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Directiva 4 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA 004 DE 2009

(Septiembre 08)

Derogada por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011

Para:

SECRETARIOS Y SECRETARIAS DE DESPACHO, DIRECTORES Y DIRECTORAS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; PRESIDENTES Y PRESIDENTAS, DIRECTORES Y DIRECTORAS, GERENTES Y GERENTAS DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUÍDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS; RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, PERSONERO DISTRITAL, CONTRALOR DISTRITAL Y VEEDORA DISTRITAL.

De:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto:

NUEVO MÓDULO DE "SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE DEFENSA JUDICIAL Y PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO" EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROCESOS JUDICIALES – SIPROJ.

La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá tiene el gusto de poner a disposición de todas las entidades, órganos y organismos del sector central, descentralizado y de control del Distrito Capital, el nuevo módulo de "SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y DEFENSA JUDICIAL" que se integra al Sistema de Información de Procesos Judiciales -SIPROJWEB-, y será de obligatorio diligenciamiento por parte de las oficinas jurídicas de cada entidad u organismo distrital usuario del SIPROJ.

Este modulo responde a la necesidad de desarrollar tecnológicamente el formato estándar, mediante el cual cada entidad u organismo distrital realiza la verificación y seguimiento en el cumplimiento de las políticas de defensa judicial y prevención del daño antijurídico en el Distrito Capital, adoptado mediante la Resolución 12 del 28 de noviembre de 2008 de la Dirección Jurídica Distrital.1

El desarrollo tecnológico obedece a la meta del Plan de Desarrollo relacionada con el fortalecimiento de las instancias de coordinación y los sistemas de información jurídicos, dentro del Programa de Gerencia Jurídica Pública Integral del eje estructurante Gestión Pública Efectiva y Transparente.

Los Comités de Conciliación de cada entidad u organismo deberán verificar el cumplimiento y aplicación de las políticas, y velar porque efectivamente se realice el diligenciamiento de los formatos en el nuevo módulo. Para efectos del informe que debe ser presentado el 30 de septiembre, las entidades y organismos podrán, sólo por esta ocasión, gestionar los formatos del módulo antes del 1 de octubre de 2009.

La Subdirección de Gestión Judicial de la Dirección Jurídica Distrital, programará y efectuará las capacitaciones dirigidas a los servidores públicos de cada una de las entidades y organismos distritales, designados para el manejo del módulo "SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y DEFENSA JUDICIAL".

Cordialmente,

YURI CHILLÁN REYES

NOTA DE PIE DE PÁGINA

1 Esta (sic) acto administrativo se expidió por virtud del artículo 3° de la Resolución 300 de 10 de octubre de 2008 del Secretario General, mediante la cual se unifican y actualizan las disposiciones normativas que desarrollan la política de prevención del daño antijurídico y la defensa judicial para Bogotá, D.C.