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Decreto 356 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/08/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 356 DE 2010

(Agosto 20)

"Por el cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C. "

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DlSTRlTO CAPITAL

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7° del artículo 315 de la Constitución Política y 9° del artículo 38 del Decreto 421 de 1993 y,

CONSIDERANDO

Que corresponde al Gobierno Distrital fijar los emolumentos de los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá con sujeción al límite máximo salarial fijado por el Gobierno Nacional en desarrollo de la competencia que le fue asignada en el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4º de 1992.

Que la Corte Constitucional, mediante sentencia C-1017 de 2003, estableció los parámetros a ser tenidos en cuenta para la fijación del incremento salarial de los servidores públicos.

Que la Administración Distrital y las Organizaciones Sindicales concertaron el incremento salarial para los empleados públicos, el día 20 de agosto de 2010, con base en la siguiente tabla:

NÚMERO DE SMMLV 2010 (1)

Valor Rango ($) De la correspondiente Asignación Básica Mensual

% de Incremento

De O hasta 6.5 SMMLV

1 - 3.347.500

3.04%

Mayor de 6.5 SMMLV hasta 8 SMMLV

3.347.501 - 4.120.000

2.75%

Mayor de 8.0 SMMLV

>4.120.001

2.00%

(1) SMMLV para el 2010 $515.000 según Decreto 5053 del 30 de diciembre de 2009.

Que el Gobierno Distrital al definir el ajuste salarial, tuvo en cuenta los parámetros definidos en los pronunciamientos de la Corte Constitucional, los Iímites máximos salariales fijados por el Gobierno Nacional para los servidores públicos de las entidades territoriales, señalados en el Decreto No. 1397 de 2010 y el ajuste a la escala con porcentajes inferiores cuando sobrepasan los limites máximos salariales determinados por el Gobierno Nacional para cada nivel jerárquico.

Que el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de Bogotá, Distrito Capital, para vigencia fiscal 2010, expedido mediante Decreto 537 del 11 de diciembre de 2009 por el Alcalde Mayor de Bogotá Distrito Capital, cuenta con la apropiación para atender el pago de las sumas derivadas de la aplicación del presente Decreto.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA

ARTÍCULO 1º CAMPO DE APLIZACIÓN. Fijar las escalas de remuneración para los empleos que sean desempeñados por empleados públicos correspondientes a la Contraloría de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 2° ASIGNACIONES BÁSICAS. A partir del 1 de enero de 2010, las asignaciones básicas mensuales de la escala de remuneración de los empleados públicos de la entidad de que trata el Artículo 1o del presente Decreto serán las siguientes:

GRADO SALARIA

DIRECTIVO

ASESOR

PROFESIONAL

TÉCNICO

ASISTENCIAL

01

4.526.360

3.794.451

2.026.527

1.366,013

809.199

02

4.636.495

4.526,360

2.174.174

1.407,407

904.398

03

4.771.539

4.771.539

2,318.218

1.510.893

991,094

04

6.445.066

 

2.432.150

1.557.462

1.023,014

05

 

 

2,522.299

1.598,856

1,117,645

06

 

 

2.586.088

 

1.236.654

07

 

 

2,725.587

 

1,366,013

08

 

 

2,892.436

 

1.510.893

09

 

 

3.167.535

 

1.598,856

PARÁGRAFO 1: Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna tija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel que corresponden a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

ARTICULO  3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto No. 316 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2010.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá a los 20 días del mes de agosto de 2010.

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ

Secretario Distrital de Hacienda

SANDRA LILIANA BAUTISTA LOPEZ

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital