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Resolución 1147 de 2009 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
29/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4349 de diciembre 30 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1147 DE 2009

(Diciembre 29)

"Por la cual se establece la estructura tarifaria aplicable a los usuarios de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, en el Distrito Capital durante el año 2010".

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P.,

En ejercicio de las facultades estatutarias y de la delegación efectuada por la Junta Directiva mediante el Acuerdo No 18 del 15 de diciembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo 425 de diciembre 22 de 2009, el Concejo Distrital, en aplicación de la metodología establecida en los Decretos 1013 de 2005 y 057 de 2006 del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, definió los siguientes factores de subsidio y aporte solidario para los servicios de acueducto y alcantarillado en el Distrito Capital aplicables en el año 2010:

Fuente: Concejo de Bogotá Acuerdo 425 de diciembre 22 de 2009

Que a fin de dar aplicación a la ley 142 de 1994, y sus decretos reglamentarios, en materia de contribuciones y subsidios, para el cobro de los servicios de acueducto y alcantarillado, se hace necesario aplicar en las estructuras tarifarias los factores de subsidios y aportes establecidos por las Administraciones Municipales y los Concejos Municipales y Distritales.

Que mediante el Acuerdo No. 18 del 15 de diciembre de 2009, la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP (EAAB-ESP) delegó en el Gerente General de la EAAB-ESP la incorporación en las estructuras tarifarias de los factores de subsidios y aportes para el año 2010, cuando éstos sean establecidos por las Administraciones Municipales y los Concejos Municipales y Distritales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Estructura Tarifaria. Adoptar las siguientes tarifas, en pesos colombianos de diciembre de 2009, a aplicar a los usuarios de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, a partir del mes de enero de 2010 en el Distrito Capital:

ARTÍCULO SEGUNDO.- Indexación. Los valores tarifarios contemplados en el artículo anterior se expresan en pesos colombianos de diciembre de 2009 y se indexarán de conformidad con las normas vigentes expedidas para el efecto por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

ARTÍCULO  TERCERO.- Vigencia y Derogatoria. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que se sean contrarias en especial la Resolución 1311 de diciembre 26 de 2008 expedida por la EAAB-ESP y la Resolución 960 del 10 de noviembre de 2009.

NOTA: Declarada la suspensión provisional de esta Resolución por El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta - Subsección A, en el literal A del Auto de 18 de noviembre de 2010. Revocada la suspensión provisional proferida El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta - Subsección A, en el literal A del Auto de 18 de noviembre de 2010, mediante Auto del Consejo de Estado 18659 de 2011.

Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

JORGE ENRIQUE PIZANO CALLEJAS

Gerente General

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4349 de diciembre 30 de 2009.