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DECRETO 440 DE 2001 (01 de junio ) Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Publicas para Bogotá D.C. 2001 - 2004 "BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C., En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 36 y 40 de la Ley Orgánica de Planeación, Ley 152 de 1994 y 14 del Acuerdo Distrital 12 de 1994, en concordancia con el artículo 339 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO Que de conformidad con lo establecido en el artículo 339 de la Constitución Política, la adopción de planes de desarrollo constituye una obligación de las entidades territoriales, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les han sido asignadas por la Constitución y la ley; Que según lo establecen los artículos 2º y 209 de la Constitución Política, y con el fin de garantizar el cumplimiento de los fines del Estado, la función administrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de economía, eficacia y celeridad, para cuyo cabal cumplimiento el Plan de Desarrollo constituye mecanismo idóneo, en cuanto permite definir los objetivos y metas de la acción estatal, y definir las prioridades en el uso de los recursos públicos; Que de conformidad con lo establecido por el artículo 259 de la Constitución Política y los artículos 39, numeral 1º de la Ley 152 de 1994 y 3º del Acuerdo 12 de 1994, el Plan de Desarrollo tiene como fundamento el Programa de Gobierno inscrito por el Alcalde y define los términos del mandato a éste conferido; Que el incumplimiento del mandato conferido al Alcalde constituye causal de revocatoria del mismo, según lo establecen los artículos 6º y 65 de la Ley Estatutaria de Participación Ciudadana, Ley 134 de 1994; Que con el fin de dar cumplimiento a sus obligaciones constitucionales y legales, el Gobierno Distrital sometió a la aprobación del Concejo Distrital el proyecto de Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para "Bogotá D.C. 2.001-2.004 BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado", de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 40 de la Ley 152 de 1994, y 14 del Acuerdo Distrital 12 de 1994; Que el proyecto de Plan de Desarrollo fue elaborado con la participación del Consejo Territorial de Planeación, y tramitado por el Concejo Distrital dentro de los plazos preclusivos que establecen los artículos 40 de la Ley 152 de 1994 y 14 del Acuerdo Distrital 12 de 1994, sin que hubiera sido aprobado por esta Corporación; Que resulta obligatorio garantizar a la ciudadanía el ejercicio de su derecho de participación, en particular el relativo a la revocatoria del mandato conferido al Alcalde Mayor, el cual se vería vulnerado por la inexistencia de un Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas; Que igualmente resulta necesario contar con un Plan de Desarrollo que sirva de marco a un adecuado proceso de formulación, discusión, aprobación y ejecución del presupuesto de ingresos y gastos del Distrito Capital; Que de conformidad con lo establecido en el artículo 5º del Acuerdo Distrital 12 de 1994, el Plan de Desarrollo debe contemplar un lapso mínimo de programación de tres años correspondientes al período de ejercicio del respectivo Alcalde Mayor; Que el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas constituye la base para la aprobación de los planes de acción por parte del Consejo de Gobierno Distrital; Que de conformidad con lo establecido por los artículos 63, numeral 2º y 69, numeral 1º del Decreto Ley 1421 de 1993, la inexistencia del Plan de Desarrollo Distrital impediría la adopción de los Planes de Desarrollo Local, al igual que un adecuado reparto de competencias entre las autoridades locales y distritales; Ver el Concepto de la Secretaría General 19 de 2005 y 07 de 2007 DECRETA: I PARTE PARTE GENERAL TITULO I OBJETIVO Y PRINCIPIOS DEL PLAN. Artículo 1°. Objetivo general. El Plan de Desarrollo busca avanzar hacia una ciudad construida colectivamente, incluyente y justa, amable con los niños y los viejos, donde aprendemos a vivir en paz con nuestra conciencia y con la ley; una ciudad económicamente competitiva en producción de conocimientos y servicios; una ciudad donde lo público es sagrado. Artículo 2°. Valores que guiarán la ejecución de este Plan.
Artículo 3°. Principios - Guía para las relaciones entre la administración y las corporaciones de elección popular.
Artículo 4°. Políticas generales del Plan de Desarrollo.
Artículo 5°. Mecanismos de gestión del Plan. Para el cabal cumplimiento de la gestión encomendada por la ciudadanía a la Administración Distrital, contenida en el presente plan de desarrollo, y como quiera que los objetivos del mismo son de carácter transversal, cada uno de los organismos de la administración distrital será responsable por su cumplimiento, en el marco de sus competencias, sin prejuicio de la existencia de relaciones interinstitucionales entre ellos. TITULO II SIETE OBJETIVOS CON SUS POLITICAS, ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS. Artículo 6°. Objetivos del Plan de Desarrollo. El Plan de Desarrollo articula programas intersectoriales de acción pública y privada y tiene como objetivos los siguientes:
CAPITULO 1°. CULTURA CIUDADANA Artículo 7°. Objetivo de Cultura Ciudadana. Aumentar el cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos y la mutua ayuda para actuar según la propia conciencia, en armonía con la ley. Promover la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos. Artículo 8°. Políticas de Cultura Ciudadana.
Artículo 9°. Estrategias de Cultura Ciudadana.
Artículo 10°. Programas de Cultura Ciudadana.
a.1. Apreciar las normas y admirar lo bueno. Difundir las normas y propiciar su acatamiento voluntario, poniendo en evidencia su fundamento democrático y los beneficios obtenidos al cumplirlas. En las campañas de difusión se hará énfasis en normas de seguridad y convivencia, tránsito, tributación, urbanismo y ambiente, derechos humanos y servicios públicos. Metas:
Proyectos prioritarios:
Diseño e implementación de un nuevo Código de Policía, compilación, actualización y difusión de la jurisprudencia y las normas aplicables al Distrito.
Difusión y capacitación ciudadana en normas con énfasis sectoriales: tránsito, tributación, urbanismo, espacio público, ambiente, servicios públicos, derechos humanos, cultura, prevención, rifas, deportes, juegos y espectáculos.
Seguimiento y control de los programas de Cultura Ciudadana. a.2. Vida sagrada. Propiciar el desarme y otras acciones orientadas a reducir las muertes violentas en la ciudad. Fomentar modos de vida saludables y generar confianza, seguridad y tranquilidad para que las personas ejerzan sus derechos y libertades, disfruten la ciudad, cumplan sus deberes y confíen en la justicia y en el buen uso de la fuerza por parte del Estado. Metas:
Proyectos prioritarios:
Protección de la vida de las personas y de los bienes públicos y privados, mediante el fortalecimiento de la policía.
Atención de poblaciones ubicadas en zonas de deterioro urbano y social, y fortalecimiento de mecanismos de atención a poblaciones en alto riesgo.
Fortalecimiento de los instrumentos de solución pacífica y concertada de conflictos: inspecciones de policía, unidades de mediación, comisarías de familia y casas de justicia. a.3. Aportar de buena gana. Aumentar la conciencia individual y colectiva sobre los beneficios colectivos de la tributación, reducir la evasión en el pago de impuestos, propiciar la renuncia a subsidios no merecidos y fomentar la responsabilidad individual y colectiva en la preservación y ampliación del patrimonio de la ciudad. Metas:
Proyectos prioritarios:
Producción y divulgación de información tributaria sencilla y oportuna, atención eficiente al ciudadano y difusión del uso de los recursos públicos.
Acciones de fortalecimiento institucional y técnico que permitan un recaudo más eficiente y la reducción de las tasas de evasión y mora.
Creación de mecanismos para promover la renuncia voluntaria a subsidios no merecidos y fomentar la afiliación al Sistema General de Seguridad Social.
b.1. Procedimientos para decidir. Propiciar el uso de procedimientos democráticos para cambiar disposiciones legales. Ampliar y cualificar la discusión pública, haciendo visible su utilidad para aclarar diferencias, dirimir conflictos y celebrar acuerdos. Metas:
Proyectos prioritarios:
Acciones orientadas a garantizar que la ciudadanía tenga un conocimiento suficiente de las distintas opciones de participación en la gestión de los asuntos públicos y sus derechos políticos y ciudadanos.
Fortalecimiento de los canales de discusión pública y las instancias de participación democrática.
Promoción de pactos sociales para la recuperación de espacios públicos, el cumplimiento de normas ambientales y la protección del patrimonio de la ciudad. b.2. Organizarse para influir y para aprender. Reconocer las organizaciones, potenciar su capacidad de construir nexos de solidaridad y de representar a los ciudadanos y las ciudadanas en las decisiones de la ciudad, la localidad y la zona. Metas:
Apoyo a la conformación y fortalecimiento de organizaciones locales, zonales, barriales y juveniles.
Apoyo técnico a proyectos culturales y deportivos de carácter comunitario y asociativo.
c.1. Comunicar vida y jugar limpio. Fomentar arte, cultura y esparcimiento en espacios públicos para potenciar las capacidades creativas y comunicativas de los actores culturales y de los ciudadanos y aumentar el disfrute colectivo de la ciudad. Ampliar el conocimiento y la apropiación social de la ciudad mediante proyectos de investigación y medios de divulgación masiva. Metas:
Proyectos prioritarios:
Ampliación de la oferta cultural en las localidades y fortalecimiento de los eventos metropolitanos.
Diseño y puesta en marcha del Sistema Distrital de sostenibilidad de parques.
Promoción de actividades deportivas y recreativas en los espacios públicos de la ciudad. Parágrafo. En un término de seis (6) meses la Administración presentará un informe con las líneas de base y la cuantificación de las metas. Artículo 11°. Mecanismos institucionales necesarios para la ejecución de los programas de Cultura Ciudadana.
CAPITULO 2°. PRODUCTIVIDAD Artículo 12°. Definición de Productividad Incrementar la generación sostenible de riqueza y prosperidad colectiva en la ciudad y la región, a través de la acción conjunta entre lo público y lo privado. Artículo 13°. Políticas de Productividad
Artículo 14°. Estrategias de Productividad
a.1. Bogotanos y Bogotanas altamente competentes. Fortalecer el capital humano y social mediante la formación de las personas en hábitos y conocimientos que los hagan competentes para cooperar e integrarse a los procesos productivos. Se potencia la participación de los jóvenes reconociendo su papel como tejedores de sociedad y apoyándolos en su inserción económica, social y cultural. Metas:
Identificación, coordinación, fortalecimiento y complementación de la oferta educativa a nivel técnico, tecnológico y de oficios calificados, adaptando modelos internacionales de reconocido éxito.
Desde los colegios se busca generar, además de las competencias básicas, otras habilidades que mejoren en los jóvenes su probabilidad de inserción y éxito laboral, como son el trabajo en equipo, comunicación en público, adaptabilidad, orientación permanente al aprendizaje, vocación de servicio, etc. a.2. Prosperidad colectiva. Promover el desarrollo empresarial a través del reconocimiento de los distintos agentes en las cadenas productivas y la modernización y consolidación de las mismas. Metas:
Proyectos prioritarios:
La cooperación entre componentes de cadenas productoras cuyo producto final puede ser exportable, requiere que el Distrito y el Ministerio de Comercio Exterior identifiquen, convoquen y capaciten a los participantes.
Propuesta productiva de formalización de la actividad del reciclaje, de carácter metropolitano y con un alto contenido social. Incluye acopio, pretransformación y comercialización de material recuperable.
b.1. Bogotá Atractiva. Atraer inversión doméstica y extranjera y mantener la inversión productiva existente. Mejorar la eficiencia de las entidades del Distrito reduciendo tiempos, riesgos y costos en la instalación y operación de las empresas. Asegurar la sostenibilidad financiera del Distrito. Metas:
c.1. Bogotá crece con razón. Generar y renovar suelos urbanos para facilitar una oferta inmobiliaria que permita absorber oportunamente las presiones del crecimiento poblacional y los objetivos de transformación de la ciudad. Para desalentar a urbanización informal, este programa dará énfasis a la promoción de viviendas accesibles a familias con ingresos inferiores a dos (2) salarios mínimos legales Metas:
Estos planes se adelantarán en zonas del centro expandido y la gestión de la Empresa de Renovación Urbana, para atraer nueva inversión inmobiliaria.
Racionalizar el desplazamiento de las personas y mercancías y reducir los viajes originados en intercambio de información. Metas:
Proyectos prioritarios:
Con el objeto de reducir la sobreoferta de buses, para las nuevas rutas de transporte masivo y colectivo se utilizará un factor de reposición que guarde proporción con la ocupación real de calzada de los vehículos reemplazados. c.3. Plataforma integral de servicios. Consolidar una base de servicios con estándares de calidad y confiabilidad al menor costo posible. En el servicio de Aseo, el plan busca consolidar el reciclaje desde la fuente como aporte a la productividad urbana. Metas:
Proyectos prioritarios:
d.1. Unidos para competir y vivir mejor. Institucionalizar las relaciones interregionales e impulsar las relaciones internacionales para desarrollar el potencial productivo de la ciudad y la región. Metas:
Proyectos prioritarios:
Artículo 16°. Mecanismos institucionales necesarios para la ejecución de los programas de Productividad.
CAPITULO 3°. JUSTICIA SOCIAL Artículo 17°. Objetivo de Justicia Social. Mejorar el acceso de las personas en situación de alta vulnerabilidad al afecto y a condiciones mínimas de nutrición, salud, educación y habitación con criterios de responsabilidad compartida e imparcialidad. Artículo 18°. Políticas de Justicia Social.
Artículo 19°. Estrategias de Justicia Social.
a.1. Ubiquémonos para la solidaridad. Actualizar las herramientas e instrumentos para lograr una mejor identificación, caracterización y focalización de la población vulnerable para el acceso a los servicios de nutrición, educación, salud, vivienda y servicios básicos. Construir y fortalecer redes sociales y de servicios para proveer apoyos a familias y personas en situación de riesgo y para la prevención y atención de situaciones de crisis y calamidad. Metas:
Proyectos prioritarios:
Se realizarán encuestas por demanda y encuestas por barrido buscando garantizar la cobertura de los estratos 1 y 2.
Actualizar el censo de estratificación de los nuevos desarrollos urbanos y en los existentes que han sufrido modificaciones, así como concluir los censos de viviendas en zonas rurales dispersas.
Implementar estrategias y acciones para la prestación de servicios en red a poblaciones vulnerables y/o en condiciones especiales para el acceso a los servicios, a través de la complementariedad, la especialización, concurrencia y solidaridad de los diversos actores.
b.1. Bogotá ciudad fraterna. Proteger a niños y niñas, jóvenes, ancianos, ciudadanas y ciudadanos de la calle, y personas con limitaciones físicas y/o mentales buscando fortalecer vínculos familiares, comunitarios y sociales que generen condiciones de autonomía e impulsen proyectos de vida digna. Adelantar alianzas estratégicas con organismos gubernamentales del orden nacional y local, con el sector productivo y organizaciones del tercer sector para crear mecanismos, incentivos y espacios que promuevan comportamientos solidarios hacia las personas en situación de mayor vulnerabilidad y para generar comportamientos autónomos y responsables individual y colectivamente. Desarrollar acciones sociales y urbanísticas que faciliten a los ancianos y discapacitados el disfrute de los espacios públicos de la ciudad. Metas:
Proyectos prioritarios:
Se creará un banco de talentos para la generación de oportunidades de mejoramiento de ingresos para las personas en condiciones de mayor vulnerabilidad, especialmente en hogares de jefatura única.
Se brindará atención integral para el reintegro a sus familias y grupos sociales de niñ@s que habitan en las calles de la ciudad, personas vinculadas al trabajo sexual y familias en situación de alto riesgo.
Se brindará atención integral, subsidios y actividades de desarrollo humano para adult@s mayores, así como servicios de atención integral a personas con limitaciones físicas, mentales y/o sensoriales .- niñ@s, mujeres, hombres y adult@s mayores.
c.1. Nutrir para el futuro. Desarrollar acciones pedagógicas y asistenciales con diferentes sectores de la ciudad para mejorar las condiciones nutricionales de las poblaciones en mayor condición de vulnerabilidad. Metas:
Proyecto prioritario:
Contribuir a mejorar la calidad de vida de la población más vulnerable, a través del suministro de alimentos que aportan un porcentaje de nutrientes de acuerdo a las recomendaciones nutricionales por grupo poblacional, esto enmarcado dentro de un proceso pedagógico orientado alas familias y a los educadores para mejorar hábitos alimenticios. c.2. Salud con calidad. Aumentar las coberturas de afiliación, el acceso a los planes de beneficios y mejorar la calidad y la eficiencia de los servicios de salud. La Administración evaluará la viabilidad social y económica de constituir una EPS que administre los regímenes contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social y la mejor utilización de la Clínica Fray Bartolomé de Las Casas, después de resolver los actuales problemas legales. Metas:
Proyectos prioritarios:
Este proyecto de inversión tiene el objetivo de garantizar la afiliación a la población potencialmente beneficiaria al régimen subsidiado, disminuir las barreras de acceso a los servicios de salud, garantizar el acceso a los servicios de salud a la población pobre y vulnerable sin capacidad de pago y la población afiliada al régimen subsidiado que demande servicios de salud no POS y lograr que los servicios contemplados en el POS y POS S se brinden con oportunidad y calidad a la población del Distrito Capital.
Mejorar las condiciones de prestación de los servicios en el Distrito mediante la regulación, promoción y fomento, certificación y evaluación de la calidad de los diversos prestadores y servicios, de acuerdo con las prioridades definidas para el Distrito Capital.
Impulsar el funcionamiento optimo de las acciones de salud y otros sectores dirigidas a mantener el estado de salud y/o disminuir el riesgo de enfermar o morir por eventos evitables y controlables para la salud de la población del Distrito Capital. c.3. Mejoremos el barrio y la casa. Desarrollar acciones de responsabilidad compartida entre el sector público, social y comunitario, que buscan tanto el mejoramiento de la infraestructura física y el equipamiento urbano de los barrios que se encuentran en proceso de consolidación, como el mejoramiento por parte de las familias de su lugar de habitación. Metas:
Proyectos prioritarios:
Construir redes de acueducto, alcantarillado y accesos viales en sectores de la ciudad conformados por barrios legalizados en proceso de consolidación, que beneficie a población de estratos I y II, mediante la focalización y priorización de 26 UPZ de acuerdo con variables técnicas y sociales
Salvaguardar la vida de los habitantes que habitan en zonas de alto riesgo no mitigable y reasentar a familias que ocupan rondas de cuerpos de agua, como acciones integrales para el mejoramiento y reordenamiento de sectores de origen ilegal de la ciudad
Mediante el sistema integrado de control urbanístico de gestión interinstitucional se adelantarán acciones tendientes a la capacitación e información a la comunidad en relación a la normatividad urbanística, y arquitectónica; de igual manera se adelantarán acciones tendientes a evitar desarrollos ilegales. c.4. Obras con Saldo Pedagógico Apoyar a los residentes de los barrios, con prioridad en los de mayor vulnerabilidad, en el desarrollo de acciones en el campo físico, económico, social, ecológico y cultural. Metas:
Proyectos prioritarios:
Estrategia de intervención integral sobre las comunidades en la que se consideran las dimensiones física, económica, social y espiritual. En la dimensión física las prioridades de inversión del proyecto son infraestructura y medio ambiente, en la económica la generación de empleo y empresas productivas, en la social se busca la participación y organización comunitaria, además de la educación, capacitación, salud, arte y cultura. La dimensión espiritual incluye inversiones en fomento a las formas de vida espiritual, así como el manejo de conflictos. CAPITULO 4°. EDUCACIÓN Artículo 21°. Objetivo de Educación. Elevar el conocimiento y la capacidad de aprender de las personas, movilizando el potencial educativo y cultural de la ciudad desde los objetivos del Plan. Artículo 22°. Políticas de Educación.
Artículo 23°. Estrategias de Educación.
Artículo 24°. Programas de Educación.
a.1. Educación para la era del conocimiento. Garantizar los mínimos básicos para todos ofreciendo 12 años de educación formal que incluyen 1 de preescolar, la básica y la media, mediante la construcción de colegios, la mejor utilización de la capacidad actual del sistema y el otorgamiento de subsidios a través convenios con instituciones educativas privadas. Metas:
Proyectos prioritarios:
Se garantizará el pago de los salarios y prestaciones sociales del recurso humano que labora en los establecimientos educativos oficiales, para asegurar la prestación del servicio a la población estudiantil allí matriculada.
Se realizarán convenios con instituciones educativas privadas e instituciones con las cuales se suscriban contratos de concesión educativa.
Se construirán colegios para ampliar la oferta del sistema educativo oficial para la población en edad escolar de las zonas con mayor déficit de atención educativa. a.2. Competencias para toda la vida. Evaluar y mejorar las capacidades de saber, hacer y disfrutar de los habitantes de Bogotá y, en torno al mejoramiento de las competencias básicas, promover la oferta integrada de las instituciones educativas, los programas de nivelación para la excelencia, la formación de los docentes y las innovaciones e investigaciones pedagógicas. Metas:
Proyectos prioritarios:
Se aplicarán en todos los colegios oficiales y privados pruebas censales en lenguaje, matemáticas, ciencias y valores, para establecer si los resultados de las instituciones educativas se acercan a los estándares de calidad definidos.
Se prestará asesoría a aquellas instituciones que obtengan los menores niveles en los resultados de las pruebas de competencias básicas, para mejorar su desempeño.
Se organizará e integrará la oferta educativa en las instituciones oficiales desde el grado cero hasta el once, para asegurar la permanencia de los estudiantes en el sistema. a.3. Todos a leer con gusto. Sostenibilidad de la red de bibliotecas y fomento a su buen uso para elevar el nivel cultural de los ciudadanos y mejorar sus condiciones de vida. Metas:
Proyecto prioritario:
Mediante este proyecto funcionarán de manera integrada las bibliotecas mayores, locales, descentralizadas y escolares para prestar un servicio eficiente y de calidad a los usuarios. b. Para acercar la educación a la vida de la ciudad se desarrollarán los siguientes programas: b.1. Pedagogías de BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado. Coordinar, apoyar y hacer seguimiento al desarrollo de las estrategias pedagógicas de cada objetivo del Plan. Metas:
Proyectos prioritarios:
Se establecerá para cada objetivo del Plan la correspondiente estrategia pedagógica.
Se efectuará semestralmente el seguimiento al desarrollo de las estrategias pedagógicas del Plan y al finalizar el período, se realizará la evaluación de impacto de dichas estrategias. CAPITULO 5°. AMBIENTE Artículo 25°. Objetivo de Ambiente. Mejorar en forma socialmente sostenible los factores ambientales de la ciudad que inciden en la salud de las personas, la sostenibilidad de los ecosistemas y la productividad en el Distrito y arraigar culturalmente comportamientos de respeto por el medio natural y construido hacia una nueva relación sociedad ambiente. Artículo 26°. Políticas de Ambiente.
Artículo 27°. Estrategias de Ambiente.
a.1. Bogotá, goce sostenible Generar valores y compromisos cotidianos con el ambiente poniendo en marcha un proceso educativo de largo plazo y mecanismos de seguimiento y de estímulo a cambios de comportamiento de la ciudadanía. Estimular el transporte alternativo y el uso de combustibles limpios en el transporte público. La administración distrital dará ejemplo de cambio de hábitos de consumo. Metas:
Proyectos prioritarios:
Se hará énfasis en los siguientes temas: Transporte y movilidad sostenible, apropiación sostenible de ecosistemas estratégicos, desestímulo al mercado ilícito de fauna y flora, control del ruido y la contaminación visual.
Se dará prioridad a temas de conservación de flora nativa, monitoreo de la biodiversidad y arborización urbana.
b.1. Bogotá, limpia me gustas más Mejorar las condiciones de vida de la comunidad a través del saneamiento ambiental y de prácticas de producción limpia. Hacer seguimiento de la calidad ambiental y controlar actividades productivas, de servicios y de grandes generadores domésticos. Poner en práctica mecanismos para lograr el cumplimiento de la ley. Metas:
Proyectos prioritarios:
Control de fuentes de contaminación e implementación de redes de monitoreo de la calidad ambiental.
Descontaminación visual y eliminación de ratas, insectos y artópodos.
b.2. Bogotá previsiva, vivimos más Prevenir desastres tecnológicos, naturales o inducidos por actividades humanas y controlar factores de riesgo para las personas, bienes y servicios. Metas:
Proyectos prioritarios:
Capacitación e instrucción sobre los comportamientos que deben asumirse ante la ocurrencia de eventos de riesgo.
Mediante las redes de monitoreo y sistemas de información que permitan el diseño de las medidas de mitigación para disminuir la vulnerabilidad.
c.1. Bogotá bella, construida y natural Ampliar la oferta de espacio público natural y construido, adecuadamente arborizado y con cuerpos de agua de buena calidad. Se dará atención especial a la recuperación de los cerros y a la vigilancia de la estructura ecológica principal y al sistema de espacio público. Meta:
Proyectos prioritarios:
Diseño, construcción y mejoramiento de parques metropolitanos, zonales y de barrio. Aumento y mantenimiento de la malla verde de la ciudad.
Protección de humedales, zonas de ronda y manejo del sistema orográfico distrital para aumentar la biodiversidad, articulación urbanística y el disfrute público sostenible.
Implementar prácticas y sistemas de aprovechamiento rural sostenible Artículo 29°. Mecanismos institucionales necesarios para la ejecución de los programas de Ambiente. Se establecerán mecanismos para fortalecer al DAMA y se desarrollarán estrategias para garantizar la solvencia financiera del sector. Se deben fortalecer también las demás entidades que participan de manera vinculante en los proyectos que cubren el objetivo ambiente y las instituciones pertenecientes al Sistema Ambiental del Distrito Capital. CAPITULO 6°. FAMILIA Y NIÑEZ Artículo 30°. Objetivo de Familia y Niñez. Crear condiciones para que niñas y niños puedan vivir su niñez, y apoyar los comportamientos solidarios de las diferentes formas de familia y de sus integrantes ¿ niñas y niños, jóvenes, hombres, mujeres y adultos mayores. Artículo 31°. Políticas de Familia y Niñez.
Artículo 32°. Estrategias de Familia y Niñez.
Artículo 33°. Programas, Metas y Principales Proyectos de Familia y Niñez.
a.1.Cartas de navegación para la política social Formular y poner en marcha las políticas integrales con perspectiva de género para mujer, niñez, familia, jóvenes y vejez con participación abierta de todos los sectores sociales. Promover mecanismos y escenarios de participación y comunicación de niños, niñas y jóvenes que los hagan visibles en la ciudad. Diseñar y operar organismos comunitarios para la promoción y protección integral de niños y niñas como sujetos de derechos. Metas:
Proyectos prioritarios:
Se trabajará en la formulación, consolidación, promoción e implementación de políticas integrales y modelos de intervención dirigidos a la niñez, juventud, mujer y vejez, incorporando la perspectiva de género y las relaciones entre generaciones en la planeación y ejecución de los programas y proyectos.
Se promoverá la conformación de comités de niñas, niños y jóvenes en las localidades, para que participen en las instituciones, en la defensa de sus derechos humanos, en las tareas pedagógicas y en el seguimiento al Plan de Desarrollo. Adicionalmente, se convocará la participación de niños, niñas y jóvenes en actividades artísticas y en procesos de prevención integral de la drogadicción.
Se buscará la organización de grupos ciudadanos en Consejos Tutelares para la promoción y protección de los derechos fundamentales de niños y niñas, en todas las localidades.
b.1. Educación para el amor y familias gestantes. Adelantar procesos de educación sexual y reproductiva en el marco del amor y la responsabilidad mutua. Impulsar procesos de educación prenatal y de apoyo afectivo y psicológico a los miembros de las familias gestantes, mejorar los vínculos Pro-vida y las condiciones de vida de la madre gestante y/o lactante. Metas
Proyectos prioritarios:
Se ejecutarán acciones de promoción de una sexualidad sana, responsable, placentera y segura y de una paternidad y maternidad responsable, especialmente en las instituciones educativas.
Se trabajará en la promoción, capacitación y atención nutricional, psicosocial y en salud para el control prenatal a las familias gestantes, fortaleciendo sus vínculos pro-vida. b.2. Mundos para la niñez y la familia. Ampliar la cobertura y mejorar la calidad de la educación inicial para niños y niñas de 0 a 5 años. Crear y adecuar espacios y programas para el uso y disfrute de la ciudad por parte de los niños, niñas y demás miembros de la familia. Metas
Proyectos prioritarios:
Atención integral de niños y niñas de 0 a 5 años en educación inicial, articulándola con el grado cero y promoviendo la participación de las organizaciones de la sociedad civil y del sector privado.
Se adelantarán actividades comunitarias, culturales, educativas, recreativas y deportivas en centros de desarrollo comunitario y en los espacios culturales y recreativos de Bogotá con la participación de niños y niñas y demás miembros de la familia. b.3. Familias educadoras. Facilitar a las familias para que mediante apoyos en servicios y en efectivo puedan enviar a los niños, niñas y jóvenes a la escuela formal. Metas
Proyecto prioritario:
Se entregarán subsidios condicionados y temporales en efectivo y en servicios para las familias en situación de mayor vulnerabilidad, que les ayuden a superar dicha condición y puedan vincular a niños, niñas y jóvenes al sistema educativo.
c.1. Desarmarnos con amor. Fomentar conductas solidarias y amables y formas de resolución pacífica de conflictos dentro de las familias y dentro de la comunidad, atendiendo de manera prioritaria mujeres, niños y niñas. Metas
Proyectos prioritarios:
Se implementarán el Plan contra la violencia y abuso sexual de niños y niñas y el Plan para la erradicación de las peores formas de explotación infantil, haciendo especial énfasis en la explotación sexual.
Se fortalecerán los mecanismos para el acercamiento a la justicia y notificación y denuncia efectiva de la violencia intrafamiliar, el maltrato infantil y el abuso sexual.
Se trabajará en la formación de redes familiares, de hombres y mujeres para la prevención de la violencia intrafamiliar y promoción de la resolución pacífica de conflictos y de la cultura del buen trato. Se fortalecerá la formación de docentes y servidor@s públicos para la detección, atención y sanción de casos de violencia intrafamiliar, maltrato infantil y delitos sexuales. Artículo 34°. Mecanismos institucionales necesarios para la ejecución de los programas de Familia y Niñez.
Ver Consulta Consejo de Estado 1420 de 2002 Ver Decreto Distrital 58 de 2002, Ver Directiva Alcalde Mayor 08 de 2001Artículo 35°. Objetivo de Gestión Pública Admirable. Elevar la confianza y el respeto de los habitantes de Bogotá hacia las instituciones y los organismos distritales y el compromiso de los servidores públicos y de todas las personas con una gestión efectiva y transparente. Artículo 36°. Políticas de Gestión Pública Admirable.
Artículo 37°. Estrategias de Gestión Pública Admirable.
Artículo 38°. Programas de Gestión Pública Admirable.
a.1. Administración a la medida. Adecuar la estructura, las instancias, los procesos de coordinación y los recursos de la Administración Distrital para responder mejor a las necesidades de los ciudadanos y las ciudadanas en el marco de la descentralización. Poner al servicio de la Administración Distrital y de los ciudadanos la tecnología informática y la información sistematizada existente en las diversas entidades del Distrito. Evaluar los efectos fiscales de mediano plazo de las decisiones de gasto e integrar al proceso presupuestal mecanismos sistemáticos de evaluación de políticas públicas, priorización del gasto y la rendición de cuentas. Fortalecer la cultura organizacional de los servidores públicos, con el fin de afianzar su sentido de pertenencia e incrementar su productividad. Metas:
Proyectos prioritarios:
Implementación y sistematización del presupuesto por resultados en las entidades centrales, descentralizadas y locales, diseño y desarrollo de un sistema de contabilidad de costos, estructuración del marco de gasto de mediano plazo de las inversiones públicas.
Desarrollo de procesos de capacitación y formación, evaluación y reconocimiento de los servidores públicos a.2. POT: Orden para la armonía. Convertir el ordenamiento territorial, y los instrumentos de gestión que de éste se derivan en el marco de referencia de la gestión del Plan de Desarrollo del Distrito, para potenciar la acción sectorial de las entidades, aumentar su efectividad e incrementar los ahorros derivados de una gestión coordinada. Metas:
Proyectos prioritarios:
a.3. Cultura de la probidad y del control social Adoptar metodologías y procesos para la autorregulación institucional y ciudadana. Abrir espacios para facilitar la expresión ciudadana organizada y el control social sobre la gestión pública. Metas:
Proyectos prioritarios:
b. Para el mejoramiento del servicio a todos los habitantes del Distrito Capital y la generación de mecanismos de comunicación transparente y efectiva con las entidades distritales, se desarrollará el siguiente programa: b.1. Servimos al ciudadano. Reconocer la obligación de prestar un servicio más amable y efectivo a los ciudadanos reduciendo y mejorando trámites y ofreciendo mejores condiciones para la prestación del servicio. Poner en marcha mecanismos de información y comunicación entre la ciudadanía y la Administración Distrital. Metas:
Proyectos prioritarios:
c. Para el fortalecimiento de las competencias locales, se desarrollará el siguiente programa: c.1. Localidades Fuertes. Fortalecer los mecanismos democráticos y la capacidad técnica y administrativa de las localidades con el fin de lograr una gestión efectiva. Metas:
Proyectos prioritarios:
Artículo 39°. Mecanismos institucionales necesarios para la ejecución de los programas de Gestión Pública Admirable.
II PARTE PLAN DE INVERSIONES TITULO I ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN Artículo 40°. Estrategia financiera. Avanzar hacia una ciudad culta, competitiva, con altos niveles de productividad y con justicia social requiere de un alto nivel de inversiones y de entidades con una creciente capacidad de ejecución y altos niveles de eficiencia. Las proyecciones hechas desde el contexto actual de ingresos y gastos de la administración central para el cuatrienio, indican que los recursos de ahorro disponibles para inversión durante el período ascienden a $1.2 billones. Este monto de recursos no es suficiente para cubrir las urgentes necesidades de inversión que tiene la ciudad no sólo por el monto como tal sino por las inflexibilidades que generan las rentas atadas a gastos específicos. Por ello, fue necesario diseñar una estrategia financiera que permita cumplir con el Plan propuesto y que sea consistente con un sano contexto financiero (Cuadro 2). La estrategia comprende la generación de nuevos ingresos, el ahorro en gastos y una mayor utilización de fuentes externas. Adicionalmente, se llevará a cabo la reducción de capital de CODENSA, lo cual permitirá contar con mayores recursos para realizar inversiones sociales y de infraestructura. El Plan de Inversiones "BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado" asciende a $13.2 billones (todas las cifras están en pesos constantes del 2001), de los cuales $8.3 billones corresponden a la administración central, $1.4 billones a los establecimientos públicos y $3.5 billones a las empresas industriales y comerciales (Cuadro 1). La inversión de la administración central estará financiada con recursos tributarios, endeudamiento y la descapitalización de CODENSA. La inversión de los establecimientos públicos se realizará principalmente con recursos propios, mientras que las empresas industriales y comerciales financiarán $2 billones con ahorro y recursos propios y $942 mil millones con endeudamiento (Cuadros 3 y 4). A continuación se precisan en mayor detalle los componentes de la estrategia financiera del plan. Artículo 41°. Generación de nuevos ingresos. La consecución de nuevos ingresos se logrará fundamentalmente a través del fortalecimiento de la capacidad de generación de recursos propios de la ciudad, con el fin de aumentar su capacidad financiera y asegurar su sostenibilidad en el largo plazo. Esto se logrará a través de una estrategia que, por una parte, eleva los niveles de tributación y, por otra, reduce los niveles de evasión existentes. Reforma Tributaria: Una visión compartida de ciudad, incluyente y equitativa, competitiva y respetuosa de las leyes, requiere de una disposición para financiar con tributos el desarrollo. La reforma fortalece la presión tributaria (ingresos tributarios/PIB) ejercida por la administración distrital aumentándola de 3.3% en el período 1996-2000 a 4.68% en el año 2004. Consiste principalmente en el fortalecimiento de los impuestos Predial y de Industria y Comercio dándole una mayor participación al que grava la propiedad raíz. Adicionalmente, la reforma contempla el establecimiento de tres nuevas fuentes de ingreso como son los peajes, el cobro del alumbrado público y la participación en plusvalía. Esta combinación de fuentes genera los recursos necesarios para inversión sin afectar el tema de productividad, generación de riqueza y crecimiento económico (la estrategia llevará a que en el recaudo Distrital baje la participación del Impuesto de Industria y Comercio). En relación con las nuevas fuentes, se instalarán peajes en los principales puntos de entrada a la ciudad, para los vehículos que hacen uso de las vías de acceso y por consiguiente de la malla vial bogotana. El transporte público de pasajeros estará exento y los recursos se destinarán específicamente para el mantenimiento y financiación de la malla vial. El pago del costo de alumbrado público se traslada a los usuarios, tal como ocurre en otras ciudades del país. Esto hace equitativo el pago del servicio y libera recursos para destinar a nuevas inversiones sociales. La participación en la plusvalía permitirá asegurar el retorno a la comunidad de los aumentos de valor que generan decisiones administrativas y además permitirá enfrentar el flagelo de la especulación con la tierra. Con estos recursos se financiarán exclusivamente gastos de inversión destinados principalmente a programas de tipo social. Gestión Antievasión: Así como es una obligación del gobierno darle a conocer a los ciudadanos el uso que le da al pago de sus impuestos, es una obligación de éstos cumplir con sus obligaciones tributarias. En la medida en que los contribuyentes cumplan de manera positiva con el pago de sus impuestos y el gobierno los retribuya con obras que generen progreso y eleven el nivel y la calidad de vida de los bogotanos, el resultado es una relación gana-gana. El gobierno puede realizar mayores inversiones y de esta forma el ciudadano recibe más y mejores servicios. Si bien ya se han realizado importantes esfuerzos para reducir los niveles de evasión, los cálculos sugieren que estos esfuerzos deben continuar. Un propósito fundamental de la gestión antievasión es mejorar el cumplimiento tributario y así disminuir la brecha existente entre el recaudo potencial y el recaudo real. Para este efecto, la estrategia consiste en formar una cultura del buen comportamiento tributario y brindar una excelente atención al contribuyente. De otra parte, se continuará avanzando en mejorar la calidad de la información, en los mecanismos que permitan efectuar cruces de información con fuentes externas, y se tecnificará y capacitará el recurso humano. Se continuarán formando y actualizando los predios del distrito para fortalecer la base catastral. Se estima que la administración podría recaudar aproximadamente $170 mil millones en el período por este concepto. Cobro por Valorización: Contempla el cobro de obras de infraestructura de interés público que beneficien a la propiedad inmueble y que complementan los tratamientos de desarrollo y rehabilitación no previstas en el Acuerdo 9 de 1998 que rige actualmente. En el Plan de Inversiones se estima un recaudo de $254 mil millones por este concepto. En resumen, la estrategia de generación de nuevos ingresos incrementará de manera importante el nivel de tributación y la eficiencia en el cobro de impuestos. Esto se reflejará en el aumento real del recaudo por encima de su crecimiento vegetativo. Artículo 42°. Ahorro en gastos. En una Administración en la que los recursos públicos son considerados sagrados, la búsqueda de eficiencia en la ejecución del gasto se convierte en prioridad esencial de la gestión. La modernización institucional de la Administración adquiere especial relevancia, entonces, en términos de buscar elevar la capacidad operativa de las entidades distritales dentro de un contexto de austeridad y eficiencia. Esta estrategia se encuentra acorde con los principios que fundamentan la Ley de Saneamiento Fiscal que impone límites a los gastos de funcionamiento de los entes territoriales. En este sentido, además de la búsqueda de ajustes en la administración central, no se efectuarán transferencias a las empresas industriales y comerciales que generen pérdidas durante tres años consecutivos. Se entenderá que la empresa no es viable y por tanto se procederá a su liquidación o a la enajenación de la participación estatal en ella. Los resultados financieros de este ajuste, en el marco de las reformas institucionales que se realicen, se reflejarán a partir del año 2002 cuando empezarán a generarse los ahorros de los gastos de funcionamiento que servirán para financiar una mayor inversión. Por otra parte, el desarrollo de mecanismos y herramientas operativas, económicas y financieras que se presenten como exitosas en el mercado y que contribuyen al mejoramiento de la competitividad, la disminución del gasto público y la sostenibilidad de las finanzas, será una constante en los proyectos y planes para la ciudad. Buscando ahorro en sus gastos operativos y eficiencias en la gestión financiera, se adelantarán acciones tales como la realización de estudios y actividades pertinentes para la entrega de los recursos destinados al pago de pasivos de cesantías a entidades financieras que garanticen generación de rendimientos, transparencia y un efectivo manejo operativo. Asimismo, y como caso de resaltar, la información base de cálculo de erogaciones con cargo a recursos distritales será objeto de tratamiento prioritario en lo que se refiere a organización y sistematización. Artículo 43°. Nuevo Endeudamiento. El nivel de inversiones programadas en el Plan prevé la consecución de recursos de crédito de aproximadamente $1.3 billones en el período. Este nuevo endeudamiento se encuentra dentro de límites financieros razonables y preserva integralmente la capacidad de pago del Distrito. Es así como los indicadores de deuda establecidos en la Ley 358 de 1997 se mantienen dentro de los límites. En efecto, la relación intereses de la deuda sobre ahorro operacional aumenta ligeramente con respecto a la obtenida en 2000, pero aún se encuentra lejos de alcanzar el nivel legal del 40%. Asimismo, el indicador saldo de la deuda sobre ingresos corrientes se mantendrá en un nivel inferior al 80%, tal como lo exige la Ley. Para las empresas industriales y comerciales se prevé un endeudamiento de $942 mil millones, siendo la Empresa de Acueducto y Alcantarillado principalmente la que hará uso de esta fuente para inversiones prioritarias del sector. La política de endeudamiento del Distrito está orientada a obtener recursos de crédito mediante una mezcla de instrumentos de deuda que por un lado garanticen el financiamiento del Plan y por el otro preserven la capacidad de pago de la ciudad. En este contexto, la estrategia de endeudamiento diversificará las alternativas de financiación internas y externas, manteniendo un equilibrio entre los parámetros de costo, plazo y riesgo que garanticen la sostenibilidad de la deuda a corto y largo plazo. Asimismo, el Distrito mantendrá su calificación de riesgo nacional e internacional, si las condiciones del país lo permiten. Las autorizaciones de endeudamiento y garantía conferidas se entenderán agotadas una vez utilizadas. Las operaciones de crédito público que fueren canceladas por no utilización o por amortización incrementarán en igual cuantía la disponibilidad del cupo de endeudamiento afectado. Sin embargo, los montos que se afecten y no se contraten o los que se contraten y se cancelen por no utilización, así como los que se reembolsen en el curso normal de la operación, incrementarán en igual cuantía la disponibilidad del cupo afectado y, para su nueva utilización, se someterán a lo establecido por el régimen legal vigente. Las operaciones de manejo de deuda que no constituyan un nuevo endeudamiento no se contabilizarán dentro del cupo de endeudamiento. Por otra parte, la Dirección Distrital de Tesorería podrá otorgar créditos de tesorería hasta por un plazo que no exceda la respectiva vigencia fiscal, a las entidades del orden distrital, en cumplimiento de convenios interadministrativos para el desarrollo de proyectos específicos, de conformidad con las condiciones y requisitos que establezca la Secretaría de Hacienda del Distrito Capital a través de su Comité de Riesgos. Artículo 44°. Reducción de Capital de Codensa. Se estima que se recibirán $487.514 millones provenientes de la reducción de capital de la Empresa Distribuidora y Comercializadora de Energía de Bogotá (CODENSA S.A. ESP). La conveniencia de esa operación está soportada en varios estudios de prestigiosas entidades, entre ellas la Universidad de los Andes y Booz Allen e Inverlink. Los resultados de esos estudios confirman que la estructura de capital de esa empresa no es óptima y por lo tanto se está destruyendo el valor para sus accionistas, entre ellos todos los bogotanos. La recomendación de estos estudios es reducir el capital de CODENSA en un valor cercano a $1.2 billones, mejorando la relación de deuda a patrimonio. Con esta reducción, la empresa seguiría manteniendo una calificación de riesgo de AAA (la más alta en el mercado crediticio), de acuerdo con la evaluación realizada por Duff and Phelps de Colombia. Mantener exceso de recursos en esta empresa no corresponde a los objetivos del Distrito y tampoco es una inversión recomendable desde el punto de vista estratégico, financiero y del costo de oportunidad de los recursos allí invertidos. Por otra parte, desde un enfoque estrictamente jurídico, CODENSA cumple con creces los requerimientos del Código de Comercio para proceder a la reducción de capital por el monto mencionado. El Balance General con corte a junio 30 de 2000 muestra que el activo social es 9.1 veces el pasivo externo. Igualmente el pasivo pensional de largo plazo apenas representa el 3.4% del valor patrimonial. Los recursos obtenidos por la reducción de capital se destinarán principalmente a financiar gastos de inversión en justicia social, educación y malla vial. No obstante, el 20% de estos recursos se destinarán al Fondo Público de Pensiones, específicamente para el pago de bonos pensionales. Lo anterior, refleja el esfuerzo que realiza el gobierno distrital para generar mayor ahorro mostrando un alto nivel de responsabilidad financiera para atender estos pagos. Artículo 45°. Otras Fuentes de ingreso Otras posibles fuentes de ingresos que apoyarán financieramente el Plan y sobre las cuales el Distrito trabajará en forma agresiva, son las referentes a las transferencias de la Nación, la cofinanciación y la cooperación técnica internacional. Con respecto a las transferencias de la Nación, la administración distrital gestionará ante la Nación mayores recursos para cubrir totalmente la nómina de inversión social (salud, educación y bienestar social). Cabe destacar que el gobierno distrital participó activamente en las discusiones del Acto Legislativo que modificó el sistema de transferencias de la Nación a las entidades territoriales con el fin de lograr una sostenibilidad creciente en dichos recursos. Con esta participación se logró minimizar el impacto negativo que tendría el proyecto en las finanzas de Bogotá. De ahora en adelante, como Bogotá tiene un puesto en la mesa de discusión, el gobierno distrital trabajará fuertemente para lograr la modificación de la fórmula de Ley 60 que distribuye los montos de educación, salud y resto entre los entes territoriales. En lo que se refiere a la cofinanciación, el Distrito mejorará su gestión para acceder a mayores recursos de la Nación. Se presentarán más y mejores proyectos bien evaluados y apoyados técnicamente para acceder a recursos del Fondo Nacional de Regalías. Adicionalmente, el Distrito participará y gestionará de manera activa ante el programa Empresa Colombia la consecución de recursos que permitan desarrollar planes conjuntos que tengan un alto impacto en programas sociales como Empleo en Acción y Jóvenes en Acción'. Asimismo se realizarán proyectos de cofinanciación con las localidades. De esta manera, aumenta la coordinación de los esfuerzos entre el gobierno distrital y las localidades, lo cual redundará en una mayor complementariedad de las obras que se realicen. De la misma manera, se buscará fuentes de recursos adicionales a través de convenios de cooperación técnica internacional y participación del sector privado. Artículo 46°. Ejecución. Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Inversiones dependerán de la implementación de las estrategias de financiamiento planteadas. En el evento en que los ingresos proyectados no alcancen los niveles aquí señalados, el Distrito ajustará el Plan a los recursos disponibles a través de los presupuestos anuales. Artículo 47°. Inversión por Objetivos y Sectores. La inversión del Plan "BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado" se estructura en siete prioridades: Cultura Ciudadana, Productividad, Justicia Social, Educación, Ambiente, Familia y Niñez y Gestión Pública Admirable. El monto de inversión se concentra en las prioridades Productividad, Educación y Justicia Social las cuales alcanzan el 36.2%, 26.8% y 19.4% respectivamente. Las prioridades Cultura Ciudadana, Ambiente, Familia y Niñez y Gestión Pública Admirable concentran el 17.6% restante de la inversión (Cuadros 5 y 6). Desde la perspectiva sectorial, en el sector educación se prevé la mayor inversión correspondiente a $3.7 billones, seguida por el sector servicios públicos con $3.2 billones, salud y bienestar, con $3.4 billones y transito, transportes y obras viales con $3.1 billones(Cuadro 7). En el Cuadro No. 8 se presenta la inversión plurianual por objetivos del Plan. Artículo 48°. Programa de Ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial . Con el fin de integrar el Plan de Ordenamiento Territorial con el Plan de Desarrollo, en el Anexo No. 1 del presente Plan, denominado "Programa de Ejecución" se asignan los recursos para la ejecución de los proyectos de corto plazo (2000 ¿ 2004) previstos en el Plan de Ordenamiento Territorial, los cuales se ejecutarán según la disponibilidad de recursos prevista en el presente Plan. TITULO III PROCESOS DE COORDINACIÓN ARTICULO 49°. Coordinación interinstitucional y local. El plan de Desarrollo 2.001-2.004 "BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado" ha sido diseñado en forma participativa tanto al interior de la Administración como en su relación con la ciudadanía. Su ejecución será un ejercicio igualmente coordinado que implicará mecanismos de gestión integral. La responsabilidad interinstitucional estará a cargo de coordinadores de objetivos y de programas que velarán por la acción integrada de las entidades ejecutoras del plan. Igualmente habrá un sistema de seguimiento permanente que permita verificar los avances del Plan por entidad y por prioridad. Asimismo, y como objetivo primordial de la Administración, habrá un enfoque de gestión hacia las administraciones locales de tal forma que se logre fortalecer su capacidad de planeación, ejecución y evaluación de los planes de desarrollo local que serán complemento esencial de las acciones del gobierno central. Los objetivos o prioridades, metas y programas incluidos en el presente Plan de Desarrollo son predicables para los Planes de Desarrollo Local. ARTICULO 50°. Coordinación con los niveles nacional, regional y local. La obtención de resultados del plan de desarrollo dependerá, además de la acción concertada y coordinada de las entidades del Distrito, de un ejercicio de discusión permanente alrededor de temas estratégicos para Bogotá, con el Gobierno Nacional y los departamentos y municipios de la región. En particular, se establecerá una instancias de análisis de temas legislativos que afecten presupuestal o estratégicamente los resultados del Plan en Bogotá, para efectos de participar activamente en las decisiones de carácter legislativo o administrativo de otros niveles de Gobierno relacionadas con el Distrito. Asimismo, se concertarán decisiones con respecto a proyectos que afecten municipios de la re ión se presentarán propuestas conjuntas de acciones que puedan realizarse en asocio con otros gobiernos de carácter territorial. En el ámbito internacional, la Administración identificará proyectos y programas con recursos de carácter bilateral o multilateral en los que pueda participar para lograr mayores niveles de financiación del plan y reconocimiento de la ciudad a nivel internacional. ARTICULO 51°. VIGENCIA El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga y modifica las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C. a los 1 junio de 2001 El Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS. La Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, CAROLINA BARCO DE BOTERO. Nota: Fue publicado en Registro Distrital No. 2403 del 01de junio de 2001 |