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Decreto 37 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/02/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/02/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3932 de febrero 20 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 037 DE 2008

(Febrero 19)

"Por el cual se asigna una función a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la promoción institucional del Distrito Capital, en el marco de eventos nacionales e internacionales que aquélla desarrolle o promueva con instituciones de derecho público y privado, y se dictan otras disposiciones en la materia"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C,

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 35, 38, numeral 6º, y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C, tiene la función de distribuir los negocios según su naturaleza entre las secretarías, los departamentos y las entidades descentralizadas.

Que conforme al artículo 2º de la Constitución Política son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Que conforme al Acuerdo 257 de 2006 y al Decreto Distrital 558 de 2007, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.

Que la promoción y fortalecimiento de la institucionalidad a nivel de la ciudadanía promueve una cultura ciudadana en términos de civismo y de acercamiento de la Administración Distrital al ciudadano.

Que a la fecha los organismos y entidades distritales vienen participando de este tipo de actividades de promoción institucional de manera individual, siendo indispensable que se concentren tales esfuerzos en un solo organismo de la Administración Distrital.

Que en armonía con su objeto misional, es conveniente que las citadas actividades sean orientadas y lideradas por el Sector Administrativo de Cultura, Recreación y Deporte.

Que por lo tanto, se hace necesario asignar a la Secretaría Distrital de Cultura la función de promover la institucionalidad del Distrito Capital y el desarrollo de actividades de bienestar para los servidores públicos distritales, en el marco de eventos locales, distritales, nacionales, regionales e internacionales que aquélla desarrolle o promueva con instituciones de derecho público y privado, al igual que las que desarrollen las entidades que integran el Sector Administrativo de Cultura Recreación y Deporte.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO  1º. Promoción de la cultura ciudadana. Asígnase a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la función de liderar estrategias y programas para promover la institucionalidad de la Administración Distrital frente a la ciudadanía, en el marco de eventos locales, distritales, nacionales, regionales e internacionales que aquélla desarrolle o promueva con instituciones de derecho público y/o privado, al igual que las que adelanten las entidades que integran el Sector Administrativo de Cultura, Recreación y Deporte.

La función antes asignada comprende la consolidación por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de la oferta de actividades culturales, recreativas y deportivas que el Sector Cultura, Recreación y Deporte desarrolle o promueva y respecto de las cuales las entidades y organismos distritales realizarán las acciones o actividades de promoción institucional y los programas de bienestar para sus servidores públicos.

Para los efectos del presente artículo, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte difundirá al interior de la Administración Distrital la oferta de actividades y eventos culturales, recreativos y deportivos promovidos o desarrollados por el sector administrativo que dirige.

PARÁGRAFO PRIMERO: La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte liderará las actividades del caso, pudiendo asociarse con las entidades y organismos distritales que deseen promover su institucionalidad, vinculándose con aquéllas y/o celebrando los convenios interadministrativos que sean necesarios para implementar la función antes indicada.

ARTÍCULO 2°.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días de febrero de 2008

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General