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Decreto 853 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/11/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/11/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2507 del 2 de noviembre de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 853 DE 2001

(Noviembre 2)

«Por el cual se modifica el Decreto Número 354 del 30 de abril de 2001».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 55 inciso 2 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto No. 354 del 30 de abril de 2001 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá D.C., y se le asignaron funciones a las dependencias, entre otras disposiciones.

Que se hace necesario efectuar algunas modificaciones a la distribución de funciones por dependencias del Decreto No. 354 del 30 de abril de 2001.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver el Acuerdo Distrital 05 de 1935 , Ver el Acuerdo Distrital 27 de 1956, Ver el Organigrama de la S.T.T.

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Modificar el artículo 2 del Decreto 354 de 2001, en el siguiente sentido:

«ARTÍCULO 2. DESPACHO DEL SECRETARIO. Corresponde al Despacho del Secretario de Tránsito y Transporte cumplir con las siguientes funciones:

...7. Efectuar la dirección de los procesos contractuales y la ordenación del gasto, de conformidad con las normas vigentes.

17. Ejercer la función disciplinaria de acuerdo a las normas legales sobre la materia».

ARTÍCULO 2.- Suprimir del artículo 4° del Decreto 354 de 2001, los numerales 4 y 5 y adicionar al artículo 3, los numerales 15 y 16 con el siguiente contenido:

«ARTÍCULO 3. OFICINA ASESORA DE CONTROL INTERNO. Corresponde a la Oficina Asesora de Control Interno cumplir las siguientes funciones:

...15. Evaluar el sistema de control interno de las diferentes dependencias de la Secretaría para medir la eficiencia, eficacia y continuidad de los diferentes procesos a cargo de la Entidad.

16. Mantener permanentemente informados a los directivos de la entidad acerca del estado del control interno de la misma, y haciendo conocer las debilidades detectadas y las fallas en su cumplimiento».

ARTÍCULO 3.- Suprimir el numeral 6 y modificar el numeral 4 del artículo 8 del Decreto 354 de 2001, el cual quedará así:

«ARTÍCULO 8. SUBSECRETARÍA JURÍDlCA. Corresponde a la Subsecretaría Jurídica cumplir con las siguientes funciones:

... 4. Desarrollar los procedimientos contractuales de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes y responder por el componente jurídico de los pliegos de licitaciones y concursos que deba realizar la entidad».

ARTÍCULO 4.- Suprimir los numerales 5 y 11 del artículo 11 del Decreto 354 de 2001 y modificar el artículo 10 del Decreto 354 de 2001, en el sentido de adicionar los siguientes numerales:

«ARTÍCULO 10. SUBSECRETARÍA TÉCNICA. Corresponde a la Subsecretaría Técnica cumplir las siguientes funciones:

... 15. Verificar el Plan de Ordenamiento Vial, de acuerdo con las instrucciones del Despacho.

16. Responder por la planeación y administración de la señalización y semaforización de las vías en el Distrito Capital».

ARTÍCULO 5.- Modificar el artículo 13 del Decreto 354 de 2001, en el siguiente sentido:

«ARTÍCULO 13.- DIRECCIÓN TÉCNICA DE PEDAGOGÍA. Corresponde a la Dirección Técnica de Pedagogía cumplir las siguientes funciones:

1. Formular programas para el desarrollo de actividades de control, información, prevención, educación y participación de los conductores y peatones que circulan por las vías del Distrito Capital que han sido destinadas para cada población en particular.

... 4. Desarrollar proyectos o campañas preventivas de educación y seguridad vial con conductores en general, peatones y usuarios que permitan el ejercicio autoregulatorio de prácticas y actitudes con respecto a las normas de tránsito, mediante su conocimiento, valoración y apropiación.

...14. Contribuir a la consolidación de la experiencia comunitaria en materia de movilidad y seguridad vial, mediante el aporte de elementos conceptuales y metodológicos para la organización y la acción social».

ARTÍCULO 6.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo expuesto las disposiciones contenidas en el Decreto 354 de 2001.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de noviembre del año dos mil uno (2001).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor de Bogotá

CLAUDIA VÁSQUEZ MERCHÁN

Secretaria de Tránsito y Transporte

NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2507 de 2 de noviembre de 2001.