denominado "de la protección de la información y de los datos", orientado a preservar los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones.

 

Así mismo, la Ley Estatutaria 1581 de 2012 desarrolló el derecho constitucional de todas las personas a conocer, actualizar y rectificar la información personal contenida en bases de datos o archivos, y estableció el régimen general para la protección de los datos personales.

 

De igual forma, la Ley Estatutaria 1712 de 2014 reguló el derecho fundamental de acceso a la información pública, estableciendo los procedimientos para su ejercicio y garantía, así como las excepciones al principio de publicidad de la información.

 

En concordancia con lo anterior, el Decreto 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República, compiló las disposiciones reglamentarias de la Ley Estatutaria 1712 de 2014 relacionadas con la transparencia y el derecho de acceso a la información pública, estableciendo lineamientos aplicables a la gestión, divulgación y acceso a la información pública.

 

En materia de Gobierno Digital, el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Decreto Nacional 1078 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 1008 de 2018, establece la Política de Gobierno Digital y dispone que las entidades que conforman la administración pública son sujetos obligados al cumplimiento de sus lineamientos.

 

Bajo este marco normativo, dicha política se desarrolla mediante componentes y habilitadores transversales, dentro de los cuales el artículo 2.2.9.1.2.1 identifica la Seguridad y Privacidad de la Información como el habilitador orientado a proteger la información y los sistemas de información frente al acceso, divulgación, modificación, interrupción o destrucción no autorizados. Para su implementación, este habilitador incorpora lineamientos en materia de protección de datos personales y se desarrolla a través del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información, cuyo referente es la norma técnica ISO/IEC 27001.

 

Adicionalmente, mediante el CONPES 3854 de 2016, que contiene la Política Nacional de Seguridad Digital, se establecieron lineamientos y directrices para fortalecer la gestión de la seguridad digital, incluyendo aspectos relacionados con gobernanza, educación, regulación, cooperación internacional y nacional, la investigación, el desarrollo y la innovación.

 

En desarrollo de lo anterior, el CONPES 3995 de 2020, que contiene la Política Nacional de Confianza y Seguridad Digital, formuló lineamientos orientados a ampliar la confianza digital y fortalecer la seguridad digital del país.

 

En el ámbito institucional, la UAECD recolecta, procesa, modifica, almacena y transfiere información en formatos físico y digital, la cual constituye un activo fundamental para el cumplimiento de su misión. En consecuencia, la Entidad debe garantizar su adecuada gestión y protección, preservando su confidencialidad, integridad y disponibilidad.

 

En garantía de lo anterior, la UAECD cuenta con un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), integrado por políticas, controles, procesos, procedimientos, estructuras organizacionales y recursos tecnológicos orientados a gestionar los riesgos asociados a los activos de información, mediante su identificación, análisis, tratamiento y seguimiento continuo el cual se encuentra articulado con el Sistema Integrado de Gestión de la Entidad.

 

En aplicación de los lineamientos de la Política de Gobierno Digital y el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información, la UAECD implementa su SGSI bajo los criterios de la norma técnica ISO/IEC 27001:2022, como referente internacional para la gestión de la seguridad de la información, sobre el cual se estructura la Política de Seguridad y Privacidad de la Información de la Entidad.

 

Mediante la Resolución 732 de 2020, la UAECD adoptó la Política de Seguridad y Privacidad de la Información, con el propósito de establecer los lineamientos institucionales para la protección de la información y apoyar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

 

No obstante, la evolución del marco normativo, los cambios en los lineamientos de Gobierno Digital, la actualización del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información, de la norma técnica ISO/IEC 27001:2022 y las necesidades institucionales en materia de gestión y protección de la información hacen necesario actualizar la Política de Seguridad y Privacidad de la Información adoptada mediante la Resolución 732 de 2020, fortalecer sus lineamientos y adoptar el Documento Técnico de Política General de Seguridad y Privacidad de la Información y el Documento Técnico Manual de Políticas Detalladas de Seguridad de la Información, como instrumentos para su implementación y actualización permanente, cuyas modificaciones podrán realizarse directamente sobre dichos documentos, sin necesidad de expedir una nueva resolución, siempre que no se modifique el objeto ni las disposiciones del presente acto administrativo.

 

Mediante Acta número 08 del 28 de julio del 2026, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la UAECD aprobó la actualización del "Documento Técnico de Política General de Seguridad y Privacidad de la Información" y el "Documento Técnico Manual de Políticas Detalladas de Seguridad de la Información".

 

En cumplimiento de lo señalado en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, y del Decreto Distrital 479 de 2024, el proyecto de la presente resolución se publicó en el Sistema Legalbog Participa, del 17 al 27 de julio del 2026, donde no se recibieron comentarios por parte de la ciudadanía conforme la consulta efectuada a dicho sistema, tal como consta en el certificado de publicación de proyectos de actos administrativos expedido el 28 de julio de 2026 por la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º. Objeto. La presente resolución tiene por objeto, actualizar la Política de Seguridad y Privacidad de la Información de la UAECD, mediante la actualización del Documento Técnico de Política General de Seguridad y Privacidad de la Información de la UAECD el cual hace parte integral de la presente resolución.

 

Artículo 2º. Instrumento para operar. La UAECD establece que la Política de Seguridad y Privacidad de la Información operará por medio del "Documento Técnico Manual De Políticas Detalladas de Seguridad de La Información" en el que se encuentran los lineamientos detallados para el cumplimiento de la implementación y monitoreo del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, el cual hace parte integral de la presente resolución.

 

Artículo 3°. Actualización de la Política de Seguridad y Privacidad de la Información. Las actualizaciones al Documento Técnico de Política General de Seguridad y Privacidad de la Información y al Documento Técnico Manual de Políticas Detalladas de Seguridad de la Información podrán efectuarse directamente sobre estos, sin que sea necesaria la expedición de una nueva resolución, siempre que tales cambios no alteren el objeto ni las disposiciones contenidas en el presente acto administrativo.

 

Artículo 4º. Publicación y divulgación institucional. La presente resolución se publicará en el Registro Distrital y en el Sistema de Gestión de Calidad de la UAECD con sus respectivos anexos.

 

Los documentos técnicos adoptados mediante los artículos 1º y 2º del presente acto administrativo, así como sus respectivas actualizaciones, deberán divulgarse y mantenerse disponibles en el Sistema de Gestión de Calidad de la UAECD para su consulta y aplicación por parte de las dependencias competentes.

 

Parágrafo. Corresponderá al grupo de Comunicaciones divulgar a través de los medios institucionales que determine adecuados, a los servidores públicos y a los contratistas de la UAECD la mencionada política y los documentos técnicos que la desarrollan, una vez el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la UAECD haya aprobado las respectivas actualizaciones o modificaciones.

 

Artículo 5º. Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga la Resolución No. 732 de 2020 y las demás que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de Agosto del año 2026.

 

OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES

 

DIRECTORA

 

Nota: Ver norma original y Anexos en Anexos.