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(CÓDIGO CJA03751998) CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE CON INSTITUCIONES FINANCIERAS EXTRANJERAS.- El Subdirector de la Oficina Jurídica Financiera de la Dirección Distrital de Tesorería de la Alcaldía Mayor, mediante oficio de fecha 6 de abril de 1998, conceptuó:.......................................................................................... Ver el Concepto de la Secretaría de Hacienda 370 de 1997 De conformidad con el artículo 9 del precitado Decreto 1179/97 para la celebración de las operaciones en el exterior autorizadas en el artículo 79 del Decreto 714/96, y en el numeral 1º del artículo 5 del Decreto 1179/97, el Director Distrital de Tesorería está facultado para abrir y manejar cuentas corrientes bancarias en moneda extranjera con instituciones financieras del exterior, siempre y cuando sean de primera categoría, según la reglamentación general que adopte el Banco de la República (Resolución 21/93).
En consecuencia, solo a partir de la vigencia del Decreto 1179/97 el Director Distrital de Tesorería está facultado para celebrar contratos de cuenta corriente en moneda extranjera, siempre y cuando se cumpla con el lleno de los requisitos legales. ..........................................................................................
Firma JANNETH AMPARO CAMARGO DÍAZ.
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