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Resolución 11 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
11/01/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/01/2008
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 011 DE 2008

(Enero 11)

Derogada por la Resolución de la Sec. General 056 de 2008

"Por medio de la cual se determina una función de la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C."

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 60 del Decreto 854 de 2001 y el artículo 4 del Decreto 267 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el 15 de febrero de 2005 la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través del Secretario General, suscribió con el Programa de las Naciones Unidas – PNUD, el proyecto de cooperación y asistencia técnica denominado "Apoyo a la Gestión Pública del Distrito Capital de Bogotá" COL/0043308, con el objeto de aunar esfuerzos para la Cooperación y Asistencia técnica entre las partes intervinientes, a fin de fortalecer el Apoyo a la Administración Distrital en la estructuración, desarrollo coordinación interinstitucional y transversal de proyectos, políticas y programas del Plan de Desarrollo Bogotá Sin Indiferencia 2004-2008.

Que en el documento del Convenio – Proyecto COL/00043308, denominado PRODOC, SECCIÓN A: CONTEXTO GENERAL, CAPITULO III – ACUERDOS DE GESTIÓN, 1) ARREGLOS DE EJECUCIÓN, los signatarios del mismo convinieron el funcionario de la Alcaldía Mayor, que debía llevar a ejecución el convenio, por lo que su texto Reza: "Por parte del Distrito Capital el proyecto será ejecutado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., específicamente a través del Secretario privado del Alcalde Mayor, quien será el Director del Proyecto".

Que de igual manera, en el documento del Convenio – Proyecto COL/00043308, denominado PRODOC, SECCIÓN A: CONTEXTO GENERAL, CAPITULO V – CONTEXTO LEGAL, se convino que la ejecución y el desarrollo de todas las obligaciones derivadas del proyecto se regirán por las normas previstas en el PNUD, con fundamento en el carácter de documento público internacional de que goza el Convenio o Acuerdo Básico de Cooperación celebrado el 29 de mayo de 1974, entre el Gobierno de Colombia y el PNUD, que configura el marco legal bajo el cual se celebró el Convenio COL/00043308 de 2005 y específicamente respecto al tema financiero y/o presupuestal, cuando se dijo: "…Lo anterior implica, a su vez, que los recursos entregados el PNUD por el Organismo de Ejecución, se entienden ejecutados desde el momento de dicha entrega".

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Corresponde a la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá, de conformidad con el Capítulo III – Acuerdo de Gestión del Proyecto PNUD/COL00043308, suscrito el 15 de febrero de 2005, ejercer la dirección, ejecución y desarrollo de las actividades que requiera el proyecto en los términos de la Ley y del texto normativo contenido en el Convenio PRODOC y en los manuales o normativas PNUD.

ARTÍCULO 2°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de Enero de 2008

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General