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Acuerdo 19 de 2001 Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital San Blas II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
27/12/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/2001
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AHOSABL00192001

ACUERDO 019 DE 2001

(Diciembre 27)

"Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Empresa Social del Estado Hospital San Blas II Nivel de Atención"

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN BLAS II NIVEL DE ATENCIÓN

En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas en el Numeral 17, Artículo 12 del Acuerdo 17 del 10 de Diciembre de 1997,expedido por el Concejo de Bogotá D.C. y,

CONSIDERANDO

Que mediante el Acuerdo 17 de 1997, el Concejo de Santafé de Bogotá, D.C., consagró la transformación de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención de conformidad con lo dispuesto en la Ley 100 de 1993.

Que la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención, realizó el estudio organizacional de la entidad, el cual denominó "Proyecto de Reordenamiento Estructural", que este estudio se realizó bajo los lineamientos de la Secretaría Distrital de Salud y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

Que mediante oficio No. 9309 de fecha 26 de Diciembre de 2001 el Departamento Administrativo del Servicio Civil emitió concepto técnico favorable No. 5225-01, a la propuesta de Reordenamiento Estructural de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención.

Que la Dirección de Desarrollo de Servicios de la Secretaría de Salud Distrital mediante oficio No. R101753 de fecha 18 de diciembre de 2001, conceptuó que el documento técnico de reordenamiento institucional presentado por la Gerencia, cumple con los requisitos establecidos y con la metodología conjuntamente definida, además que el proceso desarrollado está conforme a las necesidades de la red de Servicios de Salud Distrital y con los estudios de la capacidad instalada de la oferta.

Que el Jefe del Departamento Financiero y el Jefe de Presupuesto (E) de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención expidieron los Certificados de Disponibilidades Presupuestales Nos. 2134 y 2135 de 2001 por valor de $1.000.000 cada uno respectivamente; la Disponibilidad Presupuestal No. 001 de 2002 por valor de $2.400.000.000 con cargo a la Vigencia Futura de 2002 autorizada por el CONFIS Distrital en su sesión No. 19 de Diciembre 11 de 2001 para atender las acreencias que se deriven de la modificación de la estructura organizacional actual.

Que el Gerente, el Abogado y la Jefe, del Departamento de Personal del Hospital de San Blas II Nivel E.S.E., expidieron Certificación No. 001 de 2001 en la que consta la viabilidad jurídica, legal y técnica sobre la pertinencia y necesidad de llevar a cabo el proceso de Reordenamiento Estructural de la Empresa.

Que la Gerencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20, literal h) del Acuerdo 17 de 1997 y demás normas concordantes presenta para su aprobación a la Junta Directiva el Acuerdo de Modificación de la estructura Organizacional de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención.

Que conforme a las consideraciones y certificaciones antes señaladas presentadas por la Gerencia es pertinente el acuerdo.

Que en mérito de la expuesto,

ACUERDA

CAPÍTULO I.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

ARTÍCULO PRIMERO. Determinar para la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención, para la realización y cumplimiento de sus funciones, la siguiente estructura organizacional:

1. GERENCIA

2. SUBGERENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

3. SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.

CAPÍTULO II

FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

ARTÍCULO SEGUNDO: FUNCIONES DE LA GERENCIA. Son funciones de la Gerencia de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención las señaladas en el Artículo 20 del Acuerdo 17 de 1997 y las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia, así:

1. Dirigir la Empresa Social del Estado, manteniendo la unidad de procedimientos e intereses en torno a la misión y objetivos de la misma.

2. Realizar la gestión necesaria para lograr el desarrollo de la Empresa Social del Estado, de acuerdo con los planes y programas establecidos, teniendo en cuenta los perfiles epidemiológicos del área de influencia, las características del entorno y las condiciones internas de ésta.

3. Articular el trabajo que realizan los diferentes niveles de la organización, dentro de una concepción participativa de la gestión.

4. Ser nominador y ordenador del gasto, de acuerdo con las facultades concedidas por la ley y los reglamentos.

5. Representar a la Empresa Social del Estado judicial y extrajudicialmente.

6. Velar por el cumplimiento de la leyes y los reglamentos que rigen la empresa.

7. Rendir informes que le sean solicitados por la Junta Directiva y demás autoridades competentes.

8. Presentar proyectos de acuerdo a través de los cuales se decidan situaciones en la Empresa Social del Estado que deban ser adoptadas o aprobadas por la Junta.

9. Celebrar o suscribir los contratos de la Empresa Social del Estado.

10. Delegar hasta el Nivel ejecutivo las funciones que le han sido encomendadas y que las disposiciones legales así lo permitan.

11. Conocer y fallar en segunda instancia las investigaciones disciplinarias que se siga a los servidores de la entidad con base en lo establecido en el Código Único Disciplinario (Ley 200 de 1995) y las demás normas que lo reglamenten, modifiquen o adicionen.

12. Establecer y desarrollar el Sistema de Control Interno, diseñando e implementando formalmente un sistema de evaluación y control de gestión, según las características de la Institución y de acuerdo con lo establecido en el Art. 343 de la Constitución Nacional, y en los Artículos 6º y 8º de la Ley 87 de 1993, fomentando en toda la organización la cultura de autocontrol a fin de contribuir al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

13. Formular y aplicar las políticas de Participación Social.

14. Establecer procesos de auditoría médica y financiera interna de conformidad con las normas establecidas.

15. Cumplir y hacer cumplir las normas tendientes a preservar la moralidad de la administración pública de conformidad a lo establecido en la Ley 190 de 1995.

16. Garantizar un sistema técnico de administración de personal que tenga por objeto la eficiencia de la administración pública, la capacitación y el ascenso con base en el mérito, de conformidad en lo establecido en la Ley 443 de 1998.

17. Asignar los recursos para inversión que concurran al presupuesto de la entidad de acuerdo con los planes, programas y proyectos de inversión en salud de conformidad con los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo Distrital y Nacional.

18. Coordinar y controlar la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de corto, mediano y largo plazo para atender adecuadamente las actividades asociadas con el fomento de la salud, la prevención, tratamiento y rehabilitación de la Enfermedad.

19. Dirigir y coordinar la elaboración de los instrumentos básicos de la planeación: Plataforma Estratégica, Plan de Desarrollo Institucional, Plan Financiero, Plan Operativo Anual de Inversiones, Plan de Acción y Presupuestos Anuales.

20. Concertar acciones intra y extra-sectoriales para el logro de los objetivos y la misión institucional.

21. Diseñar e implementar estrategias de mercadeo y ventas para el portafolio de productos y servicios de salud a cargo de la empresa.

22. Formular el plan informático y de sistemas de información que requiera la empresa para el logro de los objetivos.

23. Definir las políticas para recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamos que los usuarios formulen, relacionadas con el cumplimiento eficiente de la misión de la Empresa, en los términos que la Ley señale.

24. Dirigir el diseño e implementación de los sistemas de información que requiera la Empresa para el logro de los objetivos.

25. Actualizar de forma permanente el sistema de información de la Empresa y brindar el soporte técnico que garantice una atención veraz, oportuna y eficiente a los usuarios del sistema.

26. Planear, dirigir y gestionar las políticas de los recursos económicos garantizando la sostenibilidad, progresividad financiera y racionalización del gasto.

27. Las demás funciones que sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la Dependencia..

ARTÍCULO TERCERO. FUNCIONES DE LA SUBGERENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Son funciones de la Subgerencia de Servicios de Salud, las siguientes:

1. Diseñar, dirigir, controlar y evaluar el cumplimiento de las políticas en salud emanadas de las instituciones coordinadoras del Sistema General de Seguridad Social en Salud de acuerdo con la competencia de la Empresa

2. Adaptar normas, técnicas y modelos orientados a mejorar la prestación de los servicios de salud de la Empresa y velar por la validez científica de las técnicas y procedimientos utilizados en el diagnóstico y tratamiento.

3. Asegurar la atención de la prestación de los servicios de salud con calidad, eficiencia y oportunidad garantizando el mejor manejo de los recursos físicos, humanos y financieros.

4. Controlar y evaluar la aplicación del sistema de Auditoría Médica en la empresa.

5. Dirigir y evaluar el impacto de la prestación de los servicios a la comunidad y definir acciones correctivas y preventivas pertinentes.

6. Garantizar al usuario una atención oportuna, personalizada, humanizada, integral y continua de acuerdo a patrones de eficiencia y condiciones óptimas de calidad, teniendo en cuenta el recurso humano, la tecnología y la infraestructura de servicios disponible en la Empresa.

7. Implantar sistemas de control, para garantizar la calidad en la prestación de los servicios hospitalarios, que incluya, entre otros procesos: la planeación, programación, evaluación y control interno de los servicios asistenciales, la calidad técnica y humana.

8. Coordinar y evaluar la participación e intervención del Recurso Humano en cada uno de los grupos funcionales.

9. Implantar un plan de atención de emergencias internas, externas y de evacuación hospitalaria.

10. Mantener relaciones de coordinación intra y extra-institucionales necesarias para la adecuada prestación de los servicios de acuerdo con las directrices de la Gerencia.

11. Participar Inter - Institucionalmente en actividades docentes asistenciales y logísticas a fin de lograr eficiencia en la prestación integral de los servicios de salud.

12. Planear la consecución oportuna de los insumos necesarios para garantizar la prestación de los servicios del área asistencial y utilización racional de los mismos.

13. Promover investigaciones científicas, orientadas a esclarecer las causas y soluciones a los problemas de salud que afectan a la comunidad.

14. Promover la realización de actividades educativas a la comunidad.

15. Velar por el cumplimiento del sistema de referencia y contra - referencia de pacientes.

16. Vigilar todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo epidemiológico y proponer actuaciones de prevención.

17. Asegurar la actualización y difusión de los manuales, guías de atención, normas y procedimientos del área asistencial.

18. Elaborar, controlar y evaluar el plan de desarrollo de su área.

19. Planear, organizar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar los grupos funcionales de los Servicios Hospitalarios, Ambulatorios y Urgencias, Apoyo diagnóstico y complementación Terapéutica.

20. Diseñar, desarrollar y formular el portafolio de productos y servicios en salud que ofrece la Empresa, teniendo en cuenta el perfil epidemiológico, las características del entorno, ampliación de cobertura y calidad de los servicios.

21. Las demás funciones que sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la Dependencia.

ARTÍCULO CUARTO. FUNCIONES DE LA SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. Son funciones de la Subgerencia Administrativa y Financiera, las siguientes:

1. Diseñar, dirigir, controlar y evaluar el cumplimiento de las políticas Administrativas y Financieras.

2. Planear, dirigir y gestionar la política de recursos económicos, garantizando la sostenibilidad financiera y racionalización del gasto.

3. Dirigir, controlar y coordinar lo relacionado con el suministro oportuno y eficiente de los elementos, materiales y servicios necesarios para el normal desempeño de las funciones de la Institución.

4 Desarrollar planes y programas Administrativos, económicos y financieros consecuente, con el logro de los objetivos propuestos en los modelos estratégicos para el desarrollo de la institución.

5. Asesor a la Institución en la elaboración y actualización del plan de compras, listado básico y programación de necesidades, utilizando criterios de calidad, racionalidad y especificaciones técnicas para su adquisición, estableciendo un sistema óptimo de distribución y utilización de los insumos hospitalarios.

6. Presentar en el presupuesto de inversión los proyectos administrativos, tecnológicos y asistenciales que se requieran para mejorar el nivel de competitividad y atención del Hospital.

7. Implementar, coordinar y apoyar las acciones adelantadas por la Subgerencia de Servicios de Salud para el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos en el modelo estratégico, los planes operativos y las políticas gubernamentales del orden Nacional y Distrital.

8. Dirigir y coordinar los servicios de aseo, vigilancia, lavandería y alimentación.

9. Adoptar políticas que garanticen la correcta ejecución del proceso financiero y contable de la institución y coordinar sus actividades de acuerdo a las disposiciones vigentes.

10. Dirigir los procesos de estructuración de presupuesto, contabilidad, costos, facturación, tesorería y cartera necesarios para garantizar la disponibilidad de recursos de la Entidad.

11 Preparar y presentar informes de contabilidad, costos, tesorería, facturación y cartera a la Gerencia y ante las autoridades competentes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

12. Recaudar oportunamente los recursos financieros del Hospital y promover acciones de cobro coactivo a que haya lugar e informar a las entidades competentes.

13. Verificar la razonabilidad y calidad de la información que reflejan la situación financiera de la Entidad y los resultados de las operaciones contables.

14. Diseñar y adoptar programas sobre bienestar social, capacitación e incentivos, inducción y reinducción y de salud ocupacional, para el mejoramiento continuo del Talento Humano.

15. Coordinar y dirigir el sistema técnico de administración de personal que garantice la eficiencia de la administración pública a través del sistema de carrera administrativa y de evaluación de desempeño.

16. Dirigir y controlar la elaboración y actualización del Manual Específico de Funciones y Requisitos.

17. Dirigir y controlar la elaboración de la liquidación de la nómina y sus respectivas novedades.

18 Dirigir y coordinar el servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos hospitalarios, máquinas y vehículos.

19. Conocer y fallar en primera instancia las investigaciones disciplinarias que se siga a los servidores de la entidad con base en lo establecido en el Código Único Disciplinario y las demás normas que lo reglamenten, modifiquen o adicionen.

20. En coordinación con la Gerencia y la Subgerenca de Servicios de Salud formular e implementar las estrategias de mercadeo y ventas del portafolio de productos y servicios de la Empresa.

21. Las demás funciones que sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la Dependencia.

36. Establecer y propiciar la aplicación de indicadores de gestión, estándares de desempeño y mecanismos de evaluación y control de las funciones a cargo de la dependencia.

37. Dirigir y fomentar el desarrollo de Grupos de Funcionales, basados en centros de responsabilidad para la planeación, ejecución y control armónico de los procesos administrativos del Hospital.

38. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza

CAPITULO III

DISPOSICIONES VARIAS

ARTÍCULO QUINTO: GRUPOS FUNCIONALES. El Gerente podrá conformar Grupos Funcionales de acuerdo con la estructura organizacional, las necesidades del servicio y los programas y proyectos de la Empresa, con el fin de desarrollar con eficacia y eficiencia las acciones y cumplir las políticas, objetivos, planes y programas en la Entidad.

ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias..

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 27 días de diciembre de 2001.

LUCY HERNANDEZ DE LEÓN

HECTOR MANUEL LEMUS

PRESIDENTE

SECRETARIO