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RESOLUCIÓN 0091 DE 2011 (Enero 24) Por la cual se modifican las fechas de entrega de las Bases Brutas Municipales y Distritales del Sisbén y de publicación y envío de la Base Certificada del Sisbén. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 12 del artículo 7° del Decreto 3517 de 2009, el parágrafo 1° del artículo 3° del Decreto 1192 de 2010 y el parágrafo del artículo 4° del mismo decreto, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 1192 de 2010, otorga la facultad al Departamento Nacional de Planeación, de determinar y modificar durante cada vigencia mediante resolución, conforme a los lineamientos y las condiciones de operación y plataforma tecnológica vigente, las fechas de entrega de las Bases Brutas Municipales y Distritales del Sisbén y de publicación y envío de la Base Certificada del Sisbén. Que dados los avances de las condiciones de operación y de la plataforma tecnológica, el Departamento Nacional de Planeación considera viable que se anticipe tanto la fecha de publicación y envío de la Base Certificada del Sisbén correspondiente al Tercer Corte del año 2010, como la fecha de entrega de las Bases Brutas Municipales y Distritales del Sisbén y de publicación y envío de la Base Certificada del Sisbén durante la vigencia del año 2011, Ver el Decreto Nacional 1192 de 2010 RESUELVE: Artículo 1°. Modificar y establecer como nueva fecha de publicación y envío a las entidades del orden nacional de la Base Certificada del Sisbén, correspondiente al Tercer Corte del año 2010 (mes de noviembre de 2010), el día 1° de febrero de 2011. Parágrafo: La Base Certificada del Sisbén correspondiente al Tercer Corte del año 2010 (mes de noviembre de 2010), se enviará a las entidades territoriales dentro de las 3 semanas siguientes a la fecha de publicación y envío de que trata el presente artículo. Artículo 2°. Modificar las fechas máximas de corte para la entrega por parte de las entidades territoriales de las Bases Brutas Municipales y Distritales del Sisbén previstas en el Decreto 1192 de 2010, las cuales para el año 2011 quedan así:
Artículo 3°. Modificar las fechas de publicación y envío de la Base Certificada a las entidades del orden nacional, correspondientes a cada una de las fechas de corte previstas en el artículo anterior, las cuales para la vigencia del año 2011 quedan así:
Parágrafo. La Base Certificada del Sisbén correspondiente a cada una de las fechas de publicación previstas en el presente artículo, se enviará a las entidades territoriales dentro de las 3 semanas siguientes a las mismas.Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de enero del año 2011. HERNANDO JOSÉ GÓMEZ RESTREPO. (C. F.) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47964 de Enero 26 de 2011. |