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RESOLUCIÓN 1369 DE 2010 (Octubre 8) Por la cual se aprueban y/o renuevan plazas para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en Bogotá, D.C. EL SECRETARIO DE DESPACHO (E) DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 2865 de Diciembre 26 de 1994 y CONSIDERANDO: Que la Ley 100 de 1993 en su artículo 153 establece que la organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud será descentralizada, haciendo parte las Direcciones Seccionales, Distritales y Locales de Salud y debiendo las Instituciones Públicas que participen del sistema aportar una estructura organizacional, de gestión y de decisiones técnicas, administrativas y financieras que fortalezca su operación descentralizada. Que la Ley 1164 de 2007 por la cual se dictan disposiciones en materia de Talento Humano en Salud, crea el Servicio Social Obligatorio para los egresados de los programas de educación superior del área de la salud, el cual debe ser prestado en áreas deprimidas urbanas o rurales o de difícil acceso a los servicios de salud, en entidades relacionadas con la prestación de servicios, la dirección, la administración y la investigación en las áreas de la salud. Que la Resolución 1058 de 2010 por medio de la cual se reglamenta el Servicio Social Obligatorio para los egresados de los programas de educación superior del área de la salud y se dictan otras disposiciones, establece que el Servicio Social Obligatorio se cumplirá por única vez con posterioridad a la obtención del título profesional en medicina, odontología, enfermería y bacteriología. Así mismo establece que el Servicio Social Obligatorio podrá se (Sic) prestado en las siguientes modalidades: Planes de Salud Pública de Intervenciones Colectivas o Programas de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad - Programas de salud dirigidos a poblaciones vulnerables - Programas de investigación en salud en instituciones del sector, avalados por Colciencias - Prestación de servicios profesionales o especializados en salud, en IPS habilitadas que presten servicios de salud a poblaciones deprimidas urbanas o rurales. Que el Director del Instituto de Genética Humana de la Pontificia Universidad Javeriana, con radicado 130284 de fecha 13 de septiembre de 2010 solicitó la aprobación de una plaza para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en Medicina en la modalidad de investigación en salud para adelantar el proyecto "PROGRAMA DE VIGILANCIA DE MALFORMACIONES CONGÉNITAS BASADOS EN LA METODOLOGÍA ECLAMC EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ". Que el jefe del Departamento de Ortopedia y Traumatología de la Fundación Santa Fe de Bogotá, con radicado 132520 de fecha 16 de septiembre de 2010 solicitó la aprobación de una plaza para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en Medicina en la modalidad de investigación en salud para adelantar el proyecto "IMPLEMENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROGRAMA DE ESTILO DE VIDA SALUDABLE EN LA FUNDACIÓN SANTA FE DE BOGOTÁ, EN PACIENTES EN POSTOPERATORIO DE REEMPLAZO TOTAL DE CADERA O RODILLA, COHORTE DE DESENLACE". Que el Director General del Instituto Nacional de Cancerología, con radicados 119908 y 178615 de fechas 24 de junio y 25 de agosto de 2010 respectivamente, solicitó la renovación de una plaza para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en Medicina en la modalidad de investigación en salud para adelantar el proyecto "QUIMIOTERAPIA CONCOMITANTE A RADIOTERAPIA VERSUS RADIOTERAPIA PARA CÁNCER DE CUELLO UTERINO ESTADIO III B" y para aprobación de una plaza para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en Medicina en la modalidad de investigación en salud para adelantar el proyecto "REPRODUCIBILIDAD Y VALIDEZ DE CUESTIONARIOS DE FRECUENCIA DE CONSUMO PARA ESTUDIAR LA RELACIÓN DIETA — CÁNCER EN COLOMBIA": Que el director del Centro de Estudios e Investigación en Salud - CEIS de la Fundación Santa Fe de Bogotá, solicitó la aprobación de una plaza para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio en Medicina en la modalidad de investigación en salud para adelantar el proyecto "CONSOLIDACIÓN DE ASÍ VAMOS EN SALUD COMO OBSERVATORIO NACIONAL DE SALUD". Que atendiendo el concepto técnico emitido por la Comisión Asesora para la selección, aprobación y renovación de plazas para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio de la Secretaría Distrital de Salud de fecha primero (1°) de octubre de 2010, es procedente aprobar y renovar las plazas solicitadas. Que las Entidades solicitantes se comprometen a cumplir con las normas que regulan el Servicio Social Obligatorio. Que en mérito de lo anteriormente expuesto RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Renovar y Aprobar las siguientes plazas para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio para la jurisdicción de Bogotá, D.C., en el área de Medicina, por el periodo que dura cada proyecto de investigación: MEDICINA
ARTÍCULO SEGUNDO .- Se perderá la aprobación de las plazas en los siguientes casos:a) Cuando durante más de dos períodos la plaza no haya sido ocupada b) Cuando la provisión de la plaza no cumpla con los procedimientos establecidos en la Resolución 1058 de 2010 c) Cuando se comprueben irregularidades en el desarrollo del Servicio Social Obligatorio. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los 8 días del mes de octubre del año 2010. JUAN E. VARELA BELTRÁN Secretarío de Despacho (E) |