Artículo 1°.- Convóquese al Concejo de Bogotá, D.C., a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el 12 y el 31 de Enero del 2011.
Artículo 2°.- Ocúpese del trámite de los siguientes asuntos:
Primer Debate a los siguientes proyectos de Acuerdo:
* "Por el cual se establecen medidas especiales de pago y se dictan otras disposiciones".
* "Por el cual se autoriza el cupo de endeudamiento a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB - ESP".
* "Por el cual se faculta al Alcalde Mayor para aplicar el Subsidio Distrital de Vivienda para Hogares que se encuentren en situación de Desplazamiento Interno Forzado por la Violencia en la modalidad de reubicación o retorno y se dictan otras disposiciones".
Segundo Debate a los siguientes proyectos de Acuerdo:
* Proyecto de Acuerdo 269 de 2010, "Por medio del cual se adopta el Régimen Jurídico de la Contribución de Valorización para el Distrito Capital".
* Proyecto de Acuerdo 299 de 2010, "Por el cual se promueve la creación de jardines urbanos y rurales con participación comunitaria en los parques, cesiones comunales, algunos bienes fiscales distritales y se dictan otras disposiciones".
* Proyecto de Acuerdo 281 de 2010, "Por medio del cual se establece la celebración del día del vehículo clásico y antiguo en Bogotá, D.C".
* Proyecto de Acuerdo 298 de 2010, "Por medio del cual se establece la estrategia para el registro del arbolado ubicado en zonas privadas y en los establecimientos públicos de uso institucional del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".
* Proyecto de Acuerdo 333 de 2010, "Por el cual se dictan normas para el fomento de la participación de las organizaciones campesinas en el impulso de Zonas de Reserva Campesinas y de otras formas de gestión social y ambiental del territorio rural en el Distrito Capital".
* Proyecto de Acuerdo 282 de 2010, "Por medio del cual se establecen los lineamientos para la formulación de la política Publica de Conducción Ecológica, para Bogotá, D.C".
* Proyecto de Acuerdo 301 de 2010, "Por medio del cual se promueven alianzas productivas y "Clústers" en función de la competitividad de Bogotá Región".
Artículo 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C., a los 7 días del mes de enero del año 2011.
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor
OLGA LUCÍA VELÁSQUEZ NIETO
Secretaría Distrital de Gobierno
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4577 de enero 11 de 2011.