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Decreto 386 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/05/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/05/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2384 del 4 de mayo de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM03862001

Decreto 386 de 2001

(Mayo 4)

Por el cual se declara la solvencia económica del FONDO DE AHORRO Y VIVIENDA DISTRITAL - FAVIDI para la vigencia de 2001.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.,

En ejercicio de sus atribuciones legales, y en particular las que le confiere el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993 y en cumplimiento del artículo 1°. del Decreto No. 1666 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que del artículo 1°. del Decreto No. 1666 de 1994, modificado por el artículo 1°. del Decreto No. 1796 de 19 de octubre de 1995, señala en el parágrafo 2°. que corresponde a los gobernadores y alcaldes certificar el cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 1°. de ese artículo, así como la solvencia de las entidades o fondos administradores de cesantías de la respectiva entidad territorial.

Que el parágrafo 1°. del artículo 1°. del Decreto No. 1666 de 1994, establece que estas entidades o fondos, en caso de ser oficiales, deben haber sido creados por autoridad competente, poseer personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio.

Que el parágrafo 2°. señala los criterios de solvencia que deben tener en cuenta los gobernadores y los alcaldes para expedir la certificación de solvencia de las entidades o fondos administradores de cesantías.

Que el artículo 1°. del Acuerdo No. 2 de 1977, expedido por el H. Concejo de Bogotá, creó el Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa.

Que en cumplimiento de la delegación contenida en el artículo 2°. del Decreto No. 167 de 1997, la Gerente del Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital - FAVIDI está certificando el cumplimiento de los criterios de solvencia establecidos en el parágrafo 2°. del artículo 1°. del Decreto No. 1666 de 1994, modificado por el artículo 1°. del Decreto No. 1796 de 1995.

En consecuencia este Despacho,

Ver Decreto Distrital 391 de 2000

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar la solvencia económica del Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital - FAVIDI para la vigencia fiscal de 2001, con el objeto de recaudar los aportes patronales correspondientes a las cesantías para garantizar el pago de las mismas al sector Salud del nivel distrital.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil uno (2001).

Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS.

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital Nº 2384 de 4 de mayo de 2001