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Proyecto de Acuerdo 27 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PROYECTO DE ACUERDO No. 027 DE 2010

Ver Acuerdo Distrital 439 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

"Por medio del cual se crea la Estrategia: "CONOCE LA NATURALEZA, CUIDA TU AMBIENTE" y se establece un etiquetado educativo para la identificación de plantas en parques de escala metropolitana del Distrito Capital"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Introducción:

La toma de conciencia sobre la crisis ambiental, condujo a la definición de estrategias para mitigar los impactos negativos y encauzar una cultura ambiental que viabilizara la sostenibilidad planetaria. Es así como la Estrategia Mundial para la Conservación de la Biodiversidad, promovida por la Asociación Internacional de Jardines Botánicos (IABG) y Botanics Gardens Conservation Internacional (BGCI), la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN), la FAO, la UNESCO y otros organismos internacionales, esta orientada a: Conservar los procesos y estructuras esenciales de los ecosistemas; preservar la diversidad genética, y asegurar que la utilización de las especies y ecosistemas sea sostenida. Igualmente, estas instituciones considerando que los jardines tienen el triple propósito de: conservación, propagación, y difusión cultural de los valores del mundo vegetal, encauzan a los jardines a elaborar programas educativos para concientizar a la sociedad sobre la necesidad de proteger los ecosistemas1.

La botánica es la parte de la Biología que estudia las plantas. Etimología: dos palabras griegas están involucradas: botane, que significa hierba forrajera o hierba útil; y phyton, que significa planta en general.

De un modo general, las plantas son estudiadas por la Bioquímica (estudio de las moléculas orgánicas), la genética (estudio de la herencia), la Citología (estudio de las células), la Histología (estudio de los tejidos), la Morfología (estudio de los órganos). Estas tres últimas se incluyen dentro de la Anatomía, y además son estudiadas por la Fisiología (estudio del funcionamiento del organismo).

La ordenación en grupos de los vegetales y su clasificación son estudiados por la Sistemática Vegetal, en conjunción con la Taxonomía Vegetal.

¿Que es Taxonomía?

Es la ciencia que trata del descubrimiento, la descripción y la clasificación científica formal -. Que incluye la asignación de nombres científicos – de especies o grupos de especies en un sistema jerárquico que refleja el conocimiento existente sobre sus relaciones filogenéticas (relaciones evolutivas entre especies, es decir, de patrones de historias evolutiva y ancestros comunes entre especies y grupos de especies2.

Se forma de una colección de grupos llamados taxones subdivididos en distintos rangos o categorías taxonómicas.

La taxonomía es un tipo de nomenclatura que comenzó a utilizarse gracias al naturalista Carl Von Linné allá por mediados de 1700. Cada taxón o grupo taxonómico recibe un nombre (científico) en latín. Esto es lo que lo vuelve un método universal de clasificación de las especies.

Los taxones supra específicos (clase, orden, familia, género) tienen un solo nombre, pero los taxones de la categoría especie se designan con dos nombres y por eso se denomina a este sistema de clasificación "nomenclatura binominal".

La nomenclatura binominal fue inventada por Linneo y designa a cada especie con dos nombres en latín.

El primero (siempre en mayúscula) indica el género. El segundo (en minúscula) el de la especie.

Generalmente, la taxonomía vegetal incluye la siguiente información:

*Nombre común

*Nombre científico

*Familia

*Origen

*Usos

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO

OBJETIVO GENERAL:

El presente Acuerdo tiene por objeto definir los lineamientos generales para la implementación de un plan de ETIQUETADO EDUCATIVO de todas las especies naturales de los parques de escala metropolitana del Distrito Capital, basados en la TAXONOMIA VEGETAL que maneja EL Jardín Botánico José Celestino Mutis, con el propósito de generar una cultura de aprecio al árbol como generador de vida, haciendo de estos espacios: fuentes de conocimiento de la naturaleza.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

*Aprender a conservar paisajes en estado natural.

*Conocer nuestro Patrimonio Natural.

*Apreciar la importancia de ser formadores y transmisores de buenas acciones con respecto al ambiente.

II. ALCANCES Y PROPOSITOS DEL PROYECTO DE ACUERDO

"Sólo se aprecia lo que se conoce, y lo que se conoce y se aprecia: se cuida, mejora y preserva"

Este proyecto pretende estimular el sentimiento hacia la naturaleza y particularmente hacia los árboles, grandes generadores de oxigeno y de vida, y también, grandes filtros del gas carbónico: contaminante y destructor del medio ambiente.

Orientamos la propuesta hacia la preservación y a la protección de la naturaleza y del equilibrio ecológico; al conocimiento de las diferentes especies que habitan nuestro territorio y su valor como recurso potencial para la humanidad. La idea es que cada individuo, con el acercamiento a la naturaleza, mediante el conocimiento de sus características genotípicas, aprender de ellas y desarrolle un sentido de pertenencia y de cuidado hacia los propios recursos, pues: "mientras más se conoce, más se aprecia y más se cuida". Debemos cuidar la naturaleza; su destrucción, puede, en menos del tiempo que se cree, convertir a todos los seres vivos, especies en vías de extinción.

Es importante tener una conciencia ecológica, pero lo primero que debemos hacer para contar con ella es darnos cuenta de qué es la naturaleza en realidad.

En el mundo hay mucha gente que desea hacer algo por la Tierra, por la naturaleza, los animales, etc., pero las campañas ecologistas no pueden ganar esta lucha solas, necesitan de la cooperación de todos nosotros. Por ello es importante destacar que para que esto se logre es necesario concientizar nuestros actos y tener una verdadera voluntad de cambiar en algo las injusticias que cometemos.

Debemos sentir con el corazón que no se trata de un objeto, que cada elemento de la naturaleza (animales, plantas, mares, montañas, etc.) es realmente valioso y que merece recibir amor, pero que sobre todo debe ser respetado. La naturaleza también necesita del respeto para desarrollarse en armonía y para evolucionar con felicidad, igual que nosotros. Por ello es preciso que detengamos nuestra crueldad y que nos sensibilicemos para que nuestra mente deje de ser indiferente ante la verdadera realidad, ante esa realidad que en estos momentos nos grita "¡Deténganse, por favor!". Debemos de ver que son seres que necesitan recibir y dar amor, que piden respeto, que necesitan desarrollarse libremente.

Aprender de la naturaleza es entender quiénes somos, dónde estamos, y qué debemos hacer, por ella y, por supuesto, por nosotros mismos.

El alcance de este proyecto es identificar las especies naturales existentes en los diferentes parques distritales de escala metropolitana con mayor flujo de visitantes, con el propósito de que éstos puedan nutrirse de la información suficiente para el conocimiento de la naturaleza.

Vale la pena comentar, acorde con la ponencia rendida por el Honorable Concejal Antonio Sanguino al proyecto de Acuerdo 137 de 2009, que en "el municipio de Guadalajara, México, se ha desarrollado un programa denominado "Rutas Ecológicas" el cual incluye elementos de taxonomía vegetal, que se contemplan en el presente Proyecto de Acuerdo, y que está dirigido a la ciudadanía con el fin de sensibilizar y reconocer la importancia de la naturaleza y de su óptimo aprovechamiento3. Incluso, algunos estudios han demostrado que las comunidades que viven en zonas urbanas arborizadas presentan menores niveles de violencia doméstica y por el contrario, se crean mejores y más fuertes lazos de solidaridad en los ámbitos comunitarios4."

III. JUSTIFICACION

La Contraloría de Bogotá, D.C., en su Informe sobre el Estado de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente – 2006, dentro del Programa "Mandato Verde, Siembra a Bogotá en tu corazón", al evaluar los proyectos dentro del Sector Ambiental del Plan de Desarrollo "Bogotá sin Indiferencia", y particularmente al proyecto: "Procesos de educación y cultura para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad del Distrito capital", que contemplaba como uno de sus objetivos: "Estimular a los habitantes del Distrito el amor por la naturaleza y los recursos naturales mediante el desarrollo de programas educativos, recreativos, culturales y la entrega de información sobre ellos", encontró que menos del 4% de los Bogotanos muestra interés en los programas de educación ambiental, lo que denota nuestro escaso afecto por el tema, redundando negativamente en el manejo y cuidado de los recursos naturales por parte de los capitalinos.

Es nuestro interés con este proyecto de acuerdo, despertar entre los habitantes de Bogotá, una cultura de aprecio al árbol y a los recursos naturales en general, como generadores de vida, mediante el conocimiento de las distintas especies a través de la implementación de una taxonomía vegetal que identifique a cada una de ellas.

Los parques, además de cumplir una función ecológica y ambiental, cumplen una función social, por lo tanto éstos deben constituirse como escenarios para el sano esparcimiento, la recreación, la cultura, y la educación ambiental; en tal sentido, como fuentes de conocimiento de la naturaleza.

IV. ANTECEDENTES

Este proyecto ha sido radicado en cinco oportunidades anteriores bajo los números 296, 339 y 588 de 2008 y 017, 137, 246 y 354 de 2009, recibiendo PONENCIA POSITIVA de los Honorables concejales que a bien tuvieron estudiar los postulados de esta iniciativa, resaltando los valores de la misma y efectuando sus particulares aportes para su mejoramiento; aportes que esta Concejalía agradece por el apoyo e interés brindado para la construcción de esta nueva versión.

La Administración Distrital por su parte, a través de la Secretaría de Ambiente ha presentado CONCEPTO DE VIABILIDAD Y AVAL respaldando la iniciativa, no sin antes efectuar sus comentarios y aportes, los cuales, naturalmente, han sido tomados en cuenta por parte del autor en la reformulación de este proyecto, tras el reconocimiento de su calidad de ente competente y experto en la materia.

En las oportunidades que la administración ha encontrado dificultades para la viabilización del proyecto y ha emitido concepto negativo dadas algunas dudas sobre conceptos técnicos y costos para la implementación de la medida, se han realizado sendas reuniones con la Secretaría de Ambiente y el Jardín Botánico, donde se ha logrado corregir algunos términos del proyecto y se ha hecho un ajuste a su plan de ejecución financiera, con el fin de reducir el impacto fiscal que esta norma pueda causar.

V. MARCO LEGAL

Constitución Política

Artículo 67.- "la educación es un derecho de la persona y u servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente."

Artículo 79.- "todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, y que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente y fomentar la educación para el logro de estos fines".

Artículo 313.- Establece que corresponde a los concejos "Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio."

(Subrayado fuera de texto).

Ley 99 de 1993

El artículo 65 de la ley 99 de 1993 establece en su numeral 2 como función del Distrito Capital, dictar, con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio.

Y el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, establece que los municipios y distritos de más de un millón (1.000.000) de habitantes, ejercerán dentro del perímetro urbano, las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales, en lo aplicable al medio ambiente urbano.

Ley 299 de 1996

Por la cual se protege la flora colombiana y se reglamentan los jardines botánicos.

Artículo 1º.- "La conservación, la protección, la propagación, la investigación, el conocimiento y el uso sostenible de los recursos de la flora colombiana son estratégicos para el país y constituyen prioridad dentro de la política ambiental. Son de interés público y beneficio social y tendrán prelación en la asignación de recursos en los planes y programas de desarrollo y en el presupuesto general de la Nación y en los presupuestos de las entidades territoriales y de las Corporaciones Autónomas Regionales."

Artículo 2º.- Determina como objetivos de los jardines botánicos los siguientes:

"a) Mantener tanto los procesos ecológicos esenciales, como los sistemas que soportan las diferentes manifestaciones de la vida;

b) Preservar la diversidad genética;

c) Contribuir de manera efectiva y permanente a través de su labor investigativa y divulgativa al desarrollo regional y nacional, y

d) Contribuir a que la utilización de las especies de la flora y de los ecosistemas naturales se efectúe de tal manera que permita su uso y disfrute no sólo para las actuales sino también para las futuras generaciones de habitantes del territorio colombiano, dentro del concepto del desarrollo sostenible."

Artículo 13.- "Los jardines botánicos establecerán programas especiales de arborización urbana, forestación y reforestación de cuencas hidrográficas, para lo cual, previa contratación prestarán a las entidades estatales asesoría como consultores en estas materias o proveerán, cuando dispongan de viveros, del material vegetal necesario para estos efectos."

(Subrayado fuera de texto)

Decreto 190 de 2004

Decreto que compiló las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003 que conforman el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, D. C, define el Sistema de Espacio Público y en el mismo se contempla que el espacio público, de propiedad pública o privada, se estructura mediante la articulación espacial, entre otros elementos, el subsuelo, los parques, las alamedas, los antejardines y demás elementos naturales y construidos definidos en la legislación nacional y sus reglamentos. En tal sentido en los Artículos 239 y subsiguientes, define el Sistema de Espacio Público y clasifica los distintos parques distritales de acuerdo a su escala.

Decreto Distrital 561 de 2006

Determina la función de la Secretaria Distrital de Ambiente, y la define como la autoridad ambiental dentro del perímetro urbano del Distrito Capital.

Decreto Distrital 472 de 2006

Reglamenta la arborización, aprovechamiento, tala, poda, trasplante o reubicación del arbolado urbano y se definen responsabilidades de las entidades Distritales en relación con el tema.

Acuerdo 257 de 2006

"Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones"

Artículo 103. Naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Ambiente.

(…)

Además de las atribuciones generales establecidas en el presente Acuerdo para las secretarías, la Secretaría Distrital de Ambiente tiene las siguientes funciones básicas:

(…)

e. Formular y orientar las políticas, planes y programas tendientes a la investigación, conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de los recursos naturales y servicios ambientales del Distrito Capital y sus territorios socio ambientales reconocidos.

j. Formular, ejecutar y supervisar, en coordinación con las entidades competentes, la implementación de la política de educación ambiental distrital de conformidad con la normativa y políticas nacionales en la materia.

r. Promover y desarrollar programas educativos, recreativos e investigativos en materia ecológica, botánica, de fauna, medio ambiente y conservación de los recursos naturales.

VI. COMPETENCIA DEL CONCEJO

El Concejo de Bogotá, D.C., es competente para dictar el presente acuerdo, apoyado en las siguientes disposiciones:

Decreto-Ley 1421 de 1993

En el Articulo 12 contempla: Atribuciones: Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

7. Dictar las normas necesarias para garantizar la preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente.

VII. IMPACTO FISCAL

Es de precisar que la implementación de lo propuesto en el presente Proyecto de Acuerdo, implica que la Administración Distrital invierta recursos económicos, más que justificados, en programas de educación ambiental y de promoción de los recursos naturales, para lo cual, incluirá en los Planes de Desarrollo y en los presupuestos anuales de Ingresos y Gastos, recursos para la financiación de esta iniciativa.

En tal sentido, como ya se mencionó, en reuniones efectuadas con la Secretaría Distrital de Ambiente y el Jardín Botánico José Celestino Mutis, se revisaron los costos del proyecto, su financiación y el impacto fiscal que pudiera causar, lo cual condujo a un ajuste en el articulado para permitir que la ejecución del miso se haga progresivamente, año por año, y en los parques que dentro de un esquema de priorización defina para cada anualidad el Jardín Botánico.

Para la vigencia fiscal 2010, la Administración puede canalizar los recursos necesarios para la implementación de esta iniciativa a través de las siguientes instituciones y rubros presupuestales contenidos en el Decreto 560 de 2009, "Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010", expedido por el Alcalde Mayor de la Ciudad, el que contiene entre otros: 3-3-1-13-06-45-0576: Comunicación transparente al servicio de los ciudadanos para la formación de una cultura ambiental: $2.038.132.000.

Así las cosas, en relación con lo dispuesto en la ley 819 de 2003, considera este concejo, que el proyecto de acuerdo no genera impacto fiscal que afecte las finanzas del distrito, por lo que se considera, no genera erogaciones presupuestales adicionales a las ya establecidas.

Cordialmente,

CELIO NIEVES HERRERA

Concejal de Bogotá

EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numerales 1° y 7°,

ACUERDA:

Artículo 1. Créase la Estrategia: "CONOCE LA NATURALEZA, CUIDA TU AMBIENTE", con el propósito de estimular en los habitantes del Distrito Capital el amor por la naturaleza, el conocimiento de la Botánica y el cuidado del ambiente.

Artículo 2. Corresponde a la Secretaria Distrital de Ambiente, orientar el conjunto de acciones para la implementación de esta estrategia; en especial, a través del Jardín Botánico José Celestino Mutis, quien diseñará y adelantará el etiquetado educativo para la identificación de plantas en parques distritales de escala metropolitana de Bogotá, mediante placas colocadas en postes livianos de baja altura junto a cada espécimen, al menos uno por cada especie, que contengan como mínimo, la siguiente información: Nombre común, Nombre científico, Familia, Origen y Usos.

Dicho proceso se ejecutará progresivamente en los parques que dentro de un esquema de priorización defina cada año el Jardín Botánico.

Artículo 3. El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte – IDRD, promoverá campañas pedagógicas de divulgación y fomento de este programa en los parques donde se aplique la medida.

Artículo 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga todas las normas que le sean contrarias.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Jardines Botánicos Universitarios en la Universidad Estatal del Centro Occidente – Morelia Pabón Patiño.

2 Flora Amenazada – Jardín Botánico de Bogotá – José Celestino Mutis. Pérez Arbelaezia.

3 Arbórea. Revista cuatrimestral, año 6, número 10, julio de 2004, págs. 8-13.

4 Technology bulletin 4. Urban & Community Forestry Assistance Program. January 1996 Forestry report R8-FR56.