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RESOLUCIÓN 497 DE 2003 (Octubre 01) "Por medio de la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Requisitos asignados a un cargo sus respectivas funciones y requisitos Resolución 181 de 2001" LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE, En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Acuerdo 4 de 1978, el Decreto 1421 de 1993, la Resolución 003 de 2001 Junta Directiva, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 181 del 27 de abril de 2001 se adoptó el Manual específico de funciones y requisitos por cargos para los empleados públicos del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte; Que el artículo octavo de la Resolución No. 003 de 2001 de la Junta Directiva del Instituto, autoriza a la Directora General, para que mediante acto administrativo distribuya los empleos de la planta global, según las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad; Que en razón a las necesidades del servicio, se hace indispensable asignar el cargo de Profesional Especializado, código 335, grado 08 de la Oficina Asesora de Asuntos Locales del Instituto a la División de Deportes Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto; Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, Ver la Resolución del I.D.R.D. 503 de 2005 RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Asignar el cargo de Profesional Especializado, código 335, grado 08 de la Oficina Asesora de Asuntos Locales del Instituto a la División de Deportes - Subdirección Técnica de Recreación y Deportes del Instituto, con las siguientes funciones y requisitos: FUNCIONES: 1. Coordinar las actividades físicas, médicas, técnicas, sociales, sicológicas y científicas de los deportistas del alto rendimiento del Distrito. 2. Establecer procedimientos de selección de deportistas de alto rendimiento. 3. Estudiar las evaluaciones practicadas a los aspirantes a ser incluidos en el sistema alto rendimiento. 4. Definir términos de referencia para elaborar convenios con ligas deportivas o con los deportistas de alto rendimiento. 5. Diseñar mecanismos para la divulgación del procedimiento para acceder al sistema de alto rendimiento. 6. Proyectar el plan de inversión y presupuesto para el desarrollo del programa bajo su responsabilidad y hacer seguimiento a su ejecución. 7. Programar, coordinar y supervisar las actividades de capacitación para los programas asignados. 8. Las demás que le sean asignados y correspondan a la naturaleza del cargo. REQUISITOS:
ARTÍCULO 2°. Las demás partes de la Resolución 181 del 27 de abril de 2001, continúan vigentes y no sufren modificación alguna.ARTÍCULO 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá D.C., al primer (1) día del mes de Octubre de 2003 LUZ STELLA VARGAS HERNANDEZ Directora General |