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Resolución 57 de 2007 Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos

Fecha de Expedición:
30/04/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/04/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4026 de julio 28 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 057 DE 2007

RESOLUCIÓN 057 DE 2007

(Abril 30)

"Por medio de la cual se adopta transitoriamente el Comité Paritario de Salud Ocupacional para la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos"

EL DIRECTOR DE LA UNlDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus facultades legales y especialmente las contempladas en los Decretos 070 de 2007 y el Decreto 541 de 2006 y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento a la Resolución 2013 de junio 6 de 1986 del Ministerio de Protección social, se ha de instituir el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO para formular las políticas de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional en las entidades.

Que según lo establecido en la Resolución No. 1016 de 1989, los Decretos No. 614 y 1295 de 1994, que hacen alusión a la selección, conformación y organización, capacitación y funcionamiento de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional, la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos debe integrar un Comité conformado por dos (2) Representantes de la Administración y dos (2) de los empleados, con el fin de facilitar la armonía en el trabajo coordinado y efectivo entre la Entidad y los Servidores públicos en el área de Salud Ocupacional.

Que el día 3 de mayo de 2005 la Secretaría de Gobierno de Bogota D.C. realice elección de representantes de los trabajadores ante Comité Paritario de Salud Ocupacional para el periodo correspondiente de Mayo de 2005 a Mayo de 2007.

Que mediante el Acta No. 1 del 4 de Mayo de 2005, se integro el Comité Paritario de Salud Ocupacional de la Secretaria de Gobierno, par un periodo de dos (2) anos contados a partir de la vigencia de la Resolución No. 445 del 16 de mayo de 2005.

Que mediante Acuerdo 257 de 2006 fue creada la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, como una Entidad sin personería jurídica, de carácter técnico y especializado con autonomía administrativa y presupuestal.

Que es deber del Director de la Unidad conformar el Comité Paritario de Salud Ocupacional y respetar el derecho de los funcionarios RODOLFO BARRERA SOTO en calidad de Principal y CARLOS CABEZAS VARGAS en calidad de suplente, como representantes de los empleados, hasta tanto finalice el periodo para el cual fueron elegidos como representantes de los trabajadores.

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Adoptar de manera transitoria el Comité Paritario de Salud Ocupacional conformado mediante Resolución No. 445 del 15 de mayo de 2005 de la Secretaría de Gobierno, el cual seguirá funcionando bajo los reglamentos y procedimientos establecidos, hasta tanto no se cumpla el periodo de dos (2) anos establecido en la misma Resolución. a fin de respetar el derecho de los funcionarios representantes de los empleados y considerando que el período de este comité esta próximo a cumplirse.

ARTÍCULO 2°.- Respetar la elección como representante principal de los trabajadores del señor RODOLFO BARRERA SOTO identificado con la cédula de ciudadanía No. 79305018. Sargento de Bomberos código 417 Grado 16.

Y como suplente el señor CARLOS RAFAEL CABEZAS VARGAS identificado con la cédula de ciudadanía No. 87.550.083, Sargento de Bomberos código 475 Grado 13.

ARTÍCULO 3°.- Iniciar el proceso de elección y conformación del Comité paritario de Salud ocupacional de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos.

ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución tiene vigencia hasta tanto se produzca la nueva elección de los representantes de los trabajadores.

ARTÍCULO 5°.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de abril de dos mil siete (2007).

MAURICIO ANTONIO TORO ACOSTA

Director

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4026 de Julio 28 de 2008.