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Decreto Local 9 de 2005 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
26/12/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/12/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3463 de diciembre 29 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 009 DE 2005

(Diciembre 26)

Por el cual se liquida el Acuerdo Local No.03 de 2005 por el cual se aprueba el presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativa para la vigencia Fiscal de 2006, comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2006.

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVA

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el articulo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y las que le confiere el Decreto 1139 de 2000 en sus artículos 19 y 21. CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local" en su artículo 16 establece que "El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local – JAL, dentro de los tres primeros días de las sesiones ordinarias del mes de diciembre, a nivel de programas el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación; que adicionalmente el Alcalde Local presentará el mensaje presupuestal y un anexo informativo con el detalle de la composición del presupuesto hasta nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de presupuesto." Que la Alcaldía Local cumplió oportunamente con la presentación del anteproyecto de presupuesto según oficio CAF-FDLE 2005-3500 de fecha Noviembre 30 de 2005 radicado en la Junta Administradora Local el día 02-12-2005.

Que el día 15 de Diciembre de 2005 a las 10.24 a.m. la Junta Administradora Local radica oficio de fecha 14 de Diciembre de 2005 firmado por José Orlando Daza- Presidente JAL, dirigido a la Dra. Hilda María Mancera de Mancera- Alcaldesa Local de Engativá con el número 014801 CALE, mediante el cual informa que para dar cumplimiento a lo establecido en el decreto 1139/2000. La corporación en la discusión presupuestal, solicita su visto bueno, para no incluir los excedentes financieros planteados en el proyecto de inversión del año 2006, por considerar que estos no se ajustan a la ley presupuestal, teniendo en cuenta la discusión dada en el seno de la Corporación durante el debate de la inversión 2006. Oficio el cual la Alcaldesa Local lo ratifica con visto Bueno y firma.

Que con Oficio JALE 499-05 de fecha 21-12-2005 radicado CALE 015132 remite el Acuerdo Local No. 03 de 2005 aprobado por la Junta Administradora Local el día 15 de Diciembre de 2005, para su respectiva sanción en 4 folios. Así mismo el anexo informativo presupuesto en 9 folios.

Que revisado el acuerdo Local No 03 de 2005, se observó la inclusión del Artículo Tercero que dice así: "El presente acuerdo va acompañado de su respectivo anexo Informativo". El subrayado es nuestro.

Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local", en su artículo 17 establece que "El computo de ingresos presentado por el Alcalde Local con arreglo a las normas del presente Decreto no podrá ser aumentado por la JAL sin el concepto previo de aquél, expresado en mensaje escrito. El mismo requisito se exigirá para aumentar o incluir nuevas partidas en el Presupuesto de Gastos presentado por el Alcalde Local. Si se eleva el cálculo de los ingresos o se elimina o disminuye alguna de las apropiaciones del Presupuesto de Gastos, las sumas disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras inversiones o gastos, previa aceptación escrita del Alcalde Local. La JAL podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Alcalde Local, con excepción de las que necesiten para la atención completa de los servicios ordinarios del F.D.L. y las inversiones autorizadas en el correspondiente Plan de Desarrollo Local a que se refieren el numeral primero del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 88 de la Ley 617 de 2000".

Que igualmente, la Junta Administradora Local, en sesión del 14 de diciembre de 2005, invitó a la Alcaldesa Local a su debate de aprobación de presupuesto y presentó ajustes presupuestales, e incorporación de un nuevo proyecto y componentes: los cuales fueron aprobados en debate tal como consta en acta y en grabación, por la Alcaldesa Local emitió su visto bueno tal como reposa en acta y en grabación.

Que en analogía con los Artículos 4 y 15 del Decreto 427 de 2004 por medio del cual se liquidó el presupuesto anual del Distrito Capital y teniendo en cuenta que en la expedición del Acuerdo Local No. 03 de 2005, la Junta Administradora local incorporó un nuevo proyecto y componentes, por lo tanto se procede a ajustar las ficha e incluirlas, para poder desarrollarlos en la vigencia 2006.

Que por lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta que la Alcaldesa Local de Engativá sancionó el Acuerdo Local No. 03 de 2005 el día 23 de Diciembre de 2005.

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Fijase los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2006 por la suma de CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISEIS PESOS MCTE ($52.766.144.516.00) según el siguiente detalle:

CODIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

22.974.873.314,00

2

INGRESOS

29.791.271.202,00

2,1

INGRESOS CORRIENTES

178.899.000,00

2,1,2

NO TRIBUTARIOS

178.899.000,00

2,1,2,03

Multas

15.000.000,00

2,1,2,04

Rentas Contractuales

113.899.000,00

2,1,2,04,02

Arrendamientos

113.899.000,00

2,1,2,99

Otros Ingresos No Tributarios

50.000.000,00

2,2

TRANSFERENCIAS

29.612.372.202,00

2,2,4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

29.612.372.202,00

2,2,4,05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

29.612.372.202,00

2,2,4,05,01

Vigencia

26.711.784.700,00

2,2,4,05,02

Vigencia Anterior

2.900.587.502,00

2,4

RECURSOS DE CAPITAL

0,00

2,4,1

Recursos del Balance

0,00

2,4,1,03

Venta de Activos Fijos

0,00

2,4,3

Rendimientos por operaciones financieras

0,00

2,4,3,02

Otros Rendimientos por Operaciones Financieras

0,00

2,4,5

Excedentes Financieros

0,00

2,4,9

Otros recursos de capital

0,00

 

TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL

52.766.144.516,00

ARTICULO SEGUNDO.- Fijase los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2006 por la suma CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISEIS PESOS MCTE ($52.766.144.516.00) según el siguiente detalle:

CODIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO

3

GASTOS

52.766.144.516,00

3,3

INVERSIÓN

52.766.144.516,00

3,3,1

DIRECTA

26.890.683.700,00

3,3,1,12

BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

26.890.683.700,00

3,3,1,12,01

EJE SOCIAL

11.572.348.000,00

3,3,1,12,01,01

Bogotá sin hambre

5.025.232.000,00

3,3,1,12,01,01 2062

Atención alimentaría a personas de la localidad en condición de vulnerabilidad

5.025.232.000,00

3,3,1,12,01,02

Más y mejor educación para todos y todas

1.420.100.000,00

3,3,1,12,01,02 0311

Dotar de herramientas pedagógicas y técnicas para el desarrollo de los PEI a los IED locales

1.185.200.000,00

3,3,1,12,01,02 1680

Mejoramiento, adecuación y dotación a jardines infantiles y hogares comunitarios, sustitutos, de paso, emergencia, especiales y mixtos de carácter público de la localidad

176.900.000,00

3,3,1,12,01,02 2733

Capacitación técnica y tecnológica para la comunidad de Engativá

58.000.000,00

3,3,1,12,01,03

Salud para la vida digna

1.746.516.000,00

3,3,1,12,01,03 2326

Programa integral de salud

1.746.516.000,00

3,3,1,12,01,04

Restablecimiento de derechos e inclusión social.

500.000.000,00

3,3,1,12,01,04 2003

Desarrollar programas de atención terapéutica para victimas de maltrato infantil, reducción de niveles de violencia, prevención de embarazos no deseados y exclusión social en jóvenes y hogares disfuncionales; programas de salud mental y drogadicción.

500.000.000,00

3,3,1,12,01,05

 Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

200.000.000,00

3,3,1,12,01,05 2182

Apoyo a la prevención de la explotación y la mendicidad de la población infantil en la Localidad

200.000.000,00

3,3,1,12,01,06

Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres

190.000.000,00

3,3,1,12,01,06 2475

Implementación del Programa La casa de la igualdad de oportunidades para las mujeres

190.000.000,00

3,3,1,12,01,07

Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

700.000.000,00

3,3,1,12,01,07 2319

Capacitación tecnológica para el desarrollo empresarial y humano.

700.000.000,00

3,3,1,12,01,08

Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje

350.000.000,00

3,3,1,12,01,08 2254

Crear y desarrollar espacios de refuerzos extraescolar para niños y jóvenes de la localidad

350.000.000,00

3,3,1,12,01,09

Cultura para la inclusión social

735.000.000,00

3,3,1,12,01,09 1818

Creación y apoyo a escuelas de formación artística; institucionalización de eventos

 

 

culturales y promoción de artistas locales.

735.000.000,00

3,3,1,12,01,10

Recreación y deporte para todos y todas

705.500.000,00

3,3,1,12,01,10 2094

Masificación de actividades recreodeportivas y culturales en la localidad de Engativá.

705.500.000,00

3,3,1,12,02

EJE URBANO REGIONAL

11.504.472.597,00

3,3,1,12,02,11

Hábitat desde los barrios y las unidades de planeación zonal - UPZ

11.174.472.597,00

3,3,1,12,02,11 1827

Adecuación, embellecimiento y dotación de zonas verdes y parques de la Localidad.

2.368.900.000,00

3,3,1,12,02,11 1830

Adecuación, construcción y dotación de salones Comunales

2.304.000.000,00

3,3,1,12,02,11 1834

Rehabilitación, reparcheo y/o construcción de la malla vial local y del espacio público.

6.501.572.597,00

3,3,1,12,02,13

Sostenibilidad urbano-rural

330.000.000,00

3,3,1,12,02,13 2370

Campañas de educación ambiental para el manejo racional del medio ambiente

330.000.000,00

3,3,1,12,03

EJE DE RECONCILIACIÓN

1.600.600.000,00

3,3,1,12,03,16

Gestión pacífica de conflictos

95.000.000,00

3,3,1,12,03,16 2644

Desarrollar e implementar y adaptar el programa de Resolución Pacífica de Conflictos.

95.000.000,00

3,3,1,12,03,17

Derechos humanos para todas y todos

80.000.000,00

3,3,1,12,03,17 2323

Implementar y/o fortalecer procesos de formación ciudadana y derechos humanos.

80.000.000,00

3,3,1,12,03,18

Atención a población en condiciones de desplazamiento forzado, desmovilización ó vulnerabilidad frente a la violencia, con perspectiva de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

80.000.000,00

3,3,1,12,03,18 1905

Atención integral a familias en situación de desplazamiento forzado y desarrollo de programas de bienestar

80.000.000,00

3,3,1,12,03,20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

780.600.000,00

3,3,1,12,03,20 2226

Fortalecimiento del Sistema de Seguridad de la Localidad

780.600.000,00

3,3,1,12,03,21

Sistema de justicia de la ciudad

80.000.000,00

3,3,1,12,03,21 2262

Creación y fortalecimiento de la red de actores voluntarios de convivencia comunitaria

80.000.000,00

3,3,1,12,03,22

Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos.

140.000.000,00

3,3,1,12,03,22

0547 Implementación del Plan de riesgo de la Localidad

140.000.000,00

3,3,1,12,03,24

Participación para la decisión

95.000.000,00

3,3,1,12,03,24 2412

Diseño e implementación del Sistema Local de participación- Engativá

95.000.000,00

3,3,1,12,03,25

Comunicación para la participación

100.000.000,00

3,3,1,12,03,25 2728

Fortalecimiento para los medios alternativos de comunicación de la localidad

100.000.000,00

3,3,1,12,03,29

Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial

150.000.000,00

3,3,1,12,03,29 2318

Crear y desarrollar proyectos que contribuyan a la solución de la problemática de vendedores informales.

150.000.000,00

3,3,1,12,04

OBJETIVO GESTIÓN PUBLICA HUMANA

2.213.263.103,00

3,3,1,12,04,30

Administración moderna y humana

1.596.000.000,00

3,3,1,12,04,30 0895

Realizar la adquisición, reposición, operación y mantenimiento del parque automotor.

276.000.000,00

3,3,1,12,04,30 2012

Reconocimiento de Honorarios y seguros a Ediles.

520.000.000,00

3,3,1,12,04,30 2013

Fortalecimiento a la capacidad operativa de la Administración Local.

800.000.000,00

3,3,1,12,04,31

Localidades modernas y eficaces

380.000.000,00

3,3,1,12,04,31 0317

Implementar las nuevas competencias legales delegadas al Alcalde Local

200.000.000,00

3,3,1,12,04,31 1677

Fortalecimiento a la gestión de la Junta Administradora Local JAL para su funcionamiento

80.000.000,00

3,3,1,12,04,31 2018

Fortalecer la gestión lúdica admirable y las relaciones entre la administración local y la comunidad

100.000.000,00

3,3,1,12,04,36

Comunicación para la solidaridad

147.263.103,00

3,3,1,12,04,36 2016

Sistemas de información y comunicación

147.263.103,00

3,3,1,12,04,37

Bogotá transparente y efectiva

90.000.000,00

3,3,1,12,04,37 2019

Organizar y desarrollar encuentros ciudadanos y fortalecer otros espacios de participación ciudadana

60.000.000,00

3,3,1,12,04,37 0502

Dotación apoyo y participación ciudadana, a través de Asojuntas

30.000.000,00

3,3,6

OBLIGACIONES POR PAGAR

25.875.460.816,00

3,3,6,01

Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior

21.756.971.040,00

3,3,6,02

Obligaciones por Pagar Otras Vigencias

4.118.489.776,00

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0,00

ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de su publicación

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D. C., a los veintisiete (26) días del mes de Diciembre de 2005.

HILDA MARIA MANCERA DE MANCERA

Alcaldesa Local de Engativá

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3463 de Diciembre 29 de 2005