RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 4406 de 2008 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
12/11/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/11/2008
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 4406 DE 2008

(Noviembre 12)

Por la cual se modifica la composición del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Secretaría de Educación y se hace una delegación

LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ, D.C.

en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la ley 446 de 1998, en la ley 678 de 2001, en el Decreto 1214 de 2000, en el Decreto 581 del 18 de diciembre de 2007 y el Decreto 330 de 2008.

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución 875 del 10 de marzo de 2006, expedida por la Secretaría de Educación Distrital se modificó la Resolución 1473 del 22 de mayo de 2003, que a su vez modificó la integración del Comité de Conciliación y Defensa Judicial, quedando conformado así:

El Secretario de Educación o su delegado, quien lo presidirá;

El Subsecretario de Planeación y Finanzas;

El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica;

El Director de Contratación;

El Subdirector de Programación y Seguimiento Presupuestal.

Que mediante Decreto Distrital 330 de 2008 se determinan los objetivos, la estructura, y las funciones de la Secretaría de Educación del Distrito, y se dictan otras disposiciones.

Que de acuerdo con la nueva estructura de la Secretaría de Educación Distrital se hace necesario adecuar la composición del mencionado Comité.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el art. 1 ° de la Resolución 875 de 10 de marzo de 2006, en relación con la composición del Comité de Conciliación y Defensa Judicial, el cual quedará así:

El Secretario de Educación o su delegado, quien lo presidirá

El Subsecretario de Integración Interinstitucional

La Subsecretaria de Acceso y Permanencia

El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

El Director de Contratación

PARAGRAFO PRIMERO.- Delegar en la Subsecretaría de Gestión institucional de la Secretaría de Educación Distrital, la función de participar en el Comité de Conciliación y Defensa Judicial, en representación del Secretario de Educación y en consecuencia, ejercer las funciones en calidad de presidente del mismo.

PARÁGRAFO SEGUNDO.- Concurrirá a las sesiones del Comité de Conciliación y Defensa Judicial, sólo con derecho a voz, la Jefe de la Oficina de Control interno.

PARÁGRAFO TERCERO.- Los miembros del Comité de Conciliación y Defensa Judicial, podrán invitar a las sesiones, a las personas que por sus funciones y conocimientos ilustren sobre los temas sometidos a consideración del Comité. Las citaciones efectuadas a los servidores públicos de la Secretaría de Educación Distrital, tendrán carácter obligatorio.

PARÁGRAFO CUARTO.- El Comité de Conciliación y Defensa Judicial, invitará a sus sesiones a un funcionario de la Dirección de Defensa Judicial de la Nación del Ministerio del Interior y del Derecho, quien participará en las sesiones con derecho a voz.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las demás disposiciones contenidas en la Resolución 9843 del 28 de diciembre de 2001, por la cual se creó el Comité de Conciliación de la Secretaría de Educación Distrital de Bogotá D.C., conservan plena vigencia.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige desde la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., el doce (12) de noviembre de 2008

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ABEL RODRÍGUEZ CÉSPEDES

Secretario de Educación Distrital