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ACUERDO 42 DE 2001 (Noviembre 26) «Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2001». EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 142 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 66 del Decreto 714 de 1996 y demás normas vigentes ACUERDA: ARTÍCULO 1°.- Adiciónase el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2001 en la suma de Ciento Sesenta Millones de Pesos ($160.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle: Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 209 de 2001PRIMERA PARTE DISTRIBUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y FONDOS ROTATORIOS 218 JARDÍN BOTÁNICO «JOSÉ CELESTINO MUTIS»
ARTÍCULO 2°.- Adiciónase el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2001 en la suma de Ciento Sesenta Millones de Pesos ($160.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle:SEGUNDA PARTE DISTRIBUCIÓN DE GASTOS E INVERSIONES ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y FONDOS ROTATORIOS 218 JARDÍN BOTÁNICO «JOSÉ CELESTINO MUTIS»
ARTÍCULO 3°.- Trasládese en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2001, la suma de Treinta y Siete Mil Setecientos Once Millones de Pesos ($37.711.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:CONTRACRÉDITOS ADMINISTRACIÓN CENTRAL 111 SECRETARÍA DE HACIENDA
PARÁGRAFO PRIMERO.- Los Contracréditos en los Gastos de la Secretaría de Hacienda a que se refiere el presente artículo se reflejarán en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las siguientes entidades distritales así:211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE - IDRD
213 CORPORACIÓN LA CANDELARIA
214 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y DE LA JUVENTUD - IDIPRON
CRÉDITOS ADMINISTRACIÓN CENTRAL 111 SECRETARÍA DE HACIENDA
112 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
114 SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD
120 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DISTRITAL
PARÁGRAFO SEGUNDO.- Los Créditos en los Gastos para Funcionamiento e Inversión de la Secretaría de Hacienda a que se refiere el presente artículo se reflejarán en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las siguientes entidades distritales así:ORGANISMOS DE CONTROL 101 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y FONDOS ROTATORIOS 206 FONDO DE AHORRO Y VIVIENDA DISTRITAL - FAVIDI
208 CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR
ENTE AUTÓNOMO UNIVERSITARIO 209 UNIVERSIDAD DISTRITAL «FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS»
ARTÍCULO 4°.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de noviembre de dos mil uno (2001). MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA Presidente Concejo de Bogotá, D.C. MANUEL VICENTE LÓPEZ LÓPEZ Secretario General Concejo de Bogotá, D.C. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor de Bogotá Publíquese y Ejecútese. Noviembre 29 de 2001. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2524 de 29 de noviembre de 2001. |