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Proyecto de Acuerdo 200 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/05/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/05/2006
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC02002006

PROYECTO DE ACUERDO 200 DE 2006

Ver Acuerdo Distrital 242 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

"Por medio del cual se implementa en el Distrito Capital mecanismos para la formación en participación ciudadana en las instituciones educativas públicas y privadas en los niveles preescolar, básica y media, formal e informal"

EXPOSICION DE MOTIVOS

Sea lo primero anotar que este proyecto en el presente año fue presentado inicialmente como la IMPLEMENTACIÓN DE LA CATEDRA EN FORMACIÓN CIUDADANA, radicado bajo el numero 02 de 2.006 en la Comisión de Gobierno, obteniendo por parte de los ponentes H. C. Cristina Plazas Michelsen, Hipólito Moreno y José Juan Rodríguez Rico ponencia positiva conjunta con modificaciones, estas últimas que fueron recogidas e incorporadas al presente proyecto sometido a consideración de la Corporación, dada la calificación de valiosos comentarios que en dicha ponencia se hicieron en su momento.

Es de anotar que el inicial proyecto de acuerdo sugería la creación de una cátedra para incentivar la enseñanza de la Formación Ciudadana y así lograr el compromiso participativo eficientes de los ciudadanos en las decisiones que los afectan tal y como se predica y consagra por la carta política de 1.991 artículo 2.

El Proyecto de acuerdo pese a tener las ponencias positivas no alcanzó a ser discutido en primer debate por las razones que se conocen ampliamente en la corporación y que no son otras que el abundante tramite

de proyectos de acuerdo que se presentan y que no es posible evacuarlos en un solo periodo de sesiones ordinarias.

Se aspira que en le periodo de sesiones correspondiente al mes de mayo de 2.006, se pueda agendar la discusión de esta iniciativa puesta a consideración, que resulta de gran trascendencia para lograr que el Derecho a participar de los ciudadanos se haga efectivo y real en la practica.

La participación Ciudadana resulta vital en el desarrollo, su ajenidad implica mantener alejado a la comunidad en este mecanismo cuya ignorancia impide al pueblo expresarse y tener la oportunidad de incidir en las decisiones y el rumbo de la planeación de su desarrollo.

Uno de los grandes propósitos de los procesos de fortalecimiento y desarrollo social lo constituyen la vinculación de los ciudadanos a la planeación y la participación, lo que conlleva al fortalecimiento indubitablemente de la democracia.

Hoy en día el ciudadano ha dejado de ser un mero depositario de Derechos direccionados por el Estado en su favor, para convertirse en un sujeto activo que a partir de estos Derechos, le permiten participar logrando un empoderamiento para ejercer su capacidad de gestión e incidencia en la toma de decisiones de la ciudad.

Implementar mecanismos para la FORMACION EN PARTICIPACIÓN CIUDADANA, es contribuir convirtiendo a la sociedad en protagonista de sus propias decisiones, pues al final de la formación tendremos un grupo social más preparado dotado de nuevas herramientas que justifican y clarifican la intención de su voto al momento de participar en la elección de sus representantes en las corporaciones públicas, así como podrá incidir y cuestionar los planes de desarrollo en los que se verá inmerso.

El artículo 1° la Ley 115 de 1.994 establece "La Educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y deberes".

Así mismo, el artículo 14 ibídem establece la obligatoriedad, para todos los establecimientos de educación, "el estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la Instrucción Cívica, de conformidad con el artículo 41 de la C.P".

Para nadie es un secreto que la Constitución de 1.991 trajo como gran expectativa el cambio de la representatividad a la participación directa de los ciudadanos como una de las formulas de la democratización y descentralización administrativa, brindándole al asociado una serie de herramientas legales para participar e incidir en las decisiones que gobiernan la vida en comunidad.

En la actualidad existe un divorcio entre las instancias Distritales y locales de participación, de tal forma que no actúan coordinadamente, ni tampoco se hace uso racional de los recursos con que se cuenta (Humanos, materiales, de tiempo y de información).

En consecuencia una condición para que el sistema de participación opere y tenga éxito, es la de capacitar e identificar en el seno de la Administración Distrital la promoción y apoyo para la participación ciudadana adquiriendo gran liderazgo en el tema la Secretaría de Educación con la implementación de los mecanismos en la FORMACIÓN EN PARTICIPACION CIUDADANA.

Por los anteriores términos considero que es beneficioso para la ciudad, la iniciativa propuesta.

Atentamente,

LUIS FERNANDO OLIVARES RODRÍGUEZ

HONORABLE CONCEJAL DE BOGOTÁ, D.C.

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2006

"Por medio del cual se implementa en el Distrito Capital mecanismos para la formación en participación ciudadana en las instituciones educativas públicas y privadas en los niveles preescolar, básica y media, formal e informal"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades Constitucionales y Legales y en especial las que le confiere el Artículo 313 de la C. P. Artículo 12, Numerales 1, 6 y 10 del Decreto Ley 1421 de 1.993, Acuerdo 095 de 2.001, Ley 136 de 1.994

ACUERDA:

Artículo 1.- Promuévanse e impleméntese en el Distrito Capital mecanismos para la FORMACIÓN EN PARTICIPACIÓN CIUDADANA en las instituciones educativas públicas y privadas en los niveles preescolar, básica y media, formal e informal, con el fin de incentivar el conocimiento, la capacitación y por ende la participación ciudadana como motor del desarrollo de la sociedad y ser incluido como actor principal en los procesos de participación en la adopción de decisiones que afectan a los ciudadanos.

Artículo 2º.- Para la ejecución de los mecanismos para la FORMACION EN PARTICIPACIÓN CIUDADANA, se promoverá el uso de herramientas tecnológicas como la Internet, centros de información bibliográfica, bibliotecas virtuales, bases de datos, y el aprovechamiento de expresiones artísticas, deportivas, recreativas y culturales como el cine o el teatro que como modelo pedagógico permitan la comprensión de la participación y tiendan a empoderar al ciudadano.

Artículo 3º.- Los mecanismos para la FORMACIÓN EN PARTICIPACIÓN CIUDADANA estarán coordinados por la Secretaría de Educación de Bogotá.

Artículo 4º.- La Secretaría de Educación de Bogotá podrá tramitar la suscripción de Convenios de Asesoramiento y Cooperación Técnica y/o financiera que se requiera para el suficiente apoyo de los mecanismos para la FORMACIÓN EN PARTICIPACIÓN CIUDADANA, como la publicación de historietas en lenguaje sencillo en medios de comunicación, manuales, cartillas y cuadernos para ser distribuidos gratuitamente en las instituciones educativas públicas y privadas del Distrito Capital de los niveles señalados en el presente articulado.

Artículo 5º.- VIGENCIA: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ANTONIO GALAN SARMIENTO

Presidente

ELBA LIGIA ACOSTA C. Secretario General

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.