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Proyecto de Acuerdo 151 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/03/2006
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

.POR MEDIO DEL CUAL SE CREA E INSTITUCIONALIZA EN EL DISTRITO CAPITAL LA SEMANA DE PREVENCIÓN DE MUERTES POR CÁNCER EN LOS HOMBRES.

PROYECTO DE ACUERDO No. 151 DE 2006

Ver Acuerdo Distrital 220 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA E INSTITUCIONALIZA EN EL DISTRITO CAPITAL LA SEMANA DE PREVENCIÓN DE MUERTES POR CÁNCER EN LOS HOMBRES".

EXPOSICION DE MOTIVOS

OBJETO DEL PROYECTO

El objeto de este proyecto es la creación e institucionalización de una semana en el año, en la cual la Secretaria Distrital de Salud y las demás entidades competentes realicen prevención a través de campañas que tengan por objeto la detección temprana del cáncer y el control de esta enfermedad.

Se ha comprobado científicamente que si la detección del cáncer se hace a tiempo, durante sus primeras fases, es posible controlarla.

2. JUSTIFICACION DEL PROYECTO

De acuerdo a las altas cifras de mortalidad de hombres en el Distrito Capital, como resultado de la afección de los distintos cánceres, se hace imperiosamente necesario que exista un acuerdo que cree e institucionalice en el Distrito Capital, por lo menos una semana en el año para que la Secretaria Distrital de Salud y demás entidades responsables realicen prevención de muertes por cáncer en los hombres.

Cabe resaltar que a través de Acuerdo No. 177 de 2005, sancionado el 28 de septiembre de 2005 por el señor Alcalde Mayor, se creó e institucionalizó en el Distrito Capital la semana de prevención de muertes por cáncer de cérvix y cáncer de mama en las mujeres.

En los debates que se surtieron en el recinto, los concejales que intervinieron destacaron el gran aporte de este proyecto a la salud de las mujeres capitalinas, igualmente se hizo énfasis en que debía tramitarse un proyecto que contemplará la prevención para los hombres, toda vez que también existían altas estadísticas de muertes de hombres por los distintos cánceres.

Por estas razones, traigo a consideración de ésta H. Corporación este proyecto que pretende la creación e institucionalización de una semana al año de prevención de muertes por cáncer en los hombres.

II. MARCO CONCEPTUAL

1. QUE ES EL CANCER

El cáncer no solo es una sola enfermedad, es el nombre de una variedad de por lo menos cien enfermedades muy distintas entre si y se produce por el crecimiento anormal y desordenado de las células del cuerpo, causado a su vez por alteraciones celulares ocurridas cuando la clave cromosomita genética ha sido alterada, por lo que las células reciben mensajes erróneos y la célula cancerosa pierde el control de su propio desarrollo.

2. COMO SE PREVIENE EL CANCER

El Cáncer es una enfermedad PREVENIBLE, la prevención del cáncer es una actividad que debe fundamentarse en modelos efectivos que puedan implementarse a través de programas que incluyan políticas públicas que permitan el cumplimiento de las metas beneficiosas para la población de la ciudad de Bogotá D.C.

Las políticas distritales deben contener acciones que indiquen los elementos indispensables de la prevención del cáncer en el hombre; así como una planeación con perspectivas sectoriales para que se investiguen los factores que producen esta enfermedad, como por ejemplo, dieta, trabajo, patrones sexuales, tabaco, alcohol, medio ambiente, etc.

La campaña de prevención debe realizarse en diferentes niveles como instituciones de salud, escuelas, colegios, grupos organizados gubernamentales y no gubernamentales.

Es importante que la prevención se desarrolle a través de estrategias de información, educación y comunicación.

3. CLASES DE CÁNCER

Entre los distintos cánceres que más afectan a los hombres se encuentran:

Cáncer de próstata

Este cáncer es el más frecuente del aparato genitourinario del hombre y en Colombia ocupa el tercer lugar en mortalidad.

La próstata en una pequeña glándula sexual masculina cuyo propósito es la producción del líquido seminal que forma parte del semen o esperma, está ubicada encima del recto y debajo de la vejiga urinaria y rodeada de la uretra (conducto donde sale la orina), por eso cuando la próstata crece hay dificultad para orinar y eyacular.

Cáncer de piel

Es uno de los cáncer mas frecuente en los seres humanos y en especial en los hombres, es curable en etapas tempranas. La prevención y la detección temprana son los aspectos mas importantes para evitarlo y tratarlo oportunamente.

Los principales tumores malignos de la piel son el Carcinoma basocelular, el Carcinoma escamocelular y el Melanoma maligno.

Cáncer colorectal

Este tipo de enfermedad afecta principalmente a hombres mayores de cincuenta años, los factores que influyen en la aparición de este tipo de cáncer son los antecedentes familiares de dicha enfermedad, la poliposis intestinal y la enfermedad inflamatoria intestinal, el riesgo de padecer un tumor de estos aumenta en zonas industriales y urbanas, otros posibles factores son la falta de ejercicio físico, la exposición a ciertos productos químicos y a una dieta pobre en fibra y rica en grasa.

Cáncer de pulmón

Es una enfermedad en la cual se encuentran células tumorales o cancerosas en los tejidos de uno o ambos pulmones.

Las estadísticas demuestran que esta enfermedad afecta a mas de 100 mil hombres.

Cáncer de estomago

También llamado cáncer gástrico, es una enfermedad multicausal en la que se encuentran células malignas en los tejidos del estomago.

La probabilidad de que una persona desarrolle cáncer de estomago es mayor si ha padecido una infección gástrica causada por bacterias denominadas Helicobacter pylori, la cual se adquiere a través del consumo de aguas en malas Condiciones o alimentos (verduras) cuyo riego se haya efectuado con aguas contaminadas o no tratadas.

Otros factores que aumentan la probabilidad de contraer el cáncer de estomago son:

La adicción al cigarrillo

El consumo de alimentos salados

El consumo de licor

Los antecedentes de enfermedades gástricas tales como gastritis atrófica, anemia pernicosa o pólipos gástrico.

Cáncer en la sangre (Leucemia)

Este cáncer constituye el 2% de los canceres en los hombres y componen un grupo heterogéneo de procesos que se dividen en enfermedades agudas y crónicas; en ambos casos se trata de enfermedades de los elementos mieloides de la medula ósea (glóbulos blancos , glóbulos rojos, megacariocitos), que generan células malignas que interrumpen las funciones normales de la medula y pueden infiltrar directamente el bazo, el hígado, los ganglios linfáticos, el sistema nervioso central y otros órganos.

Cáncer de testículos

El cáncer de testículo solo representa el 1% de todos los cánceres del hombre, pero constituye la enfermedad maligna mas frecuente entre los 20 y 34 años de edad.

Este cáncer se caracteriza por la ausencia de síntomas en su primera etapa. en general aparece una masa dentro del testículo, la mayoría de las veces indolora; la única característica es una sensación de peso en el testículo.

4. ESTADISTICAS DEL CANCER EN LOS HOMBRES

En el Distrito Capital, las estadísticas de cáncer en hombres son las siguientes:

Edades

Número

Porcentaje

De hasta

00-14

197

8.1

15-44

433

17.7

45-54

315

12.9

55-64

478

19.6

+65

1.017

41.7

TOTAL

2.440

100.0

III.- MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

Es importante tener en cuenta la siguiente normatividad:

Constitución Política de Colombia:

Artículo 49: "La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, También establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.

Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.

La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria.

Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad". Subrayado fuera de texto.

Resolución No. 00412 de 2000: "Por la cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento y se adoptan las normas técnicas y guías de atención para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés en salud pública".

Artículo 4°. Guía de atención. Es el documento mediante el cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones a seguir y el orden secuencial y lógico para el adecuado diagnóstico y tratamiento de las enfermedades de interés en salud pública establecidas en el Acuerdo 117 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y a cargo de las Entidades Promotoras de Salud, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado.

Artículo 5°. Demanda inducida. Son todas las acciones encaminadas a informar y educar a la población afiliada, con el fin de dar cumplimiento a las actividades, procedimientos e intervenciones de protección específica y detección temprana establecidas en las normas técnicas.

Las Entidades Promotoras de Salud, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado deberán elaborar e implementar estrategias que le garanticen a sus afiliados, de acuerdo con las condiciones de edad, género y salud, el acceso a las actividades procedimientos e intervenciones de protección específica y detección temprana así como la atención de enfermedades de interés en salud pública.

Artículo 9°. Detección temprana. Adóptense las normas técnicas contenidas en el anexo técnico 1-2000 que forma parte integrante de la presente resolución, para las actividades, procedimientos e intervenciones establecidas en el Acuerdo 117 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, enunciadas a continuación:

b) Detección temprana de las alteraciones del desarrollo del joven (10-29 años);

d) Detección temprana de las alteraciones del Adulto (mayor de 45 años);

Parágrafo. Los contenidos de las normas técnicas de detección temprana serán actualizados periódicamente de acuerdo con los cambios en la estructura demográfica de la población, el perfil epidemiológico, la tecnología disponible en el país y el desarrollo científico y la normatividad vigente.

Artículo 7: "Detección temprana. Es el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones que permiten identificar en forma oportuna y efectiva la enfermedad, facilitan su diagnóstico precoz, el tratamiento oportuno, la reducción de su duración y el daño causado, evitando secuelas, incapacidad y muerte".Subrayado fuera de texto.

Desde el Concejo de Bogota, es posible generar políticas públicas que ayuden a prevenir y disminuir el cáncer en el hombre y de esta forma lograr reducir significativamente la mortalidad y las secuelas ocasionadas por esta grave enfermedad, y de esta forma mejorar la calidad de vida y de la salud de la población masculina del Distrito Capital.

Este proyecto generará efecto inmediato y positivo en el Distrito Capital, para que los hombres acudan masivamente a los diferentes puntos que se asignen a realizarse los diferentes exámenes de diagnóstico y de esta forma evitar la mortalidad masculina por esta enfermedad.

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal

ACUERDO No. ______ DE 2006

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA E INSTITUCIONALIZA EN EL DISTRITO CAPITAL LA SEMANA DE PREVENCIÓN DE MUERTES POR CÁNCER EN LOS HOMBRES".

El Concejo de Bogotá, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto 1421 de 1993;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO: Créase e institucionalícese en el Distrito Capital, la semana de prevención de muertes por cáncer en los hombres, la cual se realizará en el mes de junio de cada año.

ARTICULO SEGUNDO: La Secretaría Distrital de Salud, pondrá a disposición de la población masculina en esta semana, todos los programas existentes a nivel Nacional y Distrital de acuerdo con la normatividad vigente, sin perjuicio de las actividades que en forma permanente deba desarrollar la entidad responsable.

ARTICULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Bogotá D.C, 23 de marzo de 2006.

Doctor

PEDRO ALEJANDRO FRANCO GOMEZ

Secretario General

Concejo de Bogotá D. C.

Ciudad

REF: Radicación Proyecto de Acuerdo

Respetado Doctor:

De conformidad con las facultades otorgadas en el Reglamento Interno del Concejo, me permito presentar y radicar junto con la exposición de motivos y el articulado, el proyecto de acuerdo "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA E INSTITUCIONALIZA EN EL DISTRITO CAPITAL LA SEMANA DE PREVENCION DE MUERTES POR CANCER EN LOS HOMBRES", para su correspondiente trámite, estudio y aprobación.

Cordialmente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal de Bogotá D.C.