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DECRETO 089 DE 2000 (Febrero 8 ) Derogado Tácitamente por el art. 3, Decreto Nacional 4177 de 2004 Por el cual se fija la escala de viáticos para los funcionarios distritales EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL. En ejercicio de las atribuciones legales y en especial las conferidas en el artículo 38 numeral 3o. del Decreto-Ley 1421 de 1993 Ver Decreto Distrital 687 de 2011 DECRETA: ARTÍCULO 1o. - A partir de la vigencia de este Decreto, fijase la escala de viáticos para los funcionarios del Distrito Capital que debido a su trabajo deban pernoctar fuera de la ciudad de Santa Fe de Bogotá, en razón de una comisión de servicios en el interior o en el exterior del país.ARTÍCULO 2o. - La escala de viáticos según la remuneración mensual devengado será: Comisiones de servicio en el interior del país
Comisiones de servicio en el exterior Cuantías máximas de viáticos en US $ según destino
ARTÍCULO 3o.- Para determinar el valor de los viáticos señalados en el presente Decreto se tendrán en cuenta los siguientes factores de salario:
ARTÍCULO 4o.- Dentro del territorio Nacional sólo se reconocerían viáticos cuando la comisión demande al comisionado por lo menos un tiempo equivalente a una jornada de trabajo. ARTÍCULO 5o.- Cuando para el cumplimiento de la comisión no se necesite pernoctar en el lugar o sólo se requiera cubrir parcialmente los gastos del funcionario, podrán reconocerse viáticos hasta por el 50% del valor de la cuantía máxima de viáticos. ARTÍCULO 6o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 618 de 1998 y demás normas que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes de febrero del dos mil (2000). ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO, Alcalde Mayor. CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES, Secretario de Hacienda. NOTA: Publicado en el Registro Distrital Nº 2082 de 8 de febrero de 2000. |