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Decreto 605 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3902 de diciembre 28 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto 605 de 2007

DECRETO 605 DE 2007

(Diciembre 28)

"Por medio del cual se suprimen unos cargos de Directivos Docentes Supervisores de la Secretaria de Educación del Distrito"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Constitución Política, el Decreto- Ley 1421 de 1993, Ley 715 de 2001, Decretos 3020 de 2002 1494 de 2005 y

Que el numeral 7º del artículo 315 de la Constitución política le concede al Alcalde Mayor de Bogotá atribuciones para crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, en armonía con el Decreto Ley 1421 de 1993 (Estatuto orgánico de Bogotá), cuyo artículo 38, numeral 9 establece como competencia de este funcionario la creación, supresión o fusión de los empleos de la administración central.

Que la Ley 715 de 2001, en su artículo 5º, numeral 5.14, establece dentro de las competencias que le corresponden ejercer a La Nación, fijar los parámetros técnicos para la prestación del servicio educativo estatal, estándares y tasas de asignación de personal, teniendo en cuenta las particularidades de cada región; lo anterior, con el fin de optimizar la administración del recurso humano a su disposición y el alcance de mejores resultados en cuanto a cobertura y calidad del servicio educativo.

Que el numeral 5.18 de la misma disposición, señala que en caso de ser necesaria la creación, fusión supresión o conversión de los empleos que demande la organización de las plantas de personal de la educación estatal, los gobernadores y alcaldes deberán seguir el procedimiento que señale el Gobierno Nacional para tal fin.

Que mediante Decreto Número 1494 de 2005, el Ministerio de Educación Nacional reglamentó los procedimientos para realizar modificaciones en las plantas de cargos del personal docente, directivo docente y administrativo financiadas con cargo al Sistema General de Participaciones.

Que el art. 2 del referido decreto determina que para que una entidad territorial certificada pueda iniciar los trámites para la modificación de la planta de cargos docentes, directivos docentes y administrativos financiada con cargo al Sistema General de Participaciones, debe cumplir las siguientes condiciones: ".........g. Haber suprimido las vacantes definitivas generadas en los cargos de supervisores y directores de núcleo".

Que en el mismo sentido, el artículo 5º del Decreto 3020 de 2002, por el cual se establecieron los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal, advierte que las entidades territoriales deberán suprimir los cargos vacantes de directivos docentes que no estén contemplados en el Decreto 1278 de 2002.

Que de conformidad con la resolución 4042 del 9 de octubre de 2007, por la cual se adoptó la planta global de cargos docentes, directivos docentes y administrativos de la Secretaria de Educación del Distrito, el numero de plazas de Directivos Docentes Supervisores financiadas con recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) es de 101, de las cuales solamente 61 están ocupadas por Supervisores nombrados en propiedad, en tanto que 32 corresponden a directivos docentes que ejercen como supervisores en encargo, y 8 son cargos vacantes en forma definitiva.

Que en consecuencia, dando aplicación a lo dispuesto por los Decretos 3020 de 2002 y 1494 de 2005, se hace necesario suprimir los 32 cargos como supervisores que actualmente se encuentran provistos por encargo con Coordinadores y Rectores, quienes retornaran a su cargo base, y los 8 actualmente vacantes en forma definitiva, para un total de 40 plazas, de tal suerte que sólo permanezcan en la planta global las 61 plazas ocupadas por Supervisores nombrados en propiedad.

Que en mérito a lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Suprimir cuarenta cargos (40) cargos de directivos docentes supervisores de la planta global de cargos de personal docente, directivo docente y administrativo del nivel institucional de la Secretaria de Educación del Distrito financiada por el Sistema General de Participaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente decisión empieza a regir a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de dos mil siete (2007).

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá

FRANCISCO CAJIAO RESTREPO

Secretario de Educación Distrital