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Resolución 5929 de 2007 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General

Fecha de Expedición:
28/11/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3884 de noviembre 29 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 5929 DE 2007

(Noviembre 28)

Por la cual se aprueba la memoria técnica explicativa de la distribución de la contribución de valorización por beneficio local de la fase 1 de cobro establecida en el acuerdo 180 de 2005 y se autoriza la expedición de unos actos administrativos.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO,

en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren los Acuerdos 19 de 1972, 7 de 1987 y 180 de 2005 y demás disposiciones legales vigentes y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 19 de 1972 por el cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Instituto de Desarrollo Urbano, establece como función de la entidad, la realización de las operaciones administrativas de cálculo, liquidación, distribución, asignación y cobro de la contribución de valorización, a causa de obras de interés público.

Que el mismo texto normativo en el artículo 17 fija como una de las funciones del Director, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de las funciones del Instituto, conforme a los acuerdos del Concejo y demás disposiciones legales estatutarias.

Que el artículo 61 del Acuerdo 7 de 1987, Estatuto de Valorización de Bogotá, dispone que la memoria técnica es documento fundamental para la aprobación de la distribución de la contribución de valorización, y que en ella deberá consignarse la fundamentación legal, descripción de las zonas o sectores beneficiados, la operación de cálculo y distribución del gravamen.

Que mediante Acuerdo 180 de 2005, el Concejo de Bogotá autorizó el cobro de contribución de valorización por beneficio local, para un conjunto de obras de los sistemas de movilidad y espacio público, contemplando su ejecución en cuatro (4) grupos y su cobro en cuatro (4) fases.

Que la fase I de cobro debe realizarse en el año 2007, y su monto distribuible comprende, el valor total del Grupo 1 de Obras del Sistema de Movilidad, el valor total del Grupo 1 de Obras del Sistema de Espacio Público y el valor del componente de indemnizaciones, predios, estudios y diseños y administración del Grupo 2 del Sistema de Movilidad.

Que el grupo 1 de obras del sistema de movilidad esta conformado por cinco (5) zonas de influencia, el grupo 2 de obras del sistema de movilidad igualmente está conformado por cinco (5) zonas de influencia, y el grupo 1 del sistema de espacio público esta conformado por cinco (5) parques: Fontanar del Río - Suba, Country Club - Cancha de Polo - Usaquén, Zona Franca - Fontibón, La Tingua - Tibanica II - Bosa y Villa Mayor - Antonio Nariño.

Que las zonas de influencia hasta donde se extiende el beneficio con la ejecución de las obras mencionadas en el párrafo anterior, se encuentran delimitadas en el anexo 3 del Acuerdo 180 del 2005 y en los planos adjuntos al mismo.

Que el monto distribuible de cada una de estas zonas de influencia, fue actualizado de acuerdo con lo ordenado en el parágrafo 2 del artículo 2º. del Acuerdo 180 de 2005 con base en la variación del Índice de Costos de la Construcción Pesada - ICCP, entre junio de 2005 y octubre 31 de 2007, según certificado expedido por el DANE mediante oficio No. 2007-151-0074231 del 21 de noviembre de 2007, estableciendo los nuevos montos distribuibles actualizados según el siguiente cuadro:

Que el Acuerdo 180 de 2005 en su artículo 7º adoptó como método de distribución de la contribución de valorización, el de factores de beneficio, los cuales son: área de terreno (variable base), estrato, nivel geoeconómico, densidad o pisos, explotación económica o uso y grado de beneficio, razón por la cual se deberá liquidar el gravamen con los factores numéricos que califican las características diferenciales de los predios previstos en el Anexo 4 del Acuerdo,.

Que el Comité de Valorización en Acta No. 28 del 28 de noviembre de 2007 recomendó a la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano, aprobar el documento de Memoria Técnica para que sea adoptada mediante acto administrativo.

Que por disposición del artículo 71 del Acuerdo 7 de 1987, la Subdirección Legal del Instituto de Desarrollo Urbano, hoy Dirección Técnica Legal, es quien ostenta la competencia para asignar mediante acto administrativo la contribución de valorización, teniendo en cuenta los datos consignados en el censo predial.

Que con el propósito de facilitar el desarrollo de la actuación administrativa que se desprende de la asignación de la contribución de valorización, se hace necesario adoptar la numeración de los respectivos actos administrativos de manera independiente al registro institucional que de los mismos adelanta la Subdirección General Corporativa del Instituto de Desarrollo Urbano.

En mérito de lo anterior, la Dirección General

RESUELVE

ARTICULO  PRIMERO.-  Modificado por el art. 1, Resolución IDU-DG 6220 de 2007. Aprobar la Memoria Técnica Explicativa y la distribución de la Contribución de Valorización correspondiente al valor total del grupo 1 de obras del Sistema de Movilidad y al valor del componente de indemnizaciones, predios, estudios y diseños y administración del grupo 2 de obras del Sistema de Movilidad, la cual hace parte integrante del presente acto administrativo

ARTICULO  SEGUNDO.-  Modificado por el art. 2, Resolución IDU-DG 6220 de 2007. Aprobar la Memoria Técnica Explicativa y la distribución de la Contribución de Valorización correspondiente al valor total del grupo 1 de obras del Sistema de Espacio Público, que hace parte de la presente resolución.

ARTICULO TERCERO.- Autorizar la numeración de las resoluciones de asignación correspondientes a la contribución de valorización del Acuerdo 180 de 2005, con los rangos del AV-001 al AV-015.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Se expide en Bogota a los 28 días del mes de noviembre de 2007

LILIANA PARDO GAONA

Directora General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3884 de noviembre 29 de 2007.

El anexo puede ser consultado en el I.D.U.