RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 177 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/03/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/03/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2344 del 5 de marzo de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 177 DE 2001

(Marzo 5)

Por el cual se hace una delegación.

 Derogado por el art. 69 del Decreto Distrital 854 de 2001

EL ALCALDE MAYOR BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 35, 38 y 40 del Decreto - Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Alcalde Mayor de Bogotá, ejercer la representación legal judicial y extrajudicial del Distrito Capital.

Que el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que el Alcalde Mayor podrá delegar sus funciones, en los secretarios y jefes de departamento administrativo entre otros. De igual forma, podrá delegar en los funcionarios de la administración tributaria y en las juntas administradoras y los alcaldes locales.

Que el artículo 209 de la Constitución Nacional establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, eficacia, economía y celeridad mediante la descentralización, la delegación y desconcentración de funciones, así como, que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

Que mediante el Decreto Distrital 530 de 2000, el Alcalde Mayor de Bogotá delegó en el Director del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público la representación del Distrito para celebrar y adjudicar los contratos relacionados con el patrimonio inmobiliario distrital y promover las acciones judiciales, extrajudiciales y administrativas que fueren necesarias para la defensa y saneamiento de los bienes inmuebles que conforman el mismo patrimonio.

Que el Alcalde Mayor, como representante del Distrito Capital, hace parte de la relación jurídica que contiene el Contrato de Comodato 454 de 1990, toda vez, que fue celebrado entre el Distrito Capital y la Fundación Premio Nacional de Periodismo -C.P.B.- sobre un bien inmueble denominado «El Espartillal» distinguido con la nomenclatura: Calle 81 No. 12-54 de esta ciudad.

Que, toda vez, que la delegación contractual establecida por el Decreto Distrital 530 de 2000 no cobija los contratos celebrados con anterioridad a su expedición y, que tienen que ver con el patrimonio inmobiliario distrital, es preciso delegar en el Director del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público la representación del Distrito Capital para celebrar todos los actos inherentes a la actividad contractual que surjan del Contrato de Comodato 454 de 1990 celebrado entre el Distrito Capital y la Fundación Premio Nacional de Periodismo -CPB-.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar en el Director del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, la representación legal del Distrito Capital para adelantar todas las actuaciones que surjan y se requieran en relación con el Contrato de Comodato 454 de 1990 celebrado entre el Distrito Capital y la Fundación Premio Nacional de Periodismo -CPB-.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de marzo del año dos mil uno (2001).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS, Alcalde Mayor

NOTA: Publicado en el Registro Distrital Nº 2344 de 5 de marzo de 2001