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Decreto 350 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/09/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/09/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 350 DE 2026

 

(Septiembre 02)

 

Por medio del cual se dejan sin efectos los artículos 3º y 4º del Decreto Distrital No. 332 de 2026 y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de

2017, y

 

CONSIDERANDO QUE:

 

De conformidad con el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, se atribuye al Alcalde Mayor de Bogotá, dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.

 

Por otro lado, el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el articulo 1º de la Ley 1960 de 2019 establece que los cargos de libre nombramiento y remoción que se encuentren en vacancia temporal o definitiva podrán ser provistos mediante encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.

 

Mediante el artículo 1º del Decreto Distrital No. 332 del 21 de agosto de 2026, se concedió, a partir del 4 de septiembre de 2026, el disfrute de quince (15) días hábiles de vacaciones al servidor público MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.872.961, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital, correspondientes al periodo laborado comprendido entre el 15 de febrero de 2024 y el 14 de febrero de 2025.

 

En consecuencia, mediante los artículos 3º y 4º del citado Decreto Distrital, se efectuaron los encargos de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital, así:

 

- Del 4 al 6 de septiembre de 2026, al servidor público ANDRÉS FELIPE PUENTES DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.098.810.694, Director Técnico, Código 009, Grado 07, de la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos de dicha Secretaría.

 

- A partir del 7 de septiembre de 2026 y hasta la finalización del período de vacaciones del titular del empleo, a la servidora pública MARÍA PAULA RUEDA MANTILLA, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.014.890, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría Juridica Distrital.

 

Posteriormente, mediante oficio del 27 de agosto de 2026, la Secretaria Jurídica Distrital solicitó modificar lo dispuesto en los artículos 3º y 4º del Decreto Distrital No. 332 del 21 de agosto de 2026, con el propósito de que la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer, sea encargada de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital, durante el período de vacaciones del servidor público MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA.

 

En atención a dicha solicitud, se hace necesario dejar sin efectos los artículos 3º y 4º del Decreto Distrital No. 332 del 21 de agosto de 2026 y efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Juridica Distrital, con el fin de garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Para tal efecto, el Director de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., Sergio Felipe Galeano Gómez, certificó que la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria Distrital de la Mujer, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Juridica Distrital.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º-: Deja sin efectos. Dejar sin efectos los artículos 3º y 4º del Decreto Distrital No. 332 del 21 de agosto de 2026, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto.

 

Artículo 2º-: Encargo. Encargar a partir del 4 de septiembre de 2026, a la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria Distrital de la Mujer, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Juridica Distrital, y hasta que finalicen las vacaciones del titular del cargo.

 

Artículo 3º-: Comunicaciones. Comunicar el contenido del presente Decreto a los servidores públicos MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA, ANDRÉS FELIPE PUENTES DÍAZ, MARÍA PAULA RUEDA MANTILLA y LAURA MARCELA TAMI LEAL, así como a la Secretaría Juridica Distrital, a la Secretaría Distrital de la Mujer y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaria.

 

Parágrafo-: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

mmoncayov@secretariajuridica.gov.co

2

ANDRÉS FELIPE PUENTES DÍAZ

apuentesd@secretariajuridica.gov.co

3

MARÍA PAULA RUEDA MANTILLA

mpruedam@secretariajuridica.gov.co

4

LAURA MARCELA TAMI LEAL

ltami@sdmujer.gov.co

 

Artículo 4º-: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y las demás disposiciones del Decreto Distrital No. 332 del 21 de agosto de 2026 continúan vigentes.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de septiembre del año 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.