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Directiva 14 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/10/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/10/1998
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

(CÓDIGO CJA24011998) VALLAS

DIRECTIVA 014 DE 1998

(Octubre 30)

PARA:

SECRETARIOS, JEFES DE DEPARTAMENTO, DIRECTORES DE INSTITUTO, UNIDADES Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, GERENTES DE EMPRESAS DEL ORDEN DISTRITAL

DE:

ALCALDE MAYOR (E)

ASUNTO:

ESPECIFICACIONES VALLAS, AVISOS Y OTROS

Con el fin de informar a la ciudadanía de Santa Fe de Bogotá, sobre la realización de las Obras Públicas adelantadas por parte de la Administración Distrital, se deberá incluir en todos los términos de referencia y minutas de los contratos que celebren las entidades, la obligación de instalar vallas en los sitios donde deban ejecutarse las obras.

Los colores, diseño y contenido de las vallas deberán ser suministrados por la respectiva entidad a los contratistas, de conformidad con las especificaciones señaladas en el manual de vallas anexo.

En igual sentido, las entidades deben pactar que los contratistas al dar cumplimiento a la obligación legal de suministrar vestidos y calzado de labor a sus trabajadores, especialmente a los que ejecuten obras en Espacio Público, deben observar para dicho vestuario las especificaciones que se señalan en el instructivo anexo.

En cuanto a los avisos de invitación a presentar ofertas en procesos de Licitación y demás anuncios institucionales, anexo a la presente las especificaciones que deberán observarse para su publicación en los medios.

Firma HÉCTOR RIVEROS SERRATO