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Decreto 287 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/07/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 287 DE 2010

DECRETO 287 DE 2010

(Julio 23)

"Por el cual se prorroga la vigencia de la tarifa del servicio complementario "Piloto de Integración Cedritos contenida en el Decreto Distrital No. 301 de 2009."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el literal e) del artículo 1 del Decreto 80 de 1987, la Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1996, Decreto 105 de 1995 y el Decreto Distrital 831 de 1999 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 301 del 15 de julio de 2009, se fijó la suma de ochocientos pesos ($800) como tarifa máxima al usuario del servicio complementario "Piloto de Integración Cedritos" al Sistema de Transporte Público Masivo Urbano de Pasajeros, con una vigencia de un año, contado a partir de la fecha de inicio de operación de dicho servicio.

Que ante la culminación del tiempo de operación inicial para el proyecto piloto de integración y establecida por la Dirección de Operaciones de TRANSMILENIO S.A. la necesidad de prestar este servicio, se requiere continuar con la operación de la ruta Cedritos.

Que en efecto, el servicio piloto de integración ha generado una demanda propia de aproximadamente 50.000 viajes/mes; usuarios que no se pueden dejar como demanda insatisfecha, más aún cuando dicho recorrido será atendido en su oportunidad por el operador al que le sea adjudicada la concesión de la zona dentro de la Licitación Pública TMSA-LP-004 de 2009.

Que los estudios realizados nos indican que la tarifa máxima de ochocientos pesos ($800) mantiene un equilibrio operacional para el operador que a la fecha se encuentra prestando él servicio en la ruta piloto y que se puede mantener hasta mediados del año 2011.

Que para poder continuar con la operación de la ruta piloto hasta la entrada en operación del concesionario del SITP, es necesario establecer la tarifa máxima al usuario, tarifa que, como queda visto, será la misma determinada al inicio de la operación, razón por la cual lo procedente es prorrogar su vigencia, en consecuencia,

DECRETA:

Artículo 1°. Prorrogar la vigencia de la tarifa contemplada en el parágrafo del artículo 1° del Decreto Distrital 301 del 15 de julio de 2009, hasta la fecha en que asuma la prestación del servicio en la hoy "Ruta Piloto de Integración Cedritos" la empresa de transporte a la cual le sea adjudicada la zona como consecuencia de la Licitación pública TMSA-LP-004 de 2009.

Artículo 2°. En todos los demás aspectos el Decreto Distrital 301 del 15 de julio de 2009, continua vigente y sin modificación alguna.

Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de julio de 2010

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

FERNANDO ALVAREZ MORALES

Secretario Distrital de Movilidad