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Decreto 707 de 1986 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/06/1986
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/06/1989
Medio de Publicación:
Registro Distrital 386 de abril 15 de 1987.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM07071986

DECRETO 707 DE 1986

(Junio 17)

"Por el cual se modifica el Decreto 1449 del 18 de septiembre de 1985; la competencia de unas Inspecciones de Policía, y se cambia la denominación de algunas de ellas en la planta de personal de la Secretaría de Gobierno".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO ESPECIAL

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el Decreto-Ley 3133 de 1968,

Ver el Decreto Distrital 777 de 1988 , Ver el art. 7, Acuerdo Distrital 29 de 1993

DECRETA:

ARTICULO 1º .- El artículo 1º. Del Decreto 1449 del 18 de septiembre de 1985, quedará así:

Las inspecciones de Policía del Distrito Especial de Bogotá, en atención a la competencia que se les atribuye, se clasifican así:

  1. Inspecciones de Policía
  2. Inspecciones Penales de Policía
  3. Inspecciones de Tránsito y Transportes
  4. Inspecciones de Obras y Ornato
  5. Inspecciones de Turismo

ARTICULO 2º. Modifícase la competencia y cámbiase la denominación de las siguientes Inspecciones de policía:

Inspección 1ª. B Penal

Alcaldía Menor de Usaquén

Inspección 3ª. D Penal

Alcaldía Menor de Santa Fé

Inspección 4ª. E de policía

Alcaldía Menor de San Cristóbal.

Inspección 11 B Penal

Alcaldía Menor de Suba

Inspección 18 B Penal

Alcaldía Menor de Rafael Uribe Uribe.

ARTICULO 3º. Las anteriores Inspecciones se denominarán y distribuirán así:

Inspección 1ª. A de Transito y Transportes

Alcaldía Menor de Usaquén.

Inspección 3ª. A de Tránsito y Transportes

Alcaldía Menor de Santa Fé

Inspección 4ª. A de Tránsito y Transportes

Alcaldía Menor de San Cristobal.

Inspección 11D de Policía

Alcaldía Menor de Suba.

Inspección 18 A de Tránsito y Transportes

Alcaldía Menor de Rafael Uribe Uribe.

ARTICULO 4º. Los procesos en curso en las Inspecciones cuya denominación y competencia se cambia y modifica mediante el presente Decreto, pasarán en el estado en que se encuentren a las Inspecciones inmediatamente anteriores en el orden literal, para proseguir su trámite.

ARTICULO 5º. El presente Decreto regirá cinco (5) días después de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.E., a los 17 de Junio de 1986

RAFAEL DE ZUBIRIA GOMEZ

... URIBE DE EUSSE

El Alcalde Mayor,

Secretaria de Gobierno

FELIPE REYES DE LA VEGA

Secretario General.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 386 de abril 15 de 1987.