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Circular 92 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/11/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 092 DE 2010

(Noviembre 16)

Derogada por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011

Para:

Secretarios/as de Despacho, Directores/as de Departamentos Administrativos y de Unidades Administrativas Especiales con y sin Personería Jurídica; Gerentes/as, Presidentes/as y Directores/as de Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades de Economía Mixta, Sociedades Públicas, Empresas Sociales del Estado del Orden Distrital, Empresas De Servicios Públicos Oficiales y Mixtas; Rector/a del Ente Universitario Autónomo, Alcaldes/as Locales y Veeduría Distrital.

De:

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Asunto:

Remisión oportuna de actos administrativos que deba suscribir el señor Alcalde Mayor y el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la presente vigencia 2010.

El Alcalde Mayor de la ciudad, mediante el Decreto Distrital 139 de 2010, estableció medidas para la expedición de actos administrativos, señalando en el artículo 7° el procedimiento para la entrega de proyectos de acto administrativo para firma del Alcalde Mayor, los cuales deben ser radicados en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor con ocho (8) días hábiles de antelación a la fecha en que se deba expedir el respectivo acto.

El parágrafo 4° del artículo 7° citado, estipuló que "En el mes de diciembre, sólo se recibirán y tramitarán los actos administrativos a suscribir por parte del Alcalde Mayor, a más tardar al finalizar la segunda semana del mes".

En ese sentido, se solicita de manera atenta a los/as destinatarios/as de la presente Circular que, con el propósito de lograr la suscripción oportuna de los actos administrativos y otros documentos, que requieran la firma del señor Alcalde Mayor y del Secretario General antes del 31 de diciembre de 2010, sean radicados los respectivos proyectos (Decretos, Resoluciones, Directivas y Circulares) en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a mas tardar el 10 de diciembre de 2010.

Salvo casos excepcionales que defina esta Secretaría, los documentos radicados después del 10 de diciembre serán tramitados por intermedio de la Subdirección de Gestión Documental y podrán suscribirse a partir del mes de enero de 2011.

Cordialmente,

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

Proyectó: Duvan Sandoval Rodríguez

Revisó: Amparo León Salcedo

Aprobó: Camilo José Orrego Morales