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RESOLUCIÓN 000159 DE 2009 (Junio 12) "Por la cual se crea la comisión de personal de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico para el periodo 2009-2011" LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas mediante Acuerdo 257 de 2006 y CONSIDERANDO: Que la ley 909 de 2004 y su Decreto Reglamentario 1228 del 21 de Abril de 2005, reglamento la existencia de las Comisiones de Personal para los organismos y entidades públicas. Que de conformidad con el contenido del Artículo 16 de la ley 909 de 2004 se hace necesario conformar la Comisión de Personal para que ejerza las funciones establecidas legalmente. Que según el contenido del Articulo 1 del Decreto l2 (Sic) 2005, la Comisión de Personal debe estar conformada por dos (2) representantes del organismo o entidad designados por el nominador o quien haga sus veces, y dos (2) representantes de los empleados quienes serán elegidos por votación directa, con su respectivo suplente. Que la Secretaria de Despacho de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico por medio de la comunicación 20091E45436 del 12 de Junio de 2009, designó como representantes de la administración ante la Comisión de Personal a los siguientes funcionarios, así:
Que de acuerdo a la votación realizada al interior de la entidad el día 5 de Junio de 2009, fueron elegidos los representantes y suplentes de los emple (sic) que deben integrar la Comisión de Personal de la Entidad, así:
Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1°: Crear y poner en funcionamiento la Comisión de Personal de acuerdo con la normatividad vigente establecida en la ley 909 de 2004 y el Decreto 1228 de 2005, para el periodo comprendido entre el 15 de Junio de 2009 y el 15 de Junio de 2011. Artículo 2°: La Comisión de Personal estará integrada por los siguientes funcionarios:
Artículo 3°: El periodo de elección de los miembros de la Comisión de Personal de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico es dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia del presente acto administrativo.Artículo 4°: Además de las funciones asignadas en otras normas, la Comisión de Personal de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico cumplirán taxativamente las enunciadas en el articulo 16 de la ley 909 de 2004 Artículo 5°: Las reuniones y demás actuaciones administrativas de la Comisión de Personal se realizarán por lo menos una vez a 1 mes, en concordancia con la normatividad al respecto. Artículo 6°: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá a los 12 días del mes de junio de 2009 MARIELA BARRAGAN BELTRÁN Secretaría de Despacho |
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