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Acuerdo Local 19 de 2009 Junta Administradora Local de San Cristobal

Fecha de Expedición:
14/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4349 de diciembre 31 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 019 DE 2009

(Diciembre 14)

Por el cual se expide y adopta el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal del año 2.010.

 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el Art. 62 del Decreto 1421 de 1993 y.

CONSIDERANDO:

1- Que según artículo 16 del decreto 1139 de Diciembre 29 de 2000, el alcalde local presentara a la Junta administradora local, dentro de los tres (3) primeros días de las sesiones ordinarias del mes de Diciembre a nivel de programas el proyecto de acuerdo para su estudio y aprobación.

2- Que la participación de los ingresos corrientes del Distrito según oficio de la Secretaria de Hacienda, comunica que la cuantía preliminar a la transferencia de la Administración Central asignada para la inversión del Fondo de desarrollo Local de San Cristóbal asciende a la suma de TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS ($35.239.427.000).

Que según estimación presupuestal se espera percibir ingresos propios la suma de VEINTIDOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS ($22.957.000).

Que se espera tener unas obligaciones por pagar de TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA PESOS MTE. ($33.547.560.000).

3- Que según el artículo 10 y 11 del Acuerdo 13 de 2000, se debe presentar el anteproyecto de presupuesto al Consejo Local de Planeacion para sus respectivas recomendaciones.

4- Que mediante oficio de referencia Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS emitió concepto favorable al anteproyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal del 2.010.

Que en virtud de lo anterior

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Fíjese el computo del presupuesto anual de Ingresos en una asignación por valor de SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS MTE. ($68.809.944.000) Como se relacionan a continuación:

CÓDIGO

NOMBRE

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

33.547.560.000

2

INGRESOS

35.262.384.000

2.1

INGRESOS CORRIENTES

22.957.000

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

22.957.000

2.1.2.03

Multas

19.137.000

2.1.2.04

Rentas Contractuales

0

2.1.2.04.02

Arrendamientos

0

2.1.2.99

Otros Ingresos No Tributarios

3.820.000

2.2

TRANSFERENCIAS

35.239.427.000

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

35.239.427.000

2.2.4.05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

35.239.427.000

2.2.4.05.01

Vigencia

35.239.427.000

2.2.4.05.02

Vigencia Anterior

0

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

0

2.4.1

Recursos del Balance

0

2.4.1.03

Venta de Activos

0

2.4.3

Rendimientos por operaciones financieras

0

2.4.3.02

Rendimientos provenientes de Recursos de Libre Destinación

0

2.4.5

Excedentes Financieros

0

2.4.9

Otros recursos de capital

0

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD IINICIAL

68.809.944.000

ARTÍCULO SEGUNDO.- Fíjese el cómputo del presupuesto anual de Gastos e inversión del fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal por valor de SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS MTE. ($68.809.944.000) Como se relacionan a continuación:

3

GASTOS

68.809.944.000

3.3

INVERSIÓN

68.809.944.000

3.3.1

DIRECTA

35.262.384.000

3.3.1.13

Bogotá positiva: para vivir mejor

35.262.384.000

3.3.1.13.01

CIUDAD DE DERECHOS

25.816.617.000

3.3.1.13.01.01

Bogotá sana

2.600.000.000

3.3.1.13.01.04

Bogotá bien alimentada

8.986.617.000

3.3.1.13.01.05

Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables

600.000.000

3.3.1.13.01.06

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

1.000.000.000

3.3.1.13.01.08

Mejoramiento de la infraestructura y la dotación de colegios

1.200.000.000

3.3.1.13.01.09

Derecho a un techo

450.000.000

3.3.1.13.01.10

En Bogotá se vive un mejor ambiente

930.000.000

3.3.1.13.01.11

Construcción de paz y reconciliación

2.400.000.000

3.3.1.13.01.12

Bogotá viva

2.500.000.000

3.3.1.13.01.13

Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad

600.000.000

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

3.050.000.000

3.3.1.13.01.15

Bogotá respeta la diversidad

500.000.000

3.3.1.13.01.16

Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género

1.000.000.000

3.3.1.13.02

DERECHO A LA CIUDAD

3.972.067.000

3.3.1.13.02.17

Mejoremos el barrio

2.000.000.000

3.3.1.13.02.25

Espacio público para la inclusión

472.067.000

3.3.1.13.02.26

Espacio público como lugar de conciliación de derechos

500.000.000

3.3.1.13.02.27

Bogotá espacio de vida

500.000.000

3.3.1.13.02.31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias

500.000.000

3.3.1.13.03

CIUDAD GLOBAL

1.450.000.000

3.3.1.13.03.32

Región Capital

250.000.000

3.3.1.13.03.33

Fomento para el desarrollo económico

600.000.000

3.3.1.13.03.35

Bogotá competitiva e internacional

600.000.000

3.3.1.13.04

PARTICIPACIÓN

760.000.000

3.3.1.13.04.37

Ahora decidimos juntos

320.000.000

3.3.1.13.04.38

Organizaciones y redes sociales

440.000.000

3.3.1.13.06

OBJETIVO GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

3.263.700.000

3.3.1.13.06.43

Servicios más cerca del ciudadano

1.790.700.000

3.3.1.13.06.49

Desarrollo institucional integral

1.473.000.000

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

33.547.560.000

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

68.809.944.000

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de Diciembre de Dos mil Nueve (2009).

LUIS ALFONSO MIRANDA RODRIGUEZ

Presidente

JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL SAN CRISTOBAL

El Alcalde Local de San Cristobal Sanciona el presente Acuerdo Local

WILLIAM ROBERTO HERRERA HERNANDEZ

Alcalde Local de San Cristobal

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4349 de diciembre 31 de 2009