![]() |
Cargando el Contenido del Documento |
Por favor espere... |
DIRECTIVA 004 DE 2009 (Septiembre 08) Derogada por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá tiene el gusto de poner a disposición de todas las entidades, órganos y organismos del sector central, descentralizado y de control del Distrito Capital, el nuevo módulo de "SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y DEFENSA JUDICIAL" que se integra al Sistema de Información de Procesos Judiciales -SIPROJWEB-, y será de obligatorio diligenciamiento por parte de las oficinas jurídicas de cada entidad u organismo distrital usuario del SIPROJ. Este modulo responde a la necesidad de desarrollar tecnológicamente el formato estándar, mediante el cual cada entidad u organismo distrital realiza la verificación y seguimiento en el cumplimiento de las políticas de defensa judicial y prevención del daño antijurídico en el Distrito Capital, adoptado mediante la Resolución 12 del 28 de noviembre de 2008 de la Dirección Jurídica Distrital.1 El desarrollo tecnológico obedece a la meta del Plan de Desarrollo relacionada con el fortalecimiento de las instancias de coordinación y los sistemas de información jurídicos, dentro del Programa de Gerencia Jurídica Pública Integral del eje estructurante Gestión Pública Efectiva y Transparente. Los Comités de Conciliación de cada entidad u organismo deberán verificar el cumplimiento y aplicación de las políticas, y velar porque efectivamente se realice el diligenciamiento de los formatos en el nuevo módulo. Para efectos del informe que debe ser presentado el 30 de septiembre, las entidades y organismos podrán, sólo por esta ocasión, gestionar los formatos del módulo antes del 1 de octubre de 2009. La Subdirección de Gestión Judicial de la Dirección Jurídica Distrital, programará y efectuará las capacitaciones dirigidas a los servidores públicos de cada una de las entidades y organismos distritales, designados para el manejo del módulo "SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y DEFENSA JUDICIAL". Cordialmente, YURI CHILLÁN REYES NOTA DE PIE DE PÁGINA 1 Esta (sic) acto administrativo se expidió por virtud del artículo 3° de la Resolución 300 de 10 de octubre de 2008 del Secretario General, mediante la cual se unifican y actualizan las disposiciones normativas que desarrollan la política de prevención del daño antijurídico y la defensa judicial para Bogotá, D.C. |