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DECRETO LOCAL 04 DE 2026
(Julio 01)
Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2026
LA ALCALDESA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 308 del Decreto 645 de 2025,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto local 013 de 2025 "Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e inversión de la Alcaldía Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026" la Alcaldesa Local de Barrios Unidos liquidó el presupuesto expedido por la Junta Administradora Local de Barrios Unidos para la vigencia 2026, mediante Acuerdo local 02 de 2025, por un valor total de OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL PESOS MCTE ($83.225.118.000)
Que, en dicho Decreto, el presupuesto de funcionamiento para la vigencia 2026 asciende a un valor de CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL PESOS MCTE ($4.460.652.000)
Que, de acuerdo con el análisis de planeación y optimización de los recursos presupuestales de la Alcaldía Local, y, con el fin de optimizar la ejecución de los recursos presupuestales y garantizar la adecuada atención de las necesidades institucionales, se identificaron rubros presupuestales cuyos recursos no serán comprometidos en la vigencia 2026 y, por tanto, son susceptibles de traslado presupuestal.
Que, la entidad estima necesario efectuar traslado presupuestal por valor de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS MCTE ($41.864.333), para la adquisición de bienes y servicios para garantizar el normal funcionamiento de la entidad. Lo anterior, teniendo en cuenta que en la actualidad no se cuenta con elementos y servicios suficientes, dentro de los cuales se destacan los Botiquines para emergencia; el alquiler de impresoras; la adquisición de repuestos para el mantenimiento del desfibrilador, y, elementos de papelería para la Alcaldía Local, para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de funciones.
Que, después de revisadas las necesidades y los planes de adquisiciones en los gastos de funcionamiento, los siguientes rubros presentan saldos presupuestales que son susceptibles de traslado: 02120201003023212101 Papel periódico; 02120201003023213301 Papel Kraft; 02120201003023215301- Cajas de cartón acanalado; 02120201003023219201-Sobres sin impresión para escritorio; 02120201003053542006 - Pegantes sintético; 02120201003063622004 - Banditas de caucho; 02120201003083891102 Bolígrafos; 02120201003083891103 Lapiceros; 02120201003083891104 Marcadores de fieltro y similares; 02120201003083891106 Lápices; 02120201003083891107 Lápices de colores; 02120201003083891108 Minas para lápices; 02120201003083891109 Minas para lapicero; 02120201003083891110 Minas para bolígrafo; 02120201003083891111 Partes y accesorios para bolígrafo, estilógrafos; 02120201003083891113-Minas de colores para lápices; 02120201003083891117 Puntas y micropuntas especiales para bolígrafos: 021202020070373390 Derechos de uso de otros productos de propiedad intelectual, y. Repuestos de tinta para estilógrafos, los cuales cuentan con saldo 02120201003083891118 presupuestal disponible y susceptible de traslado., por valor total de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS MCTE ($41.864.333),
Que, la entidad requiere acreditar los siguientes rubros por valor total de QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA PESOS MCTE ($15.430.840), con el fin de contar con recursos suficientes para suplir las necesidades identificadas al interior de la entidad, relacionadas con la adquisición de elementos de papelería y oficina necesarios para la realización de las actividades propias de la entidad: 021201010030301-Máquinas para oficina y contabilidad, y sus partes y accesorios; 02120201003023212801 Papel bond; 02120201003023219202 Sobres de manila; 02120201003023219924 Cinta de papel engomado; 02120201004024291305 - Tijeras para artes y oficios: 02120201004024291501 - Tajalápices de bolsillo: 02120201004024294415 Ganchos: 02120201004024299501 Ganchos legajadores metálicos; 02120201004024299502 Clips; y, 02120201004024299504 - Grapas de alambre para engrapadoras de oficina.
Que, la entidad requiere acreditar el rubro 02120202008078715402 Servicio de mantenimiento y reparación de equipo de irradiación y equipo electrónico de uso médico y terapéutico, por un valor de CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA PESOS MCTE ($471.380), para suplir las necesidades identificadas al interior de la entidad, relacionadas con la adquisición de repuestos (electrodos) necesarios para efectuar mantenimiento al desfibrilador con el que cuenta la entidad para la atención de emergencias.
Que, la entidad requiere acreditar el rubro 02120201003053529901 Botiquines para emergencia, por un valor de QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS MCTE ($546.129), para suplir las necesidades identificadas al interior de la entidad, relacionadas con la adquisición de botiquines para emergencia para las sedes y vehículos de propiedad y/o tenencia de la entidad.
Que, la entidad requiere acreditar el rubro 021202020070373123 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras), por un valor de VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($25.415.984), para el alquiler de impresoras necesarias para el normal desarrollo de las actividades y funciones de la entidad.
Que el artículo 308 del Decreto 645 de 2025, parágrafo estipula:
"Parágrafo: Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros de los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, obligaciones por pagar, transferencias corrientes, gastos por tributos, tasas y contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora.".
Que, expuesto lo anterior, se hace necesario efectuar traslado presupuestal entre los rubros de adquisición de bienes y servicios, por valor total CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS MCTE ($41.864.333).
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contra crédito al Presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2026, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2026, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de julio del año 2026.
ANDREA MELISSA MORALES CANO
Alcaldesa local de Barrios Unidos
Nota: Ver norma original en Anexos. |