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Decreto 499 de 2007 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
23/02/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/02/2007
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46551 de febrero 23 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 499 DE 2007

(febrero 23)

Derogado por el art. 83, Decreto Nacional 066 de 2008

por el cual se adiciona el artículo 4° del Decreto 855 de 1994.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónase el siguiente numeral al artículo del Decreto 855 de 1994, así:

"25. La prestación de servicios relacionados con la capacitación, instrucción y entrenamiento del personal de la Fuerza Pública, así como para el diseño de estrategias relacionadas con la Defensa y/o Seguridad Nacional".

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de febrero de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

Carlos Holguín Sardi.

El Ministro de Defensa Nacional,

Juan Manuel Santos C.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46551 de febrero 23 de 2007.