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Decreto 454 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/11/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/11/2006
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 454 DE 2006

(Noviembre 09)

Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 74 de 2007

"Por el cual se designan los miembros de la Junta Directiva de la Corporación para el Desarrollo y la Productividad Bogotá Región"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 3 del Acuerdo 210 de 2006, artículo 1° del Decreto 418 de 2006 y

CONSIDERANDO

Que mediante el Acuerdo Distrital 210 de 2006, el Concejo de Bogota, D.C., autorizó al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., para que en representación de la ciudad participe en la creación de la Corporación para el Desarrollo y la Productividad "Bogota Región" cuyo objeto es la coordinación, desarrollo de planes, programas y proyectos que contribuyan a la productividad, competitividad, desarrollo económico sostenible, promoción de la inversión e intercambio comercial nacional e internacional y la exportación de bienes y servicios.

Que mediante Escritura Pública 3707 del 4 de septiembre de 2006 de la Notaria 38 del Círculo de Bogotá se constituyó la Corporación para el Desarrollo y la Productividad "Bogotá Región", con la participación del Distrito Capital y la Cámara de Comercio de Bogotá.

Que en el numeral (iv) del artículo 10 de la Escritura Pública 3707, se estableció que la Junta Directiva tendrá un período de dos años, y estará integrada entre otros, por cuatro (4) miembros designados por el Alcalde Mayor, dentro de la cual se encuentra la representación del Distrito Capital como miembro fundador.

Que mediante el Decreto 418 de 2006 se asignó al Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la representación del Distrito Capital en el cumplimiento de los objetivos, ejecución y funcionamiento de la Corporación para el Desarrollo y la Productividad "Bogotá Región". Se entiende dentro de dicha representación el ejercicio de funciones y derechos que le corresponden al Distrito Capital como miembro fundador. En todo caso, el Alcalde Mayor designará los cuatro (4) miembros de la Junta Directiva de la Corporación.

Que por lo anterior se hace necesario designar a los miembros que integrarán la Junta Directiva de la Corporación para el Desarrollo y la Productividad "Bogotá Región".

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA

ARTICULO 1º. Designar como miembros principales y suplentes de la Junta Directiva de la Corporación para el Desarrollo y la Productividad "Bogotá Región" a:

*El Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación Distrital y como suplente al Subdirector (a) de Programación y Seguimiento a la Inversión Pública del DAPD.

*El Gerente de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá E.T.B. y como suplente al Secretario (a) General de la ETB.

*El Secretario (a) de Hacienda Distrital y como suplente al Director (a) de Estudios Económicos de la SHD.

*El Subdirector (a) Económico de Competitividad e Innovación del Departamento Administrativo de Planeación Distrital y como suplente al Subdirector (a) de Gestión Urbanística del DAPD.

ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D. C., a los nueve días del mes de Noviembre de 2006

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.