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Resolución 193 de 2007 Fondo de Educación y Seguridad Vial - FONDATT

Fecha de Expedición:
06/09/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/09/2007
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RFONDATT01932007

RESOLUCIÓN 0193 DE 2007

(Septiembre 06)

"Por medio de la cual se modifica la resolución 005 de 2007 y se dictan nuevas disposiciones"

EL LIQUIDADOR DEL FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL FONDATT EN LIQUIDACIÓN

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la leyes 23 de 1991 y 446 de 1998, el Decreto 1214 de 200, modificado por el Decreto 2097 de 2002 y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto 563 del 2006 se ordenó la supresión disolución y liquidación del Fondo de Educación y Seguridad Vial - FONDATT y se conformó la planta de personal del Fondatt,

Que mediante la resolución No. 001 del 2 de enero del 2007 el Alcalde Mayor asignó para todos los efectos a la Subsecretaria de Hacienda de la Secretaria de Hacienda Distrital el ejercicio de la funciones de liquidador del Fondo de Educación y Seguridad Vial Fondatt en liquidación.

Que mediante la resolución 005 del 13 de Febrero del 2007 se integró el Comité de Conciliación del Fondatt en Liquidación designando para ello a algunos funcionarios de la planta de personal del Fondatt en liquidación, incluyendo al Subsecretario de Hacienda Distrital quien ejercía las funciones de liquidador.

Que la administración Distrital observando la necesidad del Fondatt en liquidación de tener una estructura organizacional a efectos de garantizar el control jerárquico y la coordinación entre otros de las actividades propias del proceso liquidatorio y aquellas inherentes a la liquidación, profirió el Decreto 258 del 25 de Junio del 2007.

Que mediante el articulo cuarto del Decreto 258 del 2007 se conformó la estructura para la liquidación del Fondatt así: 1. Despacho del Gerente Liquidador, 2. Dirección Jurídica 3. Dirección Corporativa

Que el numeral cuarto del artículo tercero del Decreto 258 del 2007 señaló como una de las funciones de la Junta liquidadora del Fondatt en liquidación, la de "Autorizar al liquidador para transigir, conciliar, comprometer, compensar o desistir judicial o extrajudicialmente en los proceso y reclamaciones que se presenten dentro de la liquidación"

Que por lo anterior, y conforme a la disposición legal vigente se hace necesario modificar la resolución 005 del 2007 por medio de cual se integra el Comité de Conciliación del Fondatt, acomodándolo a la nueva estructura del Fondatt en liquidación.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO- El artículo Segundo de la Resolución No 005 de 2007 quedara así:

Articulo Segundo - Integración: El Comité de Conciliación del FONDATT EN LIQUIDACIÓN estará conformado por los siguientes funcionarios, quienes concurrirán con voz y voto y serán miembros permanentes:

1. El Liquidador del FONDATT EN LIQUIDACIÓN

2. La Directora Jurídica del FONDATT EN LIQUIDACIÓN

3. La Directora Corporativa del FONDATT EN LIQUIDACIÓN

4. Un funcionario del área de Defensa Judicial, abogado designado por el Gerente Liquidador

ARTÍCULO SEGUNDO- El artículo Tercero de la Resolución 005 de 2007, además de las funciones contenidas en el tendrá la siguiente función:

1- Elaborar un informe a presentar a la Junta Liquidadora en los casos en que el Gerente Liquidador requiera conciliar, comprometer, compensar o desistir judicial o extrajudicialmente en los procesos o reclamaciones que se presentan dentro de la liquidación.

ARTÍCULO TERCERO- Vigencia - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá a los de seis (6) días del mes de septiembre de 2007

CLAUDIA ISABEL OSORIO CELIS