RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 2143 de 2026 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
21/08/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/08/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8646 Agosto 25 de 2026
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2143 DE 2026

 

(Agosto 21)

 

Por la cual se modifica el artículo 45 de la Resolución IDU-20 de 2026


EL(LA) Director General DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU,

 

 en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los por los Acuerdos 01 de 2009, 04 de 2025 del Consejo Directivo IDU, artículo 6º del Decreto Distrital 221 de 2023, artículo 2.2.22.3.4 del Decreto Único 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 1499 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución IDU 20 de 2026 "...se actualiza el Sistema de Gestión, los Subsistemas articulados y los Equipos de Trabajo del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, en el marco de la operación del MIPG-SIG IDU y sus dimensiones, y se actualiza la versión 7.0 del Manual de Procesos IDU."

 

Que, en sesión del 03 de junio de 2026 del Comité Institucional de Gestión y Desempeño se aprobó el cambio de nombre del proceso "Conservación de Infraestructura" por "Conservación y Administración de la Infraestructura", solicitado por la Subdirección General de Infraestructura, lo que conlleva a actualizar el artículo 45 de la Resolución IDU-20 de 2026.

 

Que es interés del Instituto continuar promoviendo el mejoramiento de la gestión, fortalecer los mecanismos para satisfacer a los grupos de valor, incorporar buenas prácticas reconocidas y actualizar los componentes del Sistema Integrado de Gestión, con el propósito de mejorar el desempeño en el cumplimiento de la misión y asegurar la legitimad y sostenibilidad del Instituto.

 

Que, en mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. El artículo 45 del Título V de la Resolución IDU-20 de 2026 quedará así:

 

"TÍTULO V

 

MANUAL DE PROCESOS DEL INSTITUTO.

 

ARTICULO 45. Adopción de la Versión 8.0 del Manual de Procesos del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU. Adóptese la versión 8.0 del Manual de Procesos del Instituto de Desarrollo Urbano, cuyo objetivo es relacionar y unificar los documentos del Sistema Integrado de Gestión utilizados para el desarrollo de la gestión de la entidad y promover el autocontrol, basado en el conocimiento, por parte de servidores públicos y colaboradores del IDU de los procesos, los procedimientos y demás documentación. En esta versión se modifica el nombre del proceso de "Conservación de infraestructura" el cual se denominará: "Conservación y administración de la infraestructura".

 

Este Manual puede ser consultado de forma interactiva en la intranet y página WEB del Instituto. La versión del Manual de Procesos contiene:

 

 

ARTÍCULO 2°. Publicación y Socialización del presente acto administrativo. Ordenar a la Subdirección General de Gestión Corporativa la comunicación de la presente Resolución a todo el nivel directivo, demás servidores públicos y colaboradores del Instituto, así como enviar su PDF firmado y el Word a la Secretaría Jurídica Distrital en cumplimiento del artículo 11 de la Resolución 104 de 2018 de la citada Secretaría para su incorporación en el Régimen Legal de Bogotá.


Corresponderá a la Oficina Asesora de Comunicaciones del IDU estructurar y ejecutar la estrategia de divulgación del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO 3º. Vigencia y Derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 45 de la Resolución IDU 20 de 2026.

 

Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 21 días del mes de agosto del año de 2026.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

PEDRO ORLANDO MOLANO PÉREZ

           

Director General

 

Nota: Ver norma original en los anexos.