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Circular 055 de 2025 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Gestión Judicial

Fecha de Expedición:
15/12/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/12/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 055 DE 2025

 

(Diciembre 15)

 

Para: Secretarias de Despacho, Departamentos Administrativos, Unidades Administrativas Especiales sin personería jurídica, Establecimientos Públicos; Unidades Administrativas Especiales con Personería Juridica; Empresas Industriales y Comerciales del Estado; Empresas Sociales del Estado; Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios Oficiales; Sociedades de Economía Mixta; Sociedades entre entidades públicas; Entidades Descentralizadas Indirectas, Entes Universitarios Autónomos, Alcaldías Locales y demás Entidades del Orden Distrital.

 

De: Dirección Distrital de Gestión Judicial - Secretaria Juridica Distrital

 

Asunto: Socialización oferta de servicios - Centro de Arbitraje y Conciliación Cámara de Comercio de Bogotá - Administración de tramites de arbitraje nacional e internacional, amigable composición y mediación que surjan como consecuencia de las controversias que existan o en virtud de los contratos suscritos por las entidades del Distrito Capital de Bogotá del nivel central o descentralizado, adscritas o vinculadas.

 

Radicado: 2-2025-16949

 

Cordial saludo,

 

En cumplimiento de las políticas distritales orientadas a fortalecer el uso de los Mecanismos de Resolución de Controversias (MRC) en la gestión contractual y administrativa de las entidades del Distrito Capital, y con el fin de promover una administración eficiente, ágil y colaborativa de los conflictos, la Secretaría Jurídica Distrital se permite poner en conocimiento de todas las entidades, organismos y empresas del sector público Distrital la oferta de servicios presentada por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá - CAC-CCB.

 

Dicha oferta comprende la disponibilidad de la sede de la Cámara de Comercio de Bogotá y el acompañamiento técnico especializado para el desarrollo de procedimientos de mediación, amigable composición y arbitraje nacional e internacional, de conformidad con lo establecido en la Ley 1563 de 2012, la Ley 1682 de 2013, y demás disposiciones aplicables sobre mecanismos alternativos de resolución de controversias.

 

EI CAC-CCB, con más de cuarenta años de experiencia, se ha consolidado como un referente nacional en la administración de estos mecanismos, garantizando transparencia, imparcialidad y eficiencia en la gestión de los conflictos.

 

El aprovechamiento de esta oferta representa una oportunidad estratégica para las entidades distritales, al optimizar la gestión de controversias, reduciendo tiempos y costos asociados a la vía judicial; en el mismo sentido permite fomentar la cultura del diálogo y la concertación, en consonancia con los principios de la función administrativa. De esta manera se contribuye al cumplimiento de los fines esenciales del Estado, mediante la resolución pacífica, oportuna y técnica de los conflictos.

 

Por lo anterior, se invita a las entidades distritales a considerar esta valiosa oferta en sus procedimientos contractuales y administrativos, como parte de las acciones para la modernización de la gestión pública y la promoción de una justicia colaborativa y efectiva.

 

Para ampliar la información o coordinar el acceso a estos servicios, las entidades interesadas podrán comunicarse con a los buzones electrónicos que aparecen en el documento adjunto o directamente con el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá a través de sus canales oficiales.

 

Cordialmente,

 

ANDRÉS MAURICIO ORTIZ MAYA

 

Director Distrital de Gestión Judicial

 

Proyectó: Daniel Eduardo Rojas Poveda, Contratista, Dirección Distrital de Gestión Judicial

Revisó:    Andrés Mauricio Ortiz Maya, Director, Dirección Distrital de Gestión Judicial

Aprobó:   Andrés Mauricio Ortiz Maya, Director, Dirección Distrital de Gestión Judicial

 

NOTA: Ver anexo y norma original en Anexos.