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Decreto Local 8 de 2009 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
21/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4349 de diciembre 30 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2009

(Diciembre 21)

Por el cual se liquida el Acuerdo Local No.03 de 2009 mediante el cual se aprueba el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia Fiscal de 2010, comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2010

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVA

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el articulo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y las que le confiere el Decreto 1139 de 2000 en sus artículos 19 y 21.

CONSIDERANDO.

Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local" en su artículo 16 establece que "El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local – JAL, dentro de los tres primeros días de las sesiones ordinarias del mes de diciembre, a nivel de programas el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación; que adicionalmente el Alcalde Local presentará el mensaje presupuestal y un anexo informativo con el detalle de la composición del presupuesto hasta nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de presupuesto."

Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local", en su artículo 17 establece que "El computo de ingresos presentado por el Alcalde Local con arreglo a las normas del presente Decreto no podrá ser aumentado por la JAL sin el concepto previo de aquél, expresado en mensaje escrito. El mismo requisito se exigirá para aumentar o incluir nuevas partidas en el Presupuesto de Gastos presentado por el Alcalde Local. Si se eleva el cálculo de los ingresos o se elimina o disminuye alguna de las apropiaciones del Presupuesto de Gastos, las sumas disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras inversiones o gastos, previa aceptación escrita del Alcalde Local. La JAL podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Alcalde Local, con excepción de las que necesiten para la atención completa de los servicios ordinarios del Fondo de Desarrollo Local de Engativá y las inversiones autorizadas en el correspondiente Plan de Desarrollo Local a que se refieren el numeral primero del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 88 de la Ley 617 de 2000.

Que mediante Circular No. 13 de Marzo 24 de 2009 la Dirección Distrital de Presupuesto entrega los lineamientos de Política Presupuestal Vigencia Fiscal 2010.

Que mediante Circular No 05 de Agosto de 2009 la Dirección Distrital de Presupuesto entrega la guía para la elaboración del presupuesto de los FDL Vigencia 2010 y los plazos para la entrega de la información, en cumplimiento del Artículo 102 del Decreto 714 de 1996- Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y el Decreto 1139 del 2000.

Que mediante Circular No 25 de Septiembre 15 de 2009 la Dirección Distrital de Presupuesto entrega la modificación cronograma para la elaboración del Presupuesto de los FDL vigencia 2010.

Que la Secretaría de Hacienda Distrital informó con oficio 2009EE681922 de fecha 09-10-2009 radicado CALE 015818-2, Presupuesto 533, que la cuota de Transferencia de la Administración Central asignada para Inversión al Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2010 es: Para Libre asignación Inversión Directa de $28.932.882.000.00 por Destinación Mínima para Pavimentos locales (sobretasa a la Gasolina) la suma de $ 2.182.783.000.00 para un total de $31.115.665.000.00.

Que el Fondo de Desarrollo Local dando cumplimiento a la guía estableció una proyección de Ingresos Corrientes para la Vigencia Fiscal 2010 basado en el comportamiento histórico del recaudo de estos ingresos en la Localidad, como son las Multas, Otros Ingresos no Tributarios y los Arrendamientos. Que el cálculo del presente anteproyecto se hace teniendo en cuenta la asignación de la cuota de transferencia reportada por la Secretaría de Hacienda, así como lo aprobado en el Plan de Desarrollo Local "Engativá Positiva: Para vivir mejor".

Que con Oficio CAF FDLE 2009-1496 20091020121621 Radicado 2009102016616-2, el día 03-11-2009 se remitió el proyecto de Acuerdo al Consejo de Planeación Local Engativá, dando cumplimiento al Cronograma de Actividades notificado mediante la Circular No. 025 de 2009.

Que el día 04-11-2009 el vicepresidente del Consejo de Planeación Local remite oficio de fecha noviembre 4 de 2008 según radicado CALE 2009-102-016686-2 comunicando que no ha recibido documento dirigido a esa instancia, por lo tanto no es posible emitir concepto.

Igualmente el día 05-11-2009 con oficio radicado 016712 emite concepto técnico a la propuesta de Inversión 2010. Observación extemporánea, por lo tanto informamos que no será tenida en cuenta con Oficio CAF FDLE 2009-1509 radicado 2009102016731-2. Igualmente le comunicamos tal como lo dice la circular, que se entenderán como oficiales las observaciones que sean suscritas por su Presidente.

Que la Administración Local dio respuesta al Presidente Consejo de Planeación Local con el Oficio CAF FDLE 2009-1059 Radicado 2009102016731-2.

Que a fecha Noviembre 11 de 2009 se celebró el Comité Técnico en la Secretaría de Hacienda con la participación del DAPD y La Subsecretaría de Asuntos Locales y para tal fin se sugiere efectuar ajustes a proyectos, revisión a las obligaciones por pagar teniendo en cuenta los procesos licitatorios en curso (reportados por las Uel Secretaria de Gobierno y Secretaría de Educación) y los recursos que la administración considere no se contratarán a 31 de Diciembre de 2009. Acciones que se ajustarán y se incorporarán al SEGPLAN.

Que se allegaron las correcciones solicitadas en el comité por parte de la Secretaria de Hacienda y el DAPD, con los oficios CAF FDLE 2009-1579; CAF FDLE 2009-1580; CAF FDLE 2009-1581 respectivamente, así como el ajuste en el Plan Operativo Anual de Inversiones 2010 PRECUOTA- SEGPLAN, acorde a las cifras resultantes del ajuste.

Que se recibió oficio 2-2009-44925 de fecha 30-11-2009 del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS. Radicado Presupuesto 622 el día 30-11-2009, mediante el cual comunica que el CONFIS en su reunión No. 13 del 25 de Noviembre de 2009, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 10, literal (f) del Decreto 714 de 1996, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la Vigencia Fiscal del año 2010 conforme a la distribución presentada.

El concepto previo y favorable se emite con base en los documentos enviados por la Alcaldía Local y la recomendación favorable emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda. Por lo tanto el proyecto de presupuesto que se presente a la Junta Administradora Local (JAL) deberá soportarse en la misma información conocida por el CONFIS.

Durante el proceso de presentación, discusión y aprobación con la JAL, las modificaciones al proyecto de Presupuesto 2010 deberán hacerse en el marco de las normas y disposiciones vigentes. La observancia de los procedimientos legales y presupuestales a los que haya lugar son responsabilidad y competencia exclusiva del ámbito local.

Que la Administración Local radicó a la Junta Administradora Local de Engativá con Oficio CAF FDLE 2009-1638. Referencia No. 20091020133821 el Anteproyecto de presupuesto Vigencia 2010.

Que la Junta Administradora Local en debate de aprobación de presupuesto presentó a la Alcaldesa Local, con Oficio de fecha 12 de diciembre 2009, recibido el día 12-12-2009, solicitud de concepto previo para aprobación de partidas diferentes a las presentadas en el Proyecto de Acuerdo No. 07 de 2009, por medio del cual se aprueba el presupuesto de Rentas e ingresos y de gastos e inversiones del fondo de desarrollo local de Engativá, para la vigencia fiscal de 2010.

Que la Alcaldesa Local da respuesta a las observaciones al anteproyecto vigencia 2010 con oficio de fecha 14-12-2009 recibido por la JAL-Engativá.

Igualmente el día 15-12-2009 la JAL-Engativá remite oficio a la Alcaldesa Local radicado CALE 018811 en respuesta al Oficio de fecha 14-12-2009.

El día 15-12-2009 con oficio ale-2009- 20091000139581, La Alcaldesa Local atendiendo a lo mencionado en el Oficio de fecha 15-12-2009 expide visto Bueno y favorable para las modificaciones correspondientes al Anteproyecto de presupuesto vigencia 2010.

Que la Junta Administradora local remite el Acuerdo Local No. 03 de 2009 de fecha 15-12-2009 por medio del cual se aprueba el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la Vigencia Fiscal de 2010, con oficio JALE 473-09 radicado CALE No. 018818 el día 15-12-2009.

Que la Alcaldesa Local sanciona el Acuerdo Local No. 03 de 2009 el día 21 de Diciembre de 2009.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Fijase los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Localidad de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2010 por la suma de SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS MCTE ($65.244.166.000.00) según el siguiente detalle:

CODIGO

NOMBRE

APROPIACION

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

34.036.581.000,00

2

INGRESOS

31.207.585.000,00

2

1

INGRESOS CORRIENTES

91.920.000,00

2

1

2

NO TRIBUTARIOS

91.920.000,00

2

1

2

03

Multas

16.800.000,00

2

1

2

04

Rentas Contractuales

54.120.000,00

2

1

2

04

02

Arrendamientos

54.120.000,00

2

1

2

99

Otros Ingresos No Tributarios

21.000.000,00

2

2

TRANSFERENCIAS

31.115.665.000,00

2

2

4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

31.115.665.000,00

2

2

4

05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

31.115.665.000,00

2

2

4

05

01

Vigencia

31.115.665.000,00

2

2

4

05

02

Vigencia Anterior

0,00

2

4

RECURSOS DE CAPITAL

0,00

2

4

1

RECURSOS DE BALANCE

0,00

2

4

1

03

Venta de Activos

2

4

3

RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS

0,00

2

4

3

02

Rendimientos Provenientes de Recursos de Libre Destinación

0,00

2

4

5

EXCEDENTES FINANCIEROS

0,00

2

4

9

OTROS RECURSOS DE CAPITAL

0,00

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

65.244.166.000,00

ARTÍCULO SEGUNDO.- Fijase los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversión de la Localidad de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2010 por la suma de SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS MCTE ($65.244.166.000.00) según el siguiente detalle:

3

GASTOS

65.244.166.000

3

3

INVERSIÓN

65.244.166.000

3

3

1

DIRECTA

31.347.551.000

3

3

1

13

Bogotá positiva: para vivir mejor

31.347.551.000

3

3

1

13

01

CIUDAD DE DERECHOS

12.258.217.455

3

3

1

13

01

01

Bogotá sana

1.199.880.316

3

3

1

13

01

01

0159

Programa integral de salud

1.199.880.316

3

3

1

13

01

04

Bogotá bien alimentada

4.750.337.139

3

3

1

13

01

04

0221

Atención alimentaría a personas de la localidad en condición de vulnerabilidad

4.750.337.139

3

3

1

13

01

05

Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables

180.000.000

3

3

1

13

01

05

0289

Creación y desarrollo de programas productivos.

180.000.000

3

3

1

13

01

06

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

1.740.000.000

3

3

1

13

01

06

0252

Educar para transformar.

1.740.000.000

3

3

1

13

01

10

En Bogotá se vive un mejor ambiente

200.000.000

3

3

1

13

01

10

0290

Programa de educación ambiental.

200.000.000

3

3

1

13

01

11

Construcción de paz y reconciliación

390.000.000

3

3

1

13

01

11

0291

Atención integral a familias en situación de desplazamiento forzado.

150.000.000

3

3

1

13

01

11

0293

Atención integral en resolución pacífica de conflictos, procesos de paz a la comunidad.

240.000.000

3

3

1

13

01

12

Bogotá viva

2.019.000.000

3

3

1

13

01

12

0295

Creación y apoyo a escuelas de formación artística y Eventos Integrales.

790.000.000

3

3

1

13

01

12

0297

Masificación de actividad recreodeportivas y culturales.

1.229.000.000

3

3

1

13

01

13

Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad

190.000.000

3

3

1

13

01

13

0779

Fortalecimiento y gestión en procesos productivos a personas en condición de discapacidad.

190.000.000

3

3

1

13

01

14

Toda la vida integralmente protegidos

1.119.000.000

3

3

1

13

01

14

0220

Fortalecer programas integrales en clubes juveniles, atención integral al adulto mayor y reducción de tasas de violencia intrafamiliar y sexual.

280.000.000

3

3

1

13

01

14

0222

Dotar jardines infantiles y hogares comunitarios, sustitutos, de paso, emergencia, especiales y mixtos de carácter público y demás organizaciones que cumplan función similar en la localidad.

540.000.000

3

3

1

13

01

14

0299

Programas integrales para familias.

299.000.000

3

3

1

13

01

15

Bogotá respeta la diversidad

300.000.000

3

3

1

13

01

15

0301

Desarrollo de acciones a la diversidad poblacional.

300.000.000

3

3

1

13

01

16

Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género

170.000.000

3

3

1

13

01

16

0302

Implementación Programa Casa de Igualdad de oportunidades para las mujeres.

170.000.000

3

3

1

13

02

DERECHO A LA CIUDAD

13.439.160.904

3

3

1

13

02

17

Mejoremos el barrio

9.277.300.000

3

3

1

13

02

17

0303

Rehabilitación, reparcheo y/o construcción de la malla vial local y del espacio público.

9.277.300.000

3

3

1

13

02

20

Ambiente vital

454.000.000

3

3

1

13

02

20

0308

Programas y campañas de soluciones ambientales y recursos hídricos.

454.000.000

3

3

1

13

02

25

Espacio público para la inclusión

80.000.000

3

3

1

13

02

25

0778

Suscripción y desarrollo de pactos de ética en el uso del espacio público.

80.000.000

3

3

1

13

02

27

Bogotá espacio de vida

2.843.700.000

3

3

1

13

02

27

0304

Adecuación, embellecimiento y dotación de zonas verdes y parques de la Localidad.

2.843.700.000

3

3

1

13

02

29

Bogotá segura y humana

540.000.000

3

3

1

13

02

29

0305

Fortalecimiento del Sistema de Seguridad Local.

460.000.000

3

3

1

13

02

29

0306

Fortalecer la red de actores voluntarios de convivencia comunitaria y pacto de ética.

80.000.000

3

3

1

13

02

30

Amor por Bogotá

150.000.000

3

3

1

13

02

30

0307

Programas sobre cultura ciudadana, convivencia y respeto a las normas.

150.000.000

3

3

1

13

02

31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias

94.160.904

3

3

1

13

02

31

0309

Implementación del Plan de riesgo de la Localidad

94.160.904

3

3

1

13

03

CIUDAD GLOBAL

640.000.000

3

3

1

13

03

33

Fomento para el desarrollo económico

640.000.000

3

3

1

13

03

33

0310

Desarrollo de programas empresariales y formación técnica para el trabajo y el conocimiento.

640.000.000

3

3

1

13

04

PARTICIPACIÓN

1.303.000.000

3

3

1

13

04

37

Ahora decidimos juntos

260.000.000

3

3

1

13

04

37

0311

Desarrollo y promoción del sistema local de participación de organizaciones.

260.000.000

3

3

1

13

04

38

Organizaciones y redes sociales

1.043.000.000

3

3

1

13

04

38

0312

Adquisición, adecuación, construcción y dotación de salones Comunales y organizaciones sociales.

1.043.000.000

3

3

1

13

06

OBJETIVO GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

3.707.172.641

3

3

1

13

06

43

Servicios más cerca del ciudadano

210.000.000

|

3

1

13

06

43

0163

Organizar y desarrollar encuentros ciudadanos y fortalecer otros espacios de participación ciudadana.

60.000.000

3

3

1

13

06

43

0313

Fortalecer la gestión lúdica admirable y las relaciones entre la administración local y la comunidad.

150.000.000

3

3

1

13

06

44

Ciudad digital

119.000.000

3

3

1

13

06

44

0314

Desarrollo de sistemas integrados de información y gestión documental

119.000.000

3

3

1

13

06

45

Comunicación al servicio de todas y todos

180.000.000

3

3

1

13

06

45

0315

Sistemas de Información y comunicación.

180.000.000

3

3

1

13

06

49

Desarrollo institucional integral

3.198.172.641

3

3

1

13

06

49

0317

Adquisición, reposición, operación y mantenimiento del parque automotor.

750.000.000

3

3

1

13

06

49

0318

Fortalecimiento a la Gestión de la Junta Administradora Local.

60.000.000

3

3

1

13

06

49

0319

Reconocimiento Honorarios y seguros a Ediles

655.693.346

3

3

1

13

06

49

0320

Fortalecimiento a la capacidad operativa de la Administración Local.

1.732.479.295

3

3

6

OBLIGACIONES POR PAGAR

33.896.615.000

3

3

6

01

Obligaciones por Pagar

33.896.615.000

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir del ( 01) de Enero del año 2010.

Dado en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de Diciembre de 2009.

LEONOR GUATIBONZA VALDERRANA

Alcaldesa Local de Engativá

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4349 de diciembre 30 de 2009.