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0305-016417
Santa Fe de Bogotá, D.C., 04 MAYO 1995
Señor Nelson Pereira Salinas Presidente Junta Administradora Localidad 18 Rafael Uribe Uribe Calle 22C sur No. 14ª-99 P1 Ciudad
Apreciado señor:
Ver el Concepto de la Secretaría General 05 de 2005, Ver el Concepto de la Sec. General 58 de 2005 En cuanto a la inquietud planteada, en el caso concreto de la Edil Nubia Medrano, en lo pertinente a la posibilidad de ser reemplazada por el segundo renglón de su lista, el Decreto Ley 1421 de 1993 no trae el procedimiento sobre el particular. Sin embargo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 67 del ya citado Decreto Ley, son aplicables a los ediles las normas del Estatuto Orgánico de Santa Fe de Bogotá, D.C., relativas a faltas absolutas y temporales de los Concejales. Es decir, se aplicará lo señalado en el numeral 1º del artículo 33 del ya citado Decreto Ley. De otra parte, los artículos 107 al 113 del Reglamento del Concejo, establecen que las faltas absolutas o temporales de los Concejales del Distrito Capital serán suplidas por los candidatos, según el orden de inscripción, en forma sucesiva y descendente, que correspondan a la misma lista electoral. Por lo tanto, dicho procedimiento se puede aplicar al caso en mención. Igualmente, el Acto Legislativo No. 03 del 15 de diciembre de 1993, por el cual se adicionan los artículos 134 y 261 de la Constitución Política, determina en el artículo 1º que las faltas temporales o absolutas serán suplidas por los candidatos que según el orden de inscripción, en forma sucesiva y descendente, correspondan a la misma lista electoral. Tratándose de una falta temporal, aprobada por la mesa directiva de la Corporación, debe suplirse por el segundo renglón de la lista ante la Junta Administradora Local. De conformidad con lo previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, la respuesta a consultas como la que se formula, no compromete la responsabilidad de la entidad que las atiende, ni es de obligatorio cumplimiento o ejecución.
Cordialmente,
RAMIRO CARRANZA CORONADO. Director (E) Oficina de Estudios y Conceptos
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