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Resolución 3 de 2006 Lotería de Bogotá

Fecha de Expedición:
31/07/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/07/2006
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 000003 DE 2006

(Julio 31)

"Por la cual se modifica la estructura organizacional de la Lotería de Bogotá."

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA LOTERIA DE BOGOTA,

En uso de sus atribuciones legales y especialmente las conferidas por el artículo 55 del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 14 literal d) del Decreto 927 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 55 del decreto 1421 de 1993, establece que las Juntas Directivas de las entidades descentralizadas con el propósito de asegurar la vigencia de los principios de eficacia, economía y celeridad administrativa podrán crear, suprimir, fusionar y reestructurar dependencias en las entidades de la administración central sin generar nuevas obligaciones presupuestales.

Que mediante Resolución de Junta Directiva de la Lotería de Bogotá No. 000636 del 22 de febrero de 2002, se adoptó la estructura organizacional de la Entidad y las funciones por dependencias.

Que la Lotería de Bogotá adelantó un estudio jurídico, técnico y administrativo y financiero, donde se precisaron las dificultades financieras por las cuales está pasando el sector loterías, donde para la Entidad se hace necesario ajustar su planta de personal a los requerimientos legales, en especial al Decreto 2975 de 2004 reglamentario de la Ley 643 de 2001, así mismo se realizó un análisis de la situación actual tanto en los procesos y procedimientos misionales, como los de gestión o apoyo, de acuerdo con la implementación del Sistema de Gestión de Calidad y el aplicativo de Sistemas, con el fin de generar eficiencia y eficacia en su organización y funcionamiento.

Que es necesario adecuar la estructura organizacional de la Lotería de Bogotá a los nuevos requerimientos legales.

Que se hace necesario cumplir con los principios de eficacia, economía y celeridad administrativos, crear, suprimir y reestructurar algunas dependencias, con el propósito de cumplir con el objeto comercial de la Entidad.

En mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E :

ARTICULO PRIMERO: Modificar la Estructura Organizacional de la LOTERIA DE BOGOTÁ la cual será la siguiente:

GERENCIA

Oficina de Control Interno

SUBGERENCIA COMERCIAL

Unidad de Apuestas y Control de Juegos

Unidad de Loterías

SECRETARÍA GENERAL

Unidad Financiera y Contable

Unidad de Talento Humano

Unidad de Recursos Físicos

ARTICULO  SEGUNDO: Las funciones a cargo de las dependencias determinadas en el artículo anterior serán las siguientes:

GERENCIA

  • Ejercer la presentación legal y extralegal de la Entidad.

  • Elaborar planes y programas de desarrollo que garanticen en el crecimiento de la Entidad.

  • Planear, organizar, dirigir y controlar el desarrollo de todas las políticas, planes, programas y actividades.

  • Velar por todos lo bienes de la Lotería, entendidos estos como los recursos humanos, físicos, técnicos y financieros.

  • Manejar la imagen de la entidad ante los medios publicitarios con el fin de elaborar campañas de divulgación institucional y comercial

  • Coordinar lo relacionado con atención al ciudadano

OFICINA DE CONTROL INTERNO

  • Asesorar a la Gerencia en todo lo relacionado con la vigilancias y control interno de la Entidad.

  • Planear, organizar y dirigir el sistema de control interno, verificado y evaluarlo.

  • Diseñar métodos y procedimientos que hagan eficaz y eficiente la auditoria para la gestión.

  • Elaborar los manuales y programas de gestión que hagan objetiva la evaluación de la vigilancia y control.

  • Informar a la gerencia de manera regular sobre el control ejercido en todas y cada una de las dependencias de la Entidad.

SUBGERENCIA COMERCIAL  Modificado por el Acuerdo de la Lotería de Bogotá 03 de 2008.

  • Realizar el desarrollo comercial del objetivo social de la Lotería de Bogotá.

  • Actualizar los planes de premios según la normatividad vigente.

  • Proponer, desarrollar y evaluar los planes y programas de mercadeo y comercialización de los productos de la Lotería.

  • Mantener información permanente de todos los juegos en diseño o en ejecución que puedan dar elementos para incrementar el desarrollo de la Entidad.

  • Dar soporte, diseñar y garantizar el desarrollo de los programas de mercadeo de los diferentes productos de la Lotería.

  • Diseñar planes y programas de mejoramiento con el objetivo de incrementar el desarrollo de los productos.

UNIDAD DE LOTERIAS

  • Coordinar y controlar la emisión y distribución de los distintos productos.

  • Controlar y dirigir los procedimientos de devolución de billeteria no vendida.

  • Controlar y dirigir el proceso de identificación y extracción de los premios vendidos.

  • Llevar registros actualizados a través del sistema de resultado de distribución, devolución, impuestos y ventas.

UNIDAD DE APUESTAS Y CONTROL DE JUEGOS

  • Coordinar, dirigir y desarrollar las políticas que en materia de fiscalización e inspección del juego se tracen para ser ejecutadas dentro de las obligaciones y marco legal definido en las leyes vigentes.

  • Adelantar y desarrollar las estipulaciones contempladas en el artículo 42 y 43 de la Ley 643 de 2001 así como los decretos, circulares y resoluciones que en esta materia se dicten por los órganos competentes y por la Lotería de Bogotá.

  • Ejecutar los planes de trabajo orientados al control del juego ilegal y de las rifas y juegos no autorizados mediante visitas dirigidas y trabajo de campo dentro de la ciudad y el Departamento de Cundinamarca.

  • Presentar informes y realizar visitas de auditoria conforme las necesidades y en las circunstancias.

  • Adelantar las investigaciones, presentar los informes y requerimientos cuando así se demuestre en las evaluaciones de las mismas.

  • Coordinar conjuntamente con la Subgerencia Comercial las actividades de control, vigilancia e inspección del juego que permita controlar la evasión y el juego ilegal y asegure el cumplimiento de las disposiciones vigentes así como las cláusulas.

  • Implementar y desarrollar todos los procedimientos especiales para lograr el pago mensual y oportuno de los derechos de explotación de conformidad con el artículo 23 de la Ley 643 de 2001 y sus decretos reglamentarios.

  • Vigilar el cumplimiento por parte de los concesionarios de los niveles exigidos por el Gobierno Nacional para poder operar el Juego de las Apuestas Permanentes, relacionadas con el patrimonio técnico, la solvencia estática, la solvencia dinámica, el margen de solvencia, el fondo de garantía y reservas técnicas para el pago de premios.

  • Velar para que los concesionarios cumplan con la rentabilidad mínima del juego establecida por el Gobierno Nacional en concordancia con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 643 de 2001.

  • Coordinar y vigilar el estricto cumplimiento de las obligaciones derivadas de los artículos 24, 55, 56. 57 de la Ley 643 de 2001 y sus decretos reglamentarios.

  • Proponer desarrollos tecnológicos que busque el incremento de las ventas, el control sobre las mismas y el pago de premios, así como controlar las terminales que se instalen en la Entidad y que tengan relación directa con el juego en línea y en tiempo real, internet, tarjeta o cualquier otro medio electrónico.

  • Proponer al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, aspectos relacionados con el desarrollo de Chance, que contribuyan a mejorar los ingresos para la Salud de Bogotá y Cundinamarca.

SECRETARIA GENERAL Modificado por el Acuerdo de la Lotería de Bogotá 03 de 2008.

  • Asesorar a la Gerencia y a toda la institución sobre los asuntos legales.

  • Adelantar los procesos de jurisdicción coactiva.

  • Velar por el cumplimiento de normas y reglamentos, manteniendo un sistema de información actualizado.

  • Supervisar y verificar el desarrollo de los sorteos.

  • Apoderar a la Entidad en todos los asuntos jurídicos.

  • Coordinar lo relacionado con atención al usuario, quejas y reclamos.

  • Secretariar las sesiones de Junta Directiva.

  • Proponer planes y programas para la correcta administración de los recursos humanos, bienes y servicios de la Entidad.

  • Diseñar y presentar planes de crecimiento financiero.

  • Velar por la correcta administración de los recursos de la Entidad.

  • Asesorar permanentemente a la Gerencia en el mejoramiento continúo de la Entidad.

  • Dar soporte, diseñar y garantizar la implementación de sistemas de información para toda la Entidad.

  • Diseñar planes y programas de mejoramiento, actualización y modificación de los recursos tanto de tecnología como de conocimientos.

  • Ejercer en primera instancia las funciones de control interno disciplinario de conformidad con las normas que rigen la materia.

UNIDAD FINANCIERA Y CONTABLE

  • Administrar los recursos financieros de la entidad.

  • Identificar y aplicar procedimientos contables que garanticen seguridad y eficiencia.

  • Asesorar a la Gerencia y responder ante la Secretaría General por todos los movimientos contables y financieros que se realicen diariamente.

  • Mantener actualizados los sistemas de información para la gestión contable, financiera y presupuestal.

  • Registrar la información procedente de las liquidaciones que efectúen los distribuidores en cada sorteo.

  • Emitir periódicamente los extractos de cuenta por distribuidor y sorteo.

  • Realizar las proyecciones financieras de la entidad, a nivel presupuestal y contable.

UNIDAD DE TALENTO HUMANO

  • Administrar los recursos humanos de la Lotería de acuerdo con los objetivos y políticas trazadas por la Gerencia.

  • Diseñar e implementar programas de selección, capacitación y bienestar de los funcionarios.

  • Asesorar a la Gerencia y responder ante la Secretaría General por el manejo del personal.

  • Proponer y desarrollar criterios modernos de administración de personal.

UNIDAD DE RECURSOS FÍSICOS

  • Administrar los bienes y servicios garantizando el correcto funcionamiento de la entidad.

  • Diseñar planes, programas y actividades para el mejoramiento continuo de las actividades de los funcionarios de la Lotería, garantizado bienestar y seguridad.

  • Garantizar oportunidad, seguridad y calidad en los requerimientos logísticos.

  • Asesorar a la Gerencia y responder ante la Secretaría General por todos los programas de mejoramiento realizando las evaluaciones requeridas.

ARTICULO  TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 636 de fecha 22 de febrero de 2002, expedida por la Junta Directiva de la Lotería de Bogotá y las demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los 31 días del mes de julio de 2006

EL PRESIDENTE