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Acuerdo Local 7 de 2003 Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
07/10/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2990 de noviembre 19 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 007 DE 2003

ACUERDO LOCAL 007 DE 2003

(Octubre 7)

Por el cual se modifica el reglamento interno de la corporación Junta Administradora Local No. 18 Rafael Uribe Uribe de Bogotá, Distrito Capital.

JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL No. 18 RAFAEL URIBE URIBE

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el articulo 322, articulo 323, Articulo 324 de la Constitución Política de 1991, en concordancia con el decreto Ley 1421 de 1993 y las demás disposiciones vigentes.

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO.- Modifíquese el reglamento interno de la junta administradora local en los artículos 2º , 6º y 138 en los siguientes términos:

Artículo 2º: El período de los Ediles será de tres años a partir del primero de enero del año siguiente de su elección.

Quedara así:

Artículo 2º: El período de los Ediles será de Cuatro años a partir del primero de enero del año Siguiente de su elección.

Artículo 6º: ELECCION DE MESA DIRECTIVA: Acto seguido, se procederá a la elección del presidente de la J.A.L., para lo cual el edil que haya presidido la Junta preparatoria designara dos (2) escrutadores de la distinta filiación política. Cada edil escribirá el nombre del candidato que estime conveniente para el cargo. Los candidatos serán postulados en publico.

Toda papeleta que no contenga claramente el nombre y apellido del candidato se considerara como voto nulo.

Concluido el escrutinio los escrutadores darán a conocer el resultado de la votación.

Quedara así:

Artículo 6º: ELECCION DE MESA DIRECTIVA DE LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL Y SUS COMISIONES PERMANENTES: La mesa directiva de la Junta Administradora Local y de las Comisiones permanentes están integradas por un presidente y Vicepresidente.

Acto seguido, se procederá a la elección del presidente de la J.A.L., para lo cual el edil que haya presidido la Junta preparatoria designara dos (2) escrutadores de la distinta filiación política. Cada edil escribirá el nombre del candidato que estime conveniente para el cargo. Los candidatos serán postulados en publico.

Toda papeleta que no contenga claramente el nombre y apellido del candidato se considerara como voto nulo.

Concluido el escrutinio los escrutadores darán a conocer el resultado de la votación.

Artículo 138: La Junta podrán integrar Comisiones permanentes encargadas de decidir sobre los proyectos de acuerdo en primer debate. Si dichas Comisiones no se hubieran creado o integrado, los informes para primero y segundo debate se rendirán ante la plenaria por el Edil o Ediles que la presidencia de la corporación nombre para tal efecto.

La junta podrá integrar las demás Comisiones que considere convenientes para su normal funcionamiento.

Quedara así:

Artículo 138: La Junta podrán integrar Comisiones permanentes Una vez instalada y posesionados los Ediles, después de elegir la mesa directiva el mismo día y hora, estarán encargadas de decidir sobre los proyectos de acuerdo en primer debate. Si dichas Comisiones no se hubieran creado o integrado, los informes para primero y segundo debate se rendirán ante la plenaria por el Edil o Ediles que la presidencia de la corporación nombre para tal efecto.

La junta podrá integrar las demás Comisiones que considere convenientes para su normal funcionamiento.

Paragrafo: Elección de la mesa directiva de las respectivas Comisiones: La elección de las mesas directivas de las Comisiones se realizara de la misma manera que la elección de la mesa directiva de la Junta Administradora Local,

ARTICULO SEGUNDO.- ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su Sanción publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de Noviembre de 2003

CHRISTIAN GONZALEZ ALVAREZ

Presidente J.A.L.

JORGE ENRIQUE ROSSIASCO

Vicepresidente J.A.L.

JOSE MARTIN RIVERA ALDANA

Secretario J.A.L.

ALVARO ACEVEDO LEGUIZAMON

Alcalde Local Rafael Uribe Uribe

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2990 de Noviembre 19 de 2003