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ACUERDO 3 DE 2011 (Febrero 1) Por el cual se establece la planta de empleos del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES y se dictan otras disposiciones. EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DISTRITAL LAS ARTES – IDARTES En ejercicio de las facultades legales y estatutarias que le han sido conferidas, en especial las contempladas en el literal e) del artículo 4º del Acuerdo 440 de 2010 expedido por el Concejo Distrital de Bogotá, D.C., y el literal f) del artículo 7 del Acuerdo 01 de 2011, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, y CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Bogotá a través del Acuerdo No. 440 de 2010 creó el Instituto Distrital de las Artes –IDARTES- y en el literal f) del artículo 4º. le otorgó competencia al Consejo Directivo para adoptar la planta de empleos del Instituto. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio No. 3308 del 27 de diciembre de 2010, radicado en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte con el No. 2010-711-010804-2 de fecha 28 de diciembre de 2010, emitió concepto favorable sobre el proyecto de planta de empleos que hace parte del estudio técnico que se presentó a su consideración; concepto al que se dio alcance mediante oficio No. 0152 del 17 de enero de 2011, radicado en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, con el No. 2011-710-000267-2 Que mediante oficio No 2011EE6635 O1 de fecha 19 de enero de 2011, la Dirección de Presupuesto de la Secretaria de Hacienda Distrital emitió concepto de viabilidad presupuestal para el establecimiento de la planta de empleos del Instituto Distrital de las Artes –IDARTES. Que en mérito de lo expuesto, Ver el Acuerdo Distrital 440 de 2010 ACUERDA: ARTÍCULO 1º. Las funciones propias de las diferentes dependencias del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES serán atendidas por la planta de empleos que a continuación se establece:
ARTÍCULO 2º. El Director o Directora General del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta de empleos a la cual se refiere el artículo 1º de este Acuerdo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura organizacional, las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos institucionales.ARTÍCULO 3º. Para la provisión de los empleos se observarán las reglas contenidas en la Ley 909 de 2004 y en sus normas complementarias y reglamentarias. ARTÍCULO 4º. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., al primer día del mes de febrero del año 2011. CATALINA RAMÍREZ VALLEJO Presidente del Consejo Directivo YANETH SUÁREZ ACERO Secretario del Consejo Directivo AD-HOC Nota: Publicado en el Registro Distrital 4589 de febrero 2 de 2011 |